Algunos ítems a tener en cuenta:
- La ciudad de Buenos Aires cuenta en total con QUINCE comunas.
- Las próximas elecciones comunales se llevarán a cabo el 5 de junio próximo.
- El Art. 1 de la Constitución Nacional declara que nuestra democracia es PARTICIPATIVA.
- El Art. 48 de nuestra Constitución Nacional nos otorga Justicia Social.
- El Art. 52 de nuestra Constitución Nacional expresa que contamos con un presupuesto participativo y que corresponde distribuir entre todos el presupuesto de la ciudad.
- El Art. 127 de la Constitución Nacional dice que tenemos competencia territorial.
- El Art. 131 de nuestra Constitución Nacional afirma que podemos formar parte de los Consejos Consultivos Comunales.
- La Ley Nº 1777/05 organiza las comunas en nuestra ciudad.
- Los vecinos tienen el poder de decidir y controlar.
- Los proyectos presentados DEBEN ser tratados y deben tener una resolución.
- Los vecinos tienen voz y voto, y es un derecho adquirido el estar informados fehacientemente de todo lo relativo a las comunas.
- Si los vecinos participan, pueden representarse a sí mismos e incidir y definir prioridades.
- Son los vecinos quienes administran el patrimonio comunal.
- A partir del 10 de diciembre próximo tendremos un gobierno comunal
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