En el día de la fecha,
se llevó a cabo una reunión con el ministro de desarrollo económico de la
ciudad, Lic. Francisco Cabrera, quien junto a su equipo de colaboradores
recibió a una comitiva de FECOBA encabezada por el vicepresidente 1º, Dr.
Vicente Lourenzo, para dialogar sobre los subsidios que el Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires otorgará a los comercios damnificados por las
inundaciones.
El encuentro tuvo como objeto solicitar a
ese ministerio una flexibilización en los requisitos necesarios para acceder a
los subsidios, además de plantear la intervención de FECOBA como ventanilla
para canalizar los pedidos del mencionado subsidio a través de los centros
comerciales adheridos a esta Federación y como organismo de gestión ante las
comunas.
El ministro coincidió con FECOBA en lo
planteado, e instó a su equipo de colaboradores a contactar cuanto antes a las
áreas pertinentes, a fin de comenzar con el procedimiento a la mayor brevedad
posible.
.
Banco Ciudad
Asimismo, el pasado 4 de abril se realizó
una reunión con representantes del Banco Ciudad a efectos de dialogar sobre los
créditos destinados a los comercios damnificados por las inundaciones del
pasado 3 de abril.
La comitiva estuvo encabezada por el vicepresidente
1º de FECOBA, Dr. Vicente Lourenzo, acompañado por el secretario de acción
social, Horacio Daboul, y por el gerente de la entidad, Lic. Ariel Fonseca.
Una vez obtenido el
dictamen final, los requisitos para acceder al crédito son:
En
general
• Presentación del informe
sobre el siniestro tramitado ante el C.G.P.C del G.C.A.B.A.
• D.N.I. - L.C. o L.E.
(original y fotocopia 1° y 2° página).
• No registrar antecedentes
desfavorables en el sistema financiero y en los sistemas del Banco de la Ciudad
de Buenos Aires.
En
particular
Locales comerciales -
Monotributistas
• Antigüedad mínima 1 año
inscripto en la AFIP, la que se comprobará por Constancia de Inscripción de
Monotributista (original y fotocopias).
• Último pago de Monotributo
(original y fotocopias), independientemente de su fecha de vencimiento.
• Para todos los casos, en su
defecto, el pago realizado por débito automático obrante en el resumen de
Tarjetas de Crédito o Cuenta Bancaria.
• Para computar los ingresos se
tomarán los máximos establecidos en las categorías impositivas establecidas por
la AFIP en la cual se encuentre empadronado el Cliente.
•
Habilitación Municipal
Locales
comerciales - Independientes
• Antigüedad mínima 1 año
inscripto en la AFIP, la que se comprobará por Constancia de C.U.I.T. (original
y fotocopias).
•
Habilitación Municipal
• Declaración Jurada de
Impuesto a las Ganancias del último año, acompañada del comprobante de pago de
la misma.
• Último pago de aportes
previsionales (original y fotocopias), independientemente de su fecha de
vencimiento.
• Para todos los casos, en su
defecto, los pagos realizados por débito automático obrantes en los resúmenes
de Tarjetas de Crédito o Cuentas Bancarias