miércoles, 1 de noviembre de 2017

Reforma Impositiva- La propuesta del oficialismo 2017

Reforma Impositiva- La propuesta del oficialismo

BENEFICIOS PARA LAS EMPRESAS

1. Impuesto a las Ganancias de las empresas: la alícuota bajará del 35% al 25% de forma paulatina: será del 30% en 2019 y 2020, y luego del 25% a partir de 2021. Eso sí: esta baja será para las empresas que inviertan en el país
El promedio de América Latina se ubica en un 27%, y de los países OCDE, al 22 por ciento.
2. Devolución anticipada de saldo a favor de IVA:  para las empresas que inviertan en el país. Si no lo recuperaron en un período de seis meses, la devolución es automática.
La medida tiende a reducir el costo financiero de los proyectos.
3. Contribuciones patronales: se establece un mínimo no imponible de $12.000 de sueldo bruto. Como hoy no existe mínimo no imponible, la suba será progresiva desde los $2.400 en 2018, $4.800 en 2019, $7.200 en 2020, $.9.600 en 2021 y llega al piso propuesto en 2022.
Los sueldos hasta $12.000 no pagan.

IMPUESTO AL CHEQUE, SELLOS E INGRESOS BRUTOS

1. Impuesto a créditos y débitos: aquí se encuentra el famoso impuesto al cheque. Lo cierto es que no se elimina, sino que de forma gradual, podrán usarse como pago a cuenta de Ganancias.
2. Ingresos brutos y Sellos: en el marco de las negociaciones con cada provincia, el objetivo del Gobierno es reducirlos a la mitad: del 8 al 4% en promedio. Sin embargo, esto entra en la categoría de "en negociación", porque es un acuerdo con cada provincia. Macri también quiere que el resto de las provincias sigan el ejemplo de Córdoba y Buenos Aires, al eliminar las aduanas interiores.

A favor del consumidor

1. Transferencia de Inmuebles: este gravamen se elimina. En la actualidad, se paga una alícuota del 1,5% a todas las transacciones inmobiliarias.
Pero se crea un nuevo impuesto para gravar la ganancia de capital de una segunda vivienda o vivienda para fines de lucro con una alícuota del 15% que se actualiza por inflación.

2. Beneficio para autónomos: se propone duplicar el monto de deducción especial en Ganancias. Pasará de $50.000 a $100.000 anuales. Si bien se busca emparejar, esos trabajadores todavía quedan en desequilibrio con respecto a los trabajadores en relación de dependencia, que pueden deducir hasta 250.000 pesos anuales.

1. Personas físicas, a pagar: las personas jurídicas ya pagaban, y pagaran  las personas físicas que residen en el país. Los rendimientos del año por debajo de $52.000 no pagarán ninguna alícuota, por encima de ese valor, empiezan a pagar sobre el excedente. 
Pagaran el 15%, los plazos fijos en dólares u otras monedas extanjeras, las Lebacs y los bonos. el 5% para los instrumentos en pesos, siempre sobre el rendimiento o beneficio.

2. Acciones que cotizan en el paísla Bolsa de Comercio de Buenos Aires festejó después del anuncio de la reforma, y no fue casual. Las personas físicas no pagarán un impuesto sobre las acciones
Resumen Infobae

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