lunes, 29 de enero de 2018

Convenio Colectivo de Trabajo Incremento del 6 %

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Convenio Colectivo de Trabajo Incremento del 6 %
En representación de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), su presidente Fabián Tarrío, junto al secretario general de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), Armando Cavalieri, el titular de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), Jorge Luis Di Fiori, y el apoderado de la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), Carlos Echezarreta, se reunieron en la sede de CAME para negociar colectivamente en el marco de la actividad de los empleados de comercio y el CCT 130/75. Estableciendo lo siguiente:
1.- Las partes ratifican las cláusulas y condiciones del Acuerdo Colectivo suscripto el 22 de marzo de 2017.
2.- Atento lo allí establecido la comisión negociadora suscribe el presente “Acuerdo Complementario” estableciendo en su cláusula Primera lo siguiente:
“Conforme al artículo Tercero del acuerdo del 22 de marzo del 2017 antes mencionado, las partes pactan incrementar en un 6% las escalas vigentes de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 tomando como base de cálculo del referido incremento los valores expresados para el mes de abril de 2017.
El referido aumento será de aplicación a todas las empresas y/o establecimientos y a todos los trabajadores comprendidos en el mismo que trabajen a jornada completa.
El mencionado incremento se abonará en forma remunerativa y no acumulativamente, de acuerdo con lo siguiente:
a) Un 2 % del total acordado, a partir del mes de Enero de 2018.
b) Un 2 % del total acordado, a partir del mes de Febrero de 2018.
c) Un 2 % del total acordado, a partir del mes de Marzo de 2018.
El incremento, en virtud del artículo 28º del CCT 130/75, se aplicará además sobre los adicionales previstos en los artículos 23, 30 y 36 del citado convenio y el adicional especial previsto en el art. 18 del Acuerdo Colectivo suscripto entre las mismas partes con fecha 22 de junio de 2011.”
3.- No podrán ser absorbidos ni compensados los aumentos de carácter general sectorial, sean estos de carácter remunerativo o de otra naturaleza, que eventualmente hubieren otorgado unilateralmente los empleadores. Solo podrán ser absorbidos o compensados hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores a partir del 1° de abril de 2017 y los que hubieren sido abonados a cuenta de los aumentos que determine el presente acuerdo.
4.- Para el caso de estar pendiente de homologación el presente Acuerdo y se produzcan vencimientos de los plazos pactados para el pago de los incrementos establecidos se abonarán las sumas devengadas con la mención “pago anticipo a cuenta del Acuerdo Colectivo Enero 2018”.
5.- Las partes asumen el compromiso de acompañar dentro del plazo de quince días a partir de la firma del acuerdo las escalas de los básicos convencionales que resulten conformes las pautas estipuladas en el acuerdo y solicitan la homologación del acuerdo al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Deducción en Ganancias de los aportes por inversiones de emprendedores

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La AFIP reglamentó la deducción en Ganancias
de los aportes por inversiones de emprendedores
Desde la Confederación Argenitina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4193-E publicada en el Boletín Oficial, reglamentó la deducción en Ganancias de los aportes de inversiones de emprendedores en el marco de la Ley N° 27.349 de Apoyo al Capital Emprendedor, que creó un régimen de fomento con el objeto de apoyar la actividad emprendedora en el país y su expansión internacional, así como la generación de capital emprendedor en la Argentina.
La normativa instaura un beneficio impositivo especial para los aportes de inversión en capital emprendedor, consistente en la posibilidad de deducirlos en la determinación del Impuesto a las Ganancias. A efectos de utilizar el beneficio de deducción en el impuesto a las ganancias de los aportes de inversión en capital emprendedor, los contribuyentes deberán tener aprobado dicho beneficio y emitido el correspondiente instrumento electrónico como constancia de la aprobación por parte de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa.
El citado beneficio se computará en el ejercicio fiscal en que se hubiera realizado el aporte de inversión y en caso de verificarse un excedente, el mismo podrá deducirse en los 5 ejercicios fiscales inmediatos siguientes.
En caso que el inversor solicite la devolución total o parcial del aporte con anterioridad al plazo mínimo de permanencia de 2 años, deberá incorporar en su declaración jurada del impuesto a las Ganancias el monto efectivamente deducido.
La diferencia de impuesto que surja por dicha devolución deberá ingresarse en la fecha que se fije como vencimiento para la presentación de la declaración jurada del período fiscal en que deba atribuirse la devolución.
Asimismo, deberán ingresarse los intereses resarcitorios, calculados desde la fecha de vencimiento fijada para la presentación de la declaración jurada del período fiscal en que se practicó la deducción hasta la fecha de vencimiento indicada en el párrafo anterior o la del efectivo ingreso.

Canje de billetes de $2 por monedas

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Canje de billetes de $2 por monedas
Tal como se anunció el pasado 1 de noviembre de 2017 en el marco del plan del Banco Central de la República Argentina (BCRA) para normalizar el efectivo circulante, añadimos información complementaria referida a que quienes tengan en su poder estos billetes podrán canjearlos por monedas en las sucursales bancarias o depositarlos en sus cuentas hasta el 30 de abril de 2018. A partir de mayo del año próximo, los billetes de 2 pesos carecerán de validez en forma definitiva.
Según los registros del BCRA, en la economía argentina todavía circulan 414 millones de unidades de este billete de color azul. Para canjearlo en el plazo propuesto, el BCRA dispone del stock de monedas de 2 pesos para abastecer a las entidades bancarias en la medida suficiente.
Asimismo, el BCRA continuará proveyendo de monedas de 2 pesos en forma directa a empresas y cámaras comerciales, mediante la entrega de tambores con 100.000 monedas (fraccionadas en 200 bolsas de 500 unidades), pagadas a través de transferencias bancarias. Los interesados en este servicio podrán dirigirse a operaciones.monedas@bcra.gob.ar para obtener mayor información.
Cabe destacar que la normativa responde a que al tratarse del billete de menor denominación, el papel de 2 pesos sufre un deterioro más veloz que el resto de los billetes. Esta dificultad se solucionará con el reemplazo por monedas, cuya vida útil es muy extensa.

martes, 16 de enero de 2018

Decreto de desburocratización y simplificación del Poder Ejecutivo Alcances para las Pymes

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Decreto de desburocratización y simplificación del Poder Ejecutivo
Alcances para las Pymes
El día 11 de enero del 2018, el Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 27/2018, que tienen como objetivo la desburocratización y simplificación de los trámites ante el Estado.
De las distintas temáticas que abarca el DNU ómnibus, detallamos a continuación aquellas de interés para la Pymes de la industria y el comercio:
Sociedades
Se elimina la obligación de que las sociedades comerciales presenten de manera encuadernada sus libros contables, posibilitando reemplazarlos por libros digitales. Con respecto al libro Diario, se establece que podrá ser llevado con asientos globales que no comprendan períodos mayores a un mes.
Los Registros Nacionales serán de consulta pública por medios informáticos.
Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Capital Emprendedor. Mipymes
Se modifica el objeto del fondo creado por la ley 27349, con el propósito de facilitar el acceso de las micro, pequeñas y medianas empresas, sumando a éstas como beneficiarias del fondo.
Tránsito y seguridad vial
Se habilitarán, en algunos corredores viales, el uso de la configuración de vehículos Bitrén (formación compuesta por un camión y dos remolques), que permiten transportar más carga, y reducir costos logísticos.
Marcas y patentes
Se simplifica el proceso para obtener marcas y patentes, estableciendo que las presentaciones serán digitales, así como también las oposiciones, simplificando el procedimiento de estas últimas.
Fondo de Garantía Argentino
Se reemplaza el Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME), creado por Ley 25.300, por el Fondo de Garantías Argentino (FoGar) con el fin de que éste pueda ampliar su mercado y otorgar garantías a todas las empresas de la economía argentina.
Promoción del trabajo
Se modifican los plazos de permanencia en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) en el cual se publican las sanciones por informalidad laboral y otros conflictos laborales. El decreto reduce la sanción de inscripción en el REPSAL a 30 días, y además, obliga al REPSAL a dar una respuesta más rápida permitiendo a las empresas sancionadas regularizar su situación con más velocidad.
Licitaciones en obras públicas
Se agiliza el llamado a licitaciones de obras públicas. Los mismos ya no tendrán que publicarse en los boletines oficiales de las provincias y/o municipios afectados. Solo deberán reflejarse en el Boletín Oficial de la República Argentina y cada organismo en su sitio web.
Derogación del Registro Industrial de la Nación
Se deroga la ley 19.971, mediante la cual se creó el Registro Industrial de la Nación, reduciéndose de esta forma trámites burocráticos.
Instrumentos de pago
Se dispone adecuar los marcos legales relativos al cheque, la letra de cambio, el pagaré y las tarjetas de crédito y/o compra, a fin de que admitan, además de la firma digital, otros medios electrónicos que aseguren indubitablemente la autoría e integridad de los documentos suscriptos por sus titulares y/o libradores.

miércoles, 10 de enero de 2018

Modificación del Calendario de Vencimientos 2018 de AFIP

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Modificación del Calendario de Vencimientos 2018 de AFIP

La AFIP dio marcha atrás con las fechas de vencimiento de las declaraciones juradas de IVA, de autónomos y empleadores


- IVA: se retorna a un esquema de vencimientos agrupado de a dos CUIT por día, venciendo la totalidad de los CUIT en un plazo de 5 días, a partir del día 18 de cada mes.

- Autónomos: las obligaciones para todos los CUIT continúan venciendo en un plazo de 3 días, pero el primer vencimiento comienza el día 5 de cada mes y no el 3 como estaba previsto originalmente.

- Empleadores: las obligaciones para todos los CUIT continúan venciendo en un plazo de 3 días, pero el primer vencimiento comienza el día 9 de cada mes y no el 7 como estaba previsto originalmente.
CABA 10 de enero de 2018.

martes, 9 de enero de 2018

El Centro Comercial Colegiales informa
Aportes No Reembolsables para la innovación tecnológica
El Departamento de Programas de Financiamiento y Competitividad Pyme de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que se encuentra abierta la Tercera Convocatoria (C3) del ANR 4800 para presentar proyectos de innovación tecnológica, coordinada por la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica a través del Fondo Tecnológico Argentino (FONTAR) del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de la Nación.

El objetivo de esta nueva convocatoria es adjudicar Aportes No Reembolsables (ANR) a  proyectos que tengan como meta mejorar las estructuras productivas y la capacidad de crecimiento de empresas de distintas ramas de actividad mediante “proyectos de desarrollo tecnológico” que conduzcan a generar innovaciones a nivel nacional de productos y/o procesos.

Los proyectos deben ser presentados por Pymes en el marco del Programa de Modernización Tecnológica V (PIT V). La fecha límite para la presentación online de los mismos será el 9 de abril de 2018 a las 12 horas, y para la presentación en papel el 11 de abril de 2018, también a las 12.