sábado, 6 de abril de 2013

Gestiones de FECOBA por Inundaciones


En el día de la fecha, se llevó a cabo una reunión con el ministro de desarrollo económico de la ciudad, Lic. Francisco Cabrera, quien junto a su equipo de colaboradores recibió a una comitiva de FECOBA encabezada por el vicepresidente 1º, Dr. Vicente Lourenzo, para dialogar sobre los subsidios que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires otorgará a los comercios damnificados por las inundaciones.
El encuentro tuvo como objeto solicitar a ese ministerio una flexibilización en los requisitos necesarios para acceder a los subsidios, además de plantear la intervención de FECOBA como ventanilla para canalizar los pedidos del mencionado subsidio a través de los centros comerciales adheridos a esta Federación y como organismo de gestión ante las comunas.
El ministro coincidió con FECOBA en lo planteado, e instó a su equipo de colaboradores a contactar cuanto antes a las áreas pertinentes, a fin de comenzar con el procedimiento a la mayor brevedad posible.
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Banco Ciudad
Asimismo, el pasado 4 de abril se realizó una reunión con representantes del Banco Ciudad a efectos de dialogar sobre los créditos destinados a los comercios damnificados por las inundaciones del pasado 3 de abril.
La comitiva estuvo encabezada por el vicepresidente 1º de FECOBA, Dr. Vicente Lourenzo, acompañado por el secretario de acción social, Horacio Daboul, y por el gerente de la entidad, Lic. Ariel Fonseca.
Una vez obtenido el dictamen final, los requisitos para acceder al crédito son:
En general
• Presentación del informe sobre el siniestro tramitado ante el C.G.P.C del G.C.A.B.A.
• D.N.I. - L.C. o L.E. (original y fotocopia 1° y 2° página).
• No registrar antecedentes desfavorables en el sistema financiero y en los sistemas del Banco de la Ciudad de Buenos Aires.
En particular
Locales comerciales - Monotributistas
• Antigüedad mínima 1 año inscripto en la AFIP, la que se comprobará por Constancia de Inscripción de Monotributista (original y fotocopias).
• Último pago de Monotributo (original y fotocopias), independientemente de su fecha de vencimiento.
• Para todos los casos, en su defecto, el pago realizado por débito automático obrante en el resumen de Tarjetas de Crédito o Cuenta Bancaria.
• Para computar los ingresos se tomarán los máximos establecidos en las categorías impositivas establecidas por la AFIP en la cual se encuentre empadronado el Cliente.
• Habilitación Municipal
 Locales comerciales - Independientes
• Antigüedad mínima 1 año inscripto en la AFIP, la que se comprobará por Constancia de C.U.I.T. (original y fotocopias).
• Habilitación Municipal
• Declaración Jurada de Impuesto a las Ganancias del último año, acompañada del comprobante de pago de la misma.
• Último pago de aportes previsionales (original y fotocopias), independientemente de su fecha de vencimiento.
• Para todos los casos, en su defecto, los pagos realizados por débito automático obrantes en los resúmenes de Tarjetas de Crédito o Cuentas Bancarias

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