martes, 3 de diciembre de 2019

AFIP prorrogó la suspensión de medidas cautelares

MiPyMEs: AFIP prorrogó la suspensión de medidas cautelares

Comunicamos que, a partir de lo resuelto por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se extiende hasta el 31 de diciembre del corriente, inclusive, el plazo de suspensión de la traba de medidas cautelares para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas inscriptas en el Registro de Empresas MiPyMES, y para las que se encuentren caracterizadas en el Sistema Registral como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa - Tramo I y II”.

Finalizado este nuevo plazo y en caso de corresponder, la traba de medidas cautelares afectadas por la suspensión se efectuará en forma progresiva entre los meses de enero de 2020 y abril de 2020, ambos inclusive.

El plazo anterior de la suspensión tenía vigencia hasta el 30 de noviembre de este año.

Estas disposiciones entraron en vigencia desde el momento de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.

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