EL Sábado 22 de Junio por la noche se procedió al desramado de las vías de FFCC y la colocación de las estructuras que soportaran el paso del tren y a su vez serán el techo del túnel
El Centro Comercial Colegiales esta compuesto por comerciantes, vecinos y profesionales del barrio. Desarrollamos actividades en las áreas de comercio e industria, cultura, educación, mantenimiento barrial y seguridad
domingo, 23 de junio de 2013
Obras del Tunel de Lacroze
lunes, 17 de junio de 2013
La Asociación Civil de Comerciantes, Vecinos y Profesionales del barrio de Colegiales le reitera esta informacion
CONTRIBUCIÓN POR CALCOS EN VIDRIERAS – NUEVA LEY TARIFARIA
De acuerdo a lo previsto por la nueva Ley Tarifaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los locales comerciales que exhiban calcos en sus vidrieras, siempre que éstos se perciban desde la vía pública, deberán abonar una contribución por publicidad. Específicamente, el art. 117 de la Ley Tarifaria prevé que: “por la publicidad efectuada por anuncios en o con destino a la vía pública, que se perciba desde la vía pública o en lugares de acceso público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 362 del Código Fiscal, se paga una contribución por cada metro cuadrado o fracción de superficie, de acuerdo al tipo y características a los cuales responden. En caso que la publicidad se efectuara por medio de calcos que no superen el metro cuadrado, se pagará por unidad, por año, y fracción.” Vínculo entre permiso y contribución, art 370. El pago de la Contribución por Publicidad de los permisos a que alude el Título V, Capítulo 1 de la Ley de Publicidad Exterior (Ley Nº 2.936 y modificatorias), se efectuará una vez aprobada la revisión técnica de la solicitud de instalación de los distintos anuncios publicitarios; siendo la acreditación del pago mencionado requisito indispensable para la concesión del permiso. Su falta de cumplimiento importará para la solicitud de permisos su caducidad y archivo. EXENCIONES: Artículo 373.-Están exentos del pago de este gravamen:
El punto 3 del art. 373 del Código Fiscal, excluye claramente tal como se detalla anteriormente, el pago por aquellos calcos puestos en las vidrieras o en el interior de los comercios. Por tal motivo, esta es la normativa en el cual deben ampararse los comercios que se encuentren ante una inspección para no firmar ningún acta.
Buenos Aires, 18 de marzo de 2013. | |
VICENTE LOURENZO Vicepresidente 1º | OSVALDO CORNIDE Presidente |
HECTOR LOPEZ MORENO Secretario General |
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I FORO DE CENTROS COMERCIALES A CIELO ABIERTO
Martes 2 de Julio, 13.30 hs. en el Hotel Panamericano – Av. Carlos Pellegrini 551
Tenemos el agrado de invitarlo a participar del I Foro de Centros Comerciales a Cielo Abierto de la Ciudad de Buenos Aires, que tendrá lugar el próximo martes 2 de Julio a partir de las 13.30 hs., en el Hotel Panamericano -Salón Amazonas-, sito en la Av. Carlos Pellegrini 551 de esta Ciudad.
Este encuentro es organizado por el Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires, a partir de una iniciativa de su Comisión de Comercio, presidida por la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires, FECOBA.
Asistiendo al Foro podrá conocer:
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