jueves, 21 de junio de 2012

AGIP IMPLEMENTA LA FIGURA DEL AGENTE ENCUBIERTO PARA COMBATIR LA EVASIÓN IMPOSITIVA


AGIP IMPLEMENTA LA FIGURA DEL AGENTE ENCUBIERTO PARA COMBATIR LA EVASIÓN IMPOSITIVA

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (AGIP), implementa la figura del “agente encubierto” como una nueva herramienta para combatir la evasión impositiva.
De esta manera, los funcionarios del organismo se encuentran autorizados a actuar como compradores de bienes y tienen permitido asimismo, constatar el cumplimiento por parte de los vendedores de la emisión y entrega de facturas, a efectos de detectar evasores.
El accionar de dichos agentes debe estar fundamentado en antecedentes fiscales o denuncias que  hagan presumir la falta de entrega de comprobantes.
Por otra parte, la AGIP incrementará la implementación del valor locativo de referencia, que permite establecer un monto operativo para las locaciones de inmuebles.
La normativa aclara que cuando se trata de alquileres comerciales se debe aplicar un 0,50% en sellos y  un 1,5% en Ingresos Brutos.
La AGIP dispone en la resolución 140 que el accionar del agente encubierto debe estar amparado por una orden de intervención emitida por el Director General o Director Adjunto de Rentas, y debe estar fundada en antecedentes fiscales o en denuncias concretas que la AGIP haya recibido.
Se entienden como antecedentes fiscales a:
·                   Las denuncias por omisión de facturación.
·                   Las denuncias penales.
·                   Las multas formales y materiales firmes.
·                   Los ajustes de inspección.
·                  Las resoluciones de clausura firmes dictadas por falta de emisión o entrega de comprobantes.

Ciudad de Buenos Aires, 21 de junio de 2012.

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