sábado, 7 de enero de 2017

Comercio Exterior: boletín informativo técnico

Centro Comercial Colegiales infroma

Comercio Exterior: boletín informativo técnico

La Secretaría de Cámaras Sectoriales de FECOBA pone en conocimiento 
de las entidades la siguiente información sobre comercio exterior.

El 4 de enero pasado comenzó la primera etapa de implementación de la Resolución Conjunta General AFIP N° 3972 y Resolución SENASA N° 774/2016 (BO N° 33.533 – 29/12/16), por medio de la cual se incorporaron determinadas mercaderías al Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA), siendo su implementación de carácter exclusivo para las destinaciones de exportación.

Dicha norma entró en vigencia a partir del jueves 29 de diciembre de 2016, pero será de aplicación según el cronograma por etapa de implementación que se publicará en los sitios "web" del Portal VUCEA (www.argentina.gob.ar/vucea), de la AFIP (www.afip.gob.ar) y del SENASA (www.senasa.gob.ar).

En virtud a ello, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) envió una comunicación general a través del Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA) informando que la Resolución Conjunta General (AFIP) N° 3.981 y Resolución (SENASA) N° 774/2016 comenzarán a operar desde el próximo jueves 5 de enero. Por consiguiente, los permisos que se oficialicen a partir de la fecha referenciada se encontrarán comprendidos en este nuevo régimen.

Cabe destacar que, a diferencia de la exportación de productos vitivinícolas intervenidos por INV a través del VUCEA (RGC AFIP N° 3981 y Res. INV N° 234/2016), los permisos de embarques no serán bloqueados, ni se deberá ingresar al servicio "VUCEA_WEB", solamente se utilizará el sistema CERT-POV (Sistema de Gestión de Certificados para Exportación de Productos de Origen Vegetal).

Por lo expuesto precedentemente, el Centro Despachantes de Aduana (CDA) elaboró el presente Boletín Informativo Técnico con todas las consideraciones a tener en cuenta al momento de operar con este nuevo régimen.

No hay comentarios:

Publicar un comentario