El Centro Comercial Colegiales esta compuesto por comerciantes, vecinos y profesionales del barrio. Desarrollamos actividades en las áreas de comercio e industria, cultura, educación, mantenimiento barrial y seguridad
viernes, 23 de diciembre de 2016
martes, 20 de diciembre de 2016
Blanqueo en efectivo: la AFIP flexibilizó el mecanismo para activos atribuidos a parientes
Blanqueo en efectivo: la AFIP flexibilizó el mecanismo para activos atribuidos a parientes | ||
|
Reafirmación de AGIP: no se deberá percibir Ingresos Brutos a contribuyentes de extraña jurisdicción
Reafirmación de AGIP: no se deberá percibir Ingresos Brutos a contribuyentes de extraña jurisdicción | ||
|
lunes, 19 de diciembre de 2016
Prohibición de bolsas plásticas para comercios porteños
Prohibición de bolsas plásticas para comercios porteños
Desde el 1 de enero de 2017 entra en vigencia la
Resolución 341 de la Agencia de Protección Ambiental
Resolución 341 de la Agencia de Protección Ambiental
Los supermercados, hipermercados y autoservicios de alimentos y bebidas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no podrán entregar más bolsas plásticas, a partir del 1 de enero de 2017, según lo establecido por la Resolución 341 de la Agencia de Protección Ambiental (APRA).
La norma también establece que ningún establecimiento comercial podrá dar bolsas oxodegradables, oxidegradables o no biodegradables menores o iguales a quince centímetros por veinte centímetros.
Prohibición de bolsas no biodegradable livianas: bolsas de polietileno, menores a 50 micrones de espesor, denominadas de un solo uso o tipo camiseta.
Como ya hemos informado en su oportunidad esta normativa se enmarca en la Ley N° 3.147, que fomenta el desarrollo de la producción de bolsas biodegradables, la reducción progresiva y posterior prohibición en la entrega de bolsas no biodegradables por parte de los comercios; y la sustitución de sobres y bolsas no biodegradables por aquellos que sí lo son.
AHORA 12 Y AHORA 18: LO QUE HAY QUE SABER
AHORA 12 Y AHORA 18: LO QUE HAY QUE SABER
Como método para la reactivación del consumo y fortalecimiento del mercado interno, el Gobierno oficializó el lanzamiento del plan Ahora 18, el cual permitirá realizar compras de diversos bienes y servicios de origen nacional a través de un sistema de 18 cuotas sin interés.
El programa, que tiene como principales objetivos fomentar el consumo, el comercio, el empleo, la producción nacional y los servicios prestados en el territorio argentino, entrará en vigencia el próximo 1° de diciembre y se extenderá hasta el 31 de marzo de 2017, en carácter de “prorrogable”.
El mismo podrá utilizarse en todos los comercios adheridos de jueves a domingos para todos los rubros, exceptuando los teléfonos 4G que podrán ser adquiridos bajo este plan cualquier día de la semana.
A continuación, detallamos los 18 rubros de productos y servicios nacionales que alcanzará el programa: línea blanca; indumentaria; calzado y marroquinería; materiales y herramientas para la construcción; muebles; bicicletas; motos; turismo (pasajes de ómnibus de larga distancia, aéreos y hoteles dentro del territorio nacional); colchones; libros; anteojos; artículos de librería; teléfonos celulares 4G; juguetes y juegos de mesa; computadoras, notebooks y tablets; neumáticos, accesorios y repuestos para automotores y motos; artefactos eléctricos de iluminación de tecnología led e instrumentos musicales.
Es importante destacar que los proveedores y comercios ya adheridos al programa tendrán habilitada la alternativa de venta de 18 cuotas sin necesidad de registrar nuevamente su adhesión y podrán ofrecer cualquiera de las dos modalidades de venta. Aquellos que aún no están se adhirieron deberán registrarse a través de las tarjetas de crédito que participan en Ahora 12, comunicándose de forma individual con cada una de ellas o ingresando en la web de ATACYC.
|
miércoles, 14 de diciembre de 2016
Productos textiles: Declaración Jurada de Composición de Producto
Productos textiles: Declaración Jurada de Composición de Producto | ||
|
lunes, 5 de diciembre de 2016
Capacitacion presencial 2017
Centro Comercial Colegiales
El Centro Comercial Colegiales ha firmado un convenio con CAME para la realización de curso de capacitación presenciales que se desarrollaran en el 2017, en su Sede y ellos son:
Ventas
Marketing
Atencion al cliente
Decoracion de Vidrieras
En Febrero estaremos abriendo las inscripciones y acercandoles mas información: horarios, dias
Reafirmación de AGIP: no se deberá percibir Ingresos Brutos a contribuyentes de extraña jurisdicción
Reafirmación de AGIP: no se deberá percibir Ingresos Brutos a contribuyentes de extraña jurisdicción | ||
|
jueves, 1 de diciembre de 2016
Modificacion Clausura de Comercios
Centro Comercial Colegiales
En defensa el Comercio Minorista
Tema : Clausuras de comercios
Este proyecto fue aprobado en el Comité Ejecutivo del COPE el 9/11 y posteriormente enviado a la Legislatura.
Modificación del art 7 inciso b de la ley 1217 del CABA.
En síntesis fundamentalmente se propone " Solicitar al juez competente la clausura preventiva total o parcial del /los locales y/u obras en infracción, cdo. la falta no cesara o produjera un grave o inminente peligro.....en un plazo de 24 hs y el juez debe expedirse en un plazo no mayor a las 24 hs" (o sea no pueden clausurar en el acto)
Art Segundo: Derógase párrafo segundo
Art tercero: se incorpora el siguiente texto:" El Poder Ejecutivo garantizará el acceso a la asistencia y/o patrocinio jurídico gratuito de todo presunto infractor que comparezca ante la autoridad administrativa de control de faltas"
lunes, 21 de noviembre de 2016
Carta de Cornide al diputado Amadeo
Carta de Cornide al diputado Amadeo
Estimado Eduardo:
Me extraña que después de tantos años de conocernos pienses que incurrimos en ataques personales.
- Ni la CAME ni yo nunca agraviamos a nadie.
- Reclamamos el tratamiento de la ley de tarjetas de crédito porque hace casi 90 días que no se considera.
- Nosotros fuimos los promotores de la Ley 25.065 que en el año 1998 bajo los aranceles del 10 % al 5% y también de la Ley 26.010 del año 2005 que redujo del 5% al 3%. Beneficiamos a más de 300.000 Pymes.
- De tal manera que no hacemos proposiciones que no sean razonables. Por eso apoyamos lo que sancionó por unanimidad el Senado y que debe tratar Diputados.
- Hemos hablado con muchos Diputados de todos los partidos políticos.
- Cualquiera de ellos puede atestiguar que no “apretamos” a nadie como señala tu carta. Convencemos con argumentos.
- Hemos tenido reuniones con el Secretario de Comercio, Lic. Miguel Braun, en el Ministerio y en la CAME de manera que estamos siempre propensos al diálogo.
- Nosotros defendemos a las Pymes y señalamos cómo le va a este sector y cómo le va a la especulación financiera.
- Vos señalás que es un delirio fijar costos en una Ley, pero resulta que los aranceles están fijados por ley y deben modificarse también por otra Ley.
- Cuando hablás de costo 0, quiero recordarte que el actual Presidente del Banco Central, propicia un sistema de costo 0 para las operaciones de débito denominado MOBILE POS.
Estamos hablando de la más alta autoridad monetaria.
Por último quiero decirte, que si alguna de las notas o folletos que editamos reclamando por el tratamiento de un Proyecto paralizado 90 días, llego a ofenderte, te pedimos las disculpas del caso.
Atentamente.
Osvaldo Cornide
Buenos Aires, 10 de noviembre de 2016
jueves, 3 de noviembre de 2016
Prórroga del plazo para adherir al "tapón fiscal" del blanqueo de capitales
Los Centros Comerciales de Belgrano, Colegiales y Nuñez informan:
Prórroga del plazo para adherir al "tapón fiscal" del blanqueo de capitales
En el marco de la Ley de Blanqueo de Capitales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 3951 del Boletín Oficial, anunció la prórroga hasta el 31 de marzo próximo de la posibilidad de adherirse a la herramienta denominada "Tapón Fiscal".
De esta manera, el contribuyente que hasta el 26 de julio pasado informó su situación patrimonial a la AFIP y vuelve a ratificar esa declaración, no será objeto de revisión de parte de la dependencia fiscal sobre la tenencia de dinero o de bienes en períodos anteriores a diciembre del 2015 y que ya no están dentro de su patrimonio.
A continuación, detallamos los pasos a seguir para ratificar la declaración jurada de 2015:
– Entrar al sistema de la AFIP con clave fiscal
– Sistema Registral
– Sinceramiento Fiscal – Beneficios Ley N°27.260. Arts. N° 63 y 85.
– Presentación DDJJ "Confirmación de datos" Art. 85
– Buscar la solapa "Nuevo" y confirmar las declaraciones juradas de 2015.
Es importante destacar que para efectuar la solicitud, previamente se deberá constituir domicilio fiscal electrónico
De esta manera, el contribuyente que hasta el 26 de julio pasado informó su situación patrimonial a la AFIP y vuelve a ratificar esa declaración, no será objeto de revisión de parte de la dependencia fiscal sobre la tenencia de dinero o de bienes en períodos anteriores a diciembre del 2015 y que ya no están dentro de su patrimonio.
A continuación, detallamos los pasos a seguir para ratificar la declaración jurada de 2015:
– Entrar al sistema de la AFIP con clave fiscal
– Sistema Registral
– Sinceramiento Fiscal – Beneficios Ley N°27.260. Arts. N° 63 y 85.
– Presentación DDJJ "Confirmación de datos" Art. 85
– Buscar la solapa "Nuevo" y confirmar las declaraciones juradas de 2015.
Es importante destacar que para efectuar la solicitud, previamente se deberá constituir domicilio fiscal electrónico
lunes, 24 de octubre de 2016
Emprende CAME Centro Comercial Colegiales
Viví la experiencia #EmprenderCAME y sé el ganador | ||
|
martes, 18 de octubre de 2016
BLANQUEO BENEFICIOS Y RECAUDOS
La ley de blanqueo trajo beneficios para los contribuyentes cumplidores. Las exigencias son muchas y no están muy precisas, ya que según la ley no deberían existir deudas de ningún tipo ni con importe mínimo para poder acceder. Entonces, la pregunta es: ¿quién está verdaderamente en condiciones de lograr los beneficios?
Es probable que en el sitio “Cuentas Tributarias” figuren deudas pequeñas correspondientes a intereses resarcitorios, originados por haber abonado algún anticipo fuera de término, y multas que aplicó la AFIP por algún incumplimiento. El reglamento exige que esté todo limpio de deuda al 22 de julio de 2016; en cambio, la Resolución de la AFIP dice que su sistema verificará todos los cumplimientos al momento en que se hace el trámite de adhesión, desde su página Web.
De esta manera, la recomendación es que antes de presentar la solicitud se revise la situación desde la cuenta corriente de la AFIP y se cancelen todos los importes adeudados por intereses, que en muchos casos pueden ser mínimos. Las multas no haría falta abonarlas, porque pueden haber sido subsanadas por el efecto de la moratoria, incluida en el otro título de la ley.
Qué dicen las normas
La ley 27.260 estableció una serie de requisitos para acceder a laexención de Bienes Personales, o para solicitar la devolución del importe retenido por Ganancias en el aguinaldo de junio de 2016. El artículo 63 exige que los contribuyentes hayan cumplido con sus obligaciones tributarias correspondientes a los años 2014 y 2015. Y en el 66 se pone como requisitos adicionales no haber ingresado, durante esos años, al blanqueo anterior ni a los planes especiales que, para algunos privilegiados, aprobaba la AFIP. Por último, exige que no existan deudas en condición de ser ejecutadas por el organismo.
El decreto 895/16, reglamentario de la ley, al momento de definir quién es “contribuyente cumplidor” exige que se haya cumplido con las obligaciones tributarias (presentación y pago) de los impuestos del año 2014 y 2016, antes del 22 de julio de 2016 (fecha en que se promulgó la ley), pero ya para cumplir con esa fecha es tarde.
La Resolución de la AFIP 3919, en cambio, determina que en el momento de la adhesión (presentación) para obtener el beneficio el sistema controlará que se hayan presentado todas las declaraciones juradas del 2014 y 2015 y que no existan deudas de ningún tributo. O sea: ¿se estaría dando más plazo? Sería conveniente que, para evitar sorpresas, esta interpretación sea debidamente aclarada por la AFIP.
Los beneficios
Aquellos contribuyentes que califican como “cumplidores” podrán acceder a estos beneficios:
1) Si tienen que abonar Bienes Personales en el futuro, por superar el mínimo no imponible del 2016, 2017 y 2018 ($ 800.000; $ 950.000 y $ 1.050.000, respectivamente) debe seleccionarse la opción de exención del impuesto para los próximos tres años. Además, los que abonaron anticipos podrán solicitar, por este medio, la devolución de esos importes en la CBU o como saldo a favor disponible.
2) En cambio, si no se tributa el “Impuesto a la riqueza”, se puede ir por el camino del reintegro del Impuesto a las Ganancias retenido por el último aguinaldo. En este caso, el empleado o jubilado luego tienen que avisarle al agente de retención (empleador o ANSES) sobre esta situación desde el programa “SIRADIG”, para luego recibir la devolución en el recibo de sueldos.
Los trámites
Después de revisar el estado de deuda, desde la cuenta corriente tributaria, el primer paso consiste en revisar el nivel de clave fiscal que se debe tener; si no se posee el 3 hay que concurrir a la AFIP para hacer el trámite de elevar la clave. Luego, desde la página Web, tiene que aceptarse la opción del domicilio fiscal electrónico y brindar la dirección de e-mail y el teléfono del contribuyente. Por último, dentro del sitio “Sistema Registral” hay que seleccionar el beneficio que se está en condiciones de obtener. Hay plazo para realizar el trámite hasta el 31 de marzo de 2017; claro está, más se tarda en hacerlo más se demoran los beneficios.
JOSE LUIS CETERI
miércoles, 28 de septiembre de 2016
sábado, 24 de septiembre de 2016
miércoles, 21 de septiembre de 2016
Proyeccion pelicula Metegol - Instituto Virgen del Pilar - Distrito Audiovisual
En el Marco de los festejos del 153º Aniversario del barrio de Colegiales, la Asociacion Civil de comerciantes, Vecinos y profesionales de Colegiales ha gestionado ante el Distrito Audivisual la proyecion de la pelicula Metegol para los alumnos del Instituto Virgen del Pilar,
21 de Septiembre de 2016
13:00 hs
21 de Septiembre de 2016
13:00 hs
jueves, 8 de septiembre de 2016
Aniversario del barrio de Colegiales Festejos el Sabado 24 de Septiembre
Te esperamos en la Plaza Garicoits, ALv Thomas casi Elcano, el Sabado 24 de Septiembre para festejar el Aniversario de Colegiales. A partir de la 14:00 hs
CIRCUITO CULTURAL BELGRANO COLEGIALES NUÑEZ
Llego la primavera y comienza el Segundo Circuito Cultural de los barrios de Belgrano, Colegiales y Nuñez, pertenecientes a la Comuna 13 Las sedes seleccionadas son El Salon de Exposiciones de la comuna 13, La Asociacion Italiana de Belgrano, Le Mercado de las Pulgas, El salon de Exposiciones de la inmobiliaria Rivas y La Libreria Artistica Juana de Arcos.
domingo, 28 de agosto de 2016
AMPARO POR TARIFAS (ENARGAS) SE SOLICITA DICTADO DE MEDIDA CAUTELAR
CAME PRESENTÓ ACCIÓN DE AMPARO POR TARIFAS (ENARGAS) SE SOLICITA DICTADO DE MEDIDA CAUTELAR
Hacemos saber que en el día de ayer la CAME ha presentado una Acción de Amparo Colectivo ante el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1, Secretaría N° 2 de San Martín, en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional (CN) y art. 52 de la Ley 24.240, en representación del Comercio, Industria, la Producción y el Turismo Pyme contra el Poder Ejecutivo Nacional (Ministerio de Energía y Minería) y contra el Ente Nacional de Regulación del Gas (ENARGAS), solicitando:
a) Se declare la nulidad y, en su caso, invalidez constitucional, de las Resoluciones N° 28/16, 31/16, 99/16 y 129/16 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, ccts. y Resolución N° 3725/16, I/3843/16 del ENARGAS que imponen el esquema de incremento del servicio público del gas, y todo otro aumento dispuesto en los cuadros tarifarios;
b) Que dicha nulidad, en consonancia con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia, sea extensible a los usuarios comerciales, industriales, de la producción y turismo de todo el país;
c) Se ordene a las demandadas abstenerse de requerir el cobro de las facturas correspondientes al cuadro tarifario impugnado;
d) Se disponga un nuevo esquema de precios y tarifas para el servicio de suministro de Gas, con arreglo a la Constitución y a la legislación vigente, realizando el procedimiento previo de publicidad y consulta pública;
e) Se restablezca el sistema tarifario anterior a las normas impugnadas hasta tanto el Estado Nacional fije precios y tarifas con arreglo a las normas constitucionales y legales;
f) Para los usuarios que hubieran realizado el pago de las facturas con las tarifas fijadas por las normas impugnadas, se tome el excedente como pago a cuenta o bien se disponga el reintegro,
g) Se ordene al Estado Nacional disponga el pertinente PROCEDIMIENTO DE AUDIENCIA PÚBLICA que INCLUYA A TODOS LOS SECTORES PRODUCTIVOS.-
Buenos Aires, 25 de agosto de 2016
Hacemos saber que en el día de ayer la CAME ha presentado una Acción de Amparo Colectivo ante el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1, Secretaría N° 2 de San Martín, en los términos del art. 43 de la Constitución Nacional (CN) y art. 52 de la Ley 24.240, en representación del Comercio, Industria, la Producción y el Turismo Pyme contra el Poder Ejecutivo Nacional (Ministerio de Energía y Minería) y contra el Ente Nacional de Regulación del Gas (ENARGAS), solicitando:
a) Se declare la nulidad y, en su caso, invalidez constitucional, de las Resoluciones N° 28/16, 31/16, 99/16 y 129/16 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, ccts. y Resolución N° 3725/16, I/3843/16 del ENARGAS que imponen el esquema de incremento del servicio público del gas, y todo otro aumento dispuesto en los cuadros tarifarios;
b) Que dicha nulidad, en consonancia con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia, sea extensible a los usuarios comerciales, industriales, de la producción y turismo de todo el país;
c) Se ordene a las demandadas abstenerse de requerir el cobro de las facturas correspondientes al cuadro tarifario impugnado;
d) Se disponga un nuevo esquema de precios y tarifas para el servicio de suministro de Gas, con arreglo a la Constitución y a la legislación vigente, realizando el procedimiento previo de publicidad y consulta pública;
e) Se restablezca el sistema tarifario anterior a las normas impugnadas hasta tanto el Estado Nacional fije precios y tarifas con arreglo a las normas constitucionales y legales;
f) Para los usuarios que hubieran realizado el pago de las facturas con las tarifas fijadas por las normas impugnadas, se tome el excedente como pago a cuenta o bien se disponga el reintegro,
g) Se ordene al Estado Nacional disponga el pertinente PROCEDIMIENTO DE AUDIENCIA PÚBLICA que INCLUYA A TODOS LOS SECTORES PRODUCTIVOS.-
Buenos Aires, 25 de agosto de 2016
martes, 2 de agosto de 2016
La AFIP reglamentaron el Régimen de Sinceramiento Fiscal
|
miércoles, 27 de julio de 2016
Montos en $ que definen micro, pequeña y mediana empresa
CENTRO COMERCIAL COLEGIALES INFORMA:
Montos en $ que definen micro, pequeña y mediana empresa
La resolución 11/2016 de la Secreta-ría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa considera Micro, Pequeñas y Medianas Empresas aquellas cuyas ventas totales anuales expresadas en Pesos ($) no superen los valores establecidos en el cuadro que se detalla:
TIPO EMPRESA | Comercio | Servicios | Construcción |
Micro | $ 9.000.000 | $ 2.500.000 | $ 3.500.000 |
Pequeña | $ 55.000.000 | $ 15.000.000 | $ 22.500.000 |
Mediana Tramo 1 | $ 450.000.000 | $ 125.000.000 | $ 180.000.000 |
Mediana Tramo 2 | $ 650.000.000 | $ 180.000.000 | $ 270.000.000 |
martes, 26 de julio de 2016
martes, 19 de julio de 2016
sábado, 16 de julio de 2016
GANADORES SORTEO EL MEJOR PAPA DEL MUNDO - FECOBA
CENTRO COMERCIAL COLEGIALES INFORMA
Resultados del sorteo de la acción promocional “EL MEJOR PAPÁ DEL MUNDO”, realizado ante escribana pública en FECOBA, Florida 15 CABA, el JUEVES 7 de julio de 2016, a las 13 hs.
GANADORES DE LAS ORDENES DE COMPRA POR $3000.-
C.C. Alberdi: Esencial
C.C. Villa Crespo Ganador: Adriana Leiva- Comercio: Kasport SRL - Corrientes 5613
C.C. Balvanera - Ganador: Isabel Álvarez - Comercio: Super Star- Av. Rivadavia 3593
C.C Córdoba, Callao y Aledaños Ganador: Marcelo D Andrés - Comercio: La Academia - Callao 368
C.C. Saavedra Ganador: Oscar Torres - Comercio: Infinit - Ricardo Balbín 4169.
C.C. Villa Real, Villa Luro Ganador: Roberto A. Colasurdo - Comercio: Sip Pinturas - Beiro 5215
GANADORES DE LAS ORDENES DE COMPRA POR $3000.-
C.C. Alberdi: Esencial
C.C. Villa Crespo Ganador: Adriana Leiva- Comercio: Kasport SRL - Corrientes 5613
C.C. Balvanera - Ganador: Isabel Álvarez - Comercio: Super Star- Av. Rivadavia 3593
C.C Córdoba, Callao y Aledaños Ganador: Marcelo D Andrés - Comercio: La Academia - Callao 368
C.C. Saavedra Ganador: Oscar Torres - Comercio: Infinit - Ricardo Balbín 4169.
C.C. Villa Real, Villa Luro Ganador: Roberto A. Colasurdo - Comercio: Sip Pinturas - Beiro 5215
C.C. Floresta Ganador: María Dolores Gariaz - Comercio: Ferretería Rice - Morón 4202
C.C Av. San Martín Ganador: Rosa S. Rivadeneira -Comercio donde se depositó el cupón: Mauro Sergio - Av. San Martín 2464
C.C Villa Ortúzar y Parque Chas - Ganador: Yeruta Vera Hermelinda - Comercio: Confitería Winner - Cadiz 3723
C.C Villa Pueyrredón Ganador: Marcos Gabriel Ceferino Valdez - Comercio: Roble - Av. Mosconi 2843 CABA
C.C. Villa del Parque Ganadora: Mabel Liliana Oliva - Comercio: Macom -Villa del Parque- Cuenca 2915
C.C Santa Fé -Ganadora: Ganduglia Juana Cristina - Comercio: Artesanía Elissamburu - Santa Fe 2336
C.C Av. San Martín Ganador: Rosa S. Rivadeneira -Comercio donde se depositó el cupón: Mauro Sergio - Av. San Martín 2464
C.C Villa Ortúzar y Parque Chas - Ganador: Yeruta Vera Hermelinda - Comercio: Confitería Winner - Cadiz 3723
C.C Villa Pueyrredón Ganador: Marcos Gabriel Ceferino Valdez - Comercio: Roble - Av. Mosconi 2843 CABA
C.C. Villa del Parque Ganadora: Mabel Liliana Oliva - Comercio: Macom -Villa del Parque- Cuenca 2915
C.C Santa Fé -Ganadora: Ganduglia Juana Cristina - Comercio: Artesanía Elissamburu - Santa Fe 2336
C.C Avenida Montes de Oca - Ganador: Gabriel Hernán Greco -Local: Optica Battilana - Av. Montes de Oca 882.
C.C Villa Urquiza - Ganador: Juan R. Colazo - Comercio: Lorenz - Dirección: Olazabal 5222
C.C Avenida Riestra y Murguiondo - Ganadora: M. Soledad Segovia -Comercio: Urbano -Riestra 5778.-
C.C Lugano y Riachuelo - Ganador: Marcelo Cristian Rossi - Comercio: La Cañada.- Cañada de Gómez 4792
C.C Av. de Mayo - Ganador: Nicolas Dambolina - Comercio: Local: Heladería Olimpia - Av. de Mayo 752.-
C.C. Parque Patricio - Ganadora: Ester Saperi - Comercio: Mio - La Rioja 2186.-
C.C Emilio Castro Ganador: Gómez Pablo Gabriel- Comercio: Ayulem - Av. E. Castro 6928.
Centro Comercial Colegiales Ganadora: Badi Ivana Comercio: Lubricentro Lacroze - Av. F. Lacroze 3019.
Centro Comercial Av. Cabildo Ganador: Claudio Riwcovich - Comercio: Lo de Gaby - Cuba 2339.
C.C. Liniers Ganadora: Ana Gabriela Riarte - Comercio: Calzados Mercurio -Av. Rivadavia 11686
C.C. Primera Junta - Ganador: Ulises Maestro- Comercio: Maricel - Rivadavia 5701.
C.C Caballito Ganador: Dario Signorini - Comercio: Cardon - José M. Moreno 150.
C.C. Chacarita Ganadora: Maria G. Tordi - Comercio: Local: Maxi Marroq - Corrientes 6863.
C.C Coghlan Ganador: Facundo Stries - Comercio: Urban Group Stella y Hugo - Superí 2895.
C.C Pedro Goyena - Ganador: Mauro Leonel Blanco
C.C Warnes Ganador: Vidal Carlos - Comercio: Telas S.A. - Casacoust 547.-
C.C Distrito Arenales Ganadora: Catalina Briones - Comercio: Reina Batata - Bazar Boutique - Libertad 1234.-
C.C Villa Devoto - Ganador: Mario Lizziero - Comercio: Optica Médica - Chivilcoy 3890.
C.C Flores Ganador: Diego Fernando Galant Comercio: Librería Piedra Libre - Varela 1059
C.C Gaona Ganador: Mario Mamani - Comercio: El Rey del Pollo - Nazca 891
C.C Retiro Villa 31 Ganadora: Claudia Cáceres - Comercio: Maxcell.
C.C. Entre Ríos Ganador: Diego Escandarani - Comercio: Battaglia - Entre Rios 287.
GANADORES DE LOS TVs
Ganador primer TV: Verónica Thorossian. La Ganadora depositó su cupón en: Meison Chaves Soleil, La Rioja 2162 y se hizo acreedor del segundo TV.
Ganador del tercer TV (corresponde al sorteo del ganador online) María Mercedes Berruezo
C.C Emilio Castro Ganador: Gómez Pablo Gabriel- Comercio: Ayulem - Av. E. Castro 6928.
Centro Comercial Colegiales Ganadora: Badi Ivana Comercio: Lubricentro Lacroze - Av. F. Lacroze 3019.
Centro Comercial Av. Cabildo Ganador: Claudio Riwcovich - Comercio: Lo de Gaby - Cuba 2339.
C.C. Liniers Ganadora: Ana Gabriela Riarte - Comercio: Calzados Mercurio -Av. Rivadavia 11686
C.C. Primera Junta - Ganador: Ulises Maestro- Comercio: Maricel - Rivadavia 5701.
C.C Caballito Ganador: Dario Signorini - Comercio: Cardon - José M. Moreno 150.
C.C. Chacarita Ganadora: Maria G. Tordi - Comercio: Local: Maxi Marroq - Corrientes 6863.
C.C Coghlan Ganador: Facundo Stries - Comercio: Urban Group Stella y Hugo - Superí 2895.
C.C Pedro Goyena - Ganador: Mauro Leonel Blanco
C.C Warnes Ganador: Vidal Carlos - Comercio: Telas S.A. - Casacoust 547.-
C.C Distrito Arenales Ganadora: Catalina Briones - Comercio: Reina Batata - Bazar Boutique - Libertad 1234.-
C.C Villa Devoto - Ganador: Mario Lizziero - Comercio: Optica Médica - Chivilcoy 3890.
C.C Flores Ganador: Diego Fernando Galant Comercio: Librería Piedra Libre - Varela 1059
C.C Gaona Ganador: Mario Mamani - Comercio: El Rey del Pollo - Nazca 891
C.C Retiro Villa 31 Ganadora: Claudia Cáceres - Comercio: Maxcell.
C.C. Entre Ríos Ganador: Diego Escandarani - Comercio: Battaglia - Entre Rios 287.
GANADORES DE LOS TVs
Ganador primer TV: Verónica Thorossian. La Ganadora depositó su cupón en: Meison Chaves Soleil, La Rioja 2162 y se hizo acreedor del segundo TV.
Ganador del tercer TV (corresponde al sorteo del ganador online) María Mercedes Berruezo
viernes, 15 de julio de 2016
El Senado aprueba la LEY PYME
EL SENADO APROBÓ POR UNANIMIDAD LA LEY PYME
Luego del debate en el Senado de la Ley que ya contaba con media sanción de Diputados, y tras los reclamos históricos realizados por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), fue sancionada por unanimidad la Ley de Fomento de Inversiones para las Pymes, la cual presenta un programa de recuperación de las pequeñas y medianas empresas en crisis y establece un tratamiento impositivo y financiero especial para el impulso y fortalecimiento del sector.
A continuación, se detallan los principales puntos de la Ley, siendo varios de ellos pedidos concretos elaborados por CAME en base a reclamos históricos:
1- Se establece el programa REPRO (Programa de Recuperación Productiva) y se suben los topes en un 50% para el caso de las pequeñas y medianas empresas en crisis, lo que significa que podrán recibir por medio de un trámite simplificado hasta 9.060 pesos (1.5 salarios mínimos) por trabajador.
2- Las micro y pequeñas empresas podrán pagar el IVA a los 90 días de facturado.
3- Se elimina el impuesto a la ganancia mínima presunta. Son 1.300 millones de pesos que se transferirán del Estado a las Pymes.
4- Cambios en el impuesto al cheque: las micro y pequeñas empresas pueden tomar el total del mismo como pago a cuenta del impuesto a las Ganancias, mientras que las medianas podrán descontar hasta el 50 %.
5- Los saldos impositivos a favor de las Pymes podrán ser compensados. Esto se podrá hacer a través de las cuentas tributarias y, en el caso que no se pueda compensar automáticamente, se podrá solicitar su devolución, que deberá ser rápida. Para los saldos existentes antes de la presente Ley, se ofrecerá un bono.
6- Esquema simplificado de tributos. Se declara la necesidad de establecer un esquema simple de determinación y liquidación de impuestos para las Pymes, esto es, la atención en una ventanilla única que facilite la operatoria impositiva.
7- Fomento a la inversión: las Pymes que realicen inversiones productivas, podrán computar como pago a cuenta del impuesto a las ganancias un 10% sobre el valor de las mismas. A su vez, se le otorga un bono fiscal por una porción del IVA invertido, es decir, se premia a las empresas que inviertan y generen puestos de trabajo.
8- Financiamiento: se establecen instrumentos financieros que le permitan a las Pymes un mayor acceso al crédito y al capital de trabajo.
9- Se establece que los beneficios impositivos estipulados por esta Ley se incrementen entre un 5 % y 15 % para las economías regionales.
10- Evolución y desarrollo de la cadena de valor: se crea un consejo Pyme que analizará las cadenas de valor, el comercio exterior y el otorgamiento de créditos productivos a micro, pequeñas y medianas empresas. El mismo monitoreará la situación de las Pymes regionales y propondrá medidas adicionales.
11- El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva dará asistencia a las Pymes en procesos de inversión tecnológica.
CAME celebra la sanción de la Ley en un contexto preocupante de caída de la actividad Pyme, que representa el sector más productivo del país y de mayor generación de empleo.
Buenos Aires, 14 de julio de 2016
Suscribirse a:
Entradas (Atom)