martes, 25 de marzo de 2014

CAME fija tasas para Pymes en el 17,5%

NUEVO LOGRO DE LA CAME: EL BANCO CENTRAL FIJÓ TASAS PARA PYMES EN EL 17,5%

Ante el abrupto incremento de la tasa de interés para el descuento de documentos que en algunos casos llegó al 40%, y debido a que la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME)comunicó el ahogo financiero al que eran sometidas las PYMES, el Banco Central de la República Argentina dictó la Comunicación A 5554 que estableció, entre otros puntos:
3.2.1. Descuento de cheques de pago diferido a MiPYMES.
Descuento de cheques de pago diferido a clientes que reúnan la condición de MiPYME en la medida que la tasa de interés del financiamiento no supere la tasa prevista en el punto 3.3. (17,50% nominal anual). Por otro lado, no será de aplicación el plazo mínimo al que se refiere el punto 3.4.
Los valores a descontar deberán provenir de operaciones de venta o de prestación de servicios correspondientes a la actividad de la MiPYME cedente. Esta condición podrá verificarse mediante una declaración jurada que formule el cliente o por cualquier otro medio que la entidad estime conveniente.
Hasta el 10% del Cupo 2014 podrá aplicarse a este destino durante el mes de marzo de 2014 y hasta un 10% adicional durante el mes de abril de 2014. El importe no aplicado durante el mes de marzo no podrá trasladarse al mes de abril.
El cómputo de las operaciones elegibles se efectuará en base al promedio mensual de saldos diarios del importe desembolsado de las financiaciones otorgadas y el nivel de aplicación alcanzado en abril deberá mantenerse, como mínimo, hasta el 30 de junio del 2014.
Junto a estas posibilidades existen otras posibles aplicaciones que pueden leerse en la Comunicación completa haciendo clic aquí.

jueves, 20 de marzo de 2014

Obligan a reemplazar el controlador fiscal

Gestión de la CAME ante AFIP por la medida
que obliga a reemplazar el controlador fiscal
Febrero 2014

La Resolución General AFIP Nº 3561 - por la cual se obliga al contribuyente, en un plazo a designar, el reemplazo del actual equipamiento denominado “controlador fiscal” por uno nuevo, referenciado como “controlador fiscal de nueva tecnología” – produjo una gran preocupación en el sector PYME. Ante esta situación, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) presentó notas a Ricardo Echegaray a fin de solicitar que:
  • El costo que demanden los equipos sea aplicable como pago a cuenta del Impuesto al Valor Agregado y con amortización completa en el año fiscal de su compra. A efectos de amortiguar el costo fiscal que pueda afrontar el Estado es que lo solicitamos únicamente para aquella PYME comercial caracterizada como tal por la Secretaría PYME de la Nación, teniendo como antecedente el Decreto 1387/2001.
  • Atento a la necesidad de conexión a Internet que implica este nuevo “controlador fiscal de alta tecnología”, condición que omite la falta de conectividad en ciertas localidades de nuestro país donde no podría ser posible cumplir con lo estipulado por la norma, se postergue la entrada en vigencia de esta Resolución a fin de asegurar su correcta aplicación en cada una de las ciudades de la Argentina.