lunes, 30 de marzo de 2020

Como comunicarse con el Centro Comercial Colegiales


El BCRA suspendió el cobro de cargos y comisiones para operaciones en cajeros automáticos

El BCRA suspendió el cobro de cargos y comisiones
para operaciones en cajeros automáticos

El Banco Central de la República Argentina (BCRA), a través de la Comunicación A 6945, dispuso que los bancos no podrán cobrar cargos ni comisiones por ninguna operación realizada en cajeros automáticos hasta el próximo 30 de junio.

Es decir, las entidades financieras no cobrarán a sus clientes por depósitos, extracciones, consulta de saldos o cualquier otra operación, sin importar el tipo de cuenta de que se trate, la cantidad de operaciones hechas en el mes, el límite de extracción, ni distinguir entre clientes o no clientes.

A PARTIR DEL PRÓXIMO MIÉRCOLES CERTIFICADO ÚNICO PARA CIRCULACIÓN

A PARTIR DEL PRÓXIMO MIÉRCOLES CERTIFICADO ÚNICO PARA CIRCULACIÓN


jueves, 26 de marzo de 2020

Vencen las presentaciones de DDJJ de IVA y SICORE

Información importante: vencen las presentaciones
de DDJJ de IVA y SICORE

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que en el día de la fecha vencen las presentaciones de las declaraciones juradas de IVA y del Sistema de Control de Retenciones (SICORE).

Hasta el momento no hubo ninguna prórroga ni de vencimiento de declaraciones juradas ni de pagos mediante alguna Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Nuevo permiso para circular en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Nuevo permiso para circular en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Entrar en la pagina del Gobierno de la Ciudad y seguir los pasos que son muy sencillo https://permisos.seguridadciudad.gob.ar/Solicitud/

Transporte de alimentos:se aprobó un Permiso de Circulación válido para todo el territorio nacional

Transporte de alimentos:se aprobó un Permiso de Circulación válido para todo el territorio nacional

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que el Ministerio de Transporte, a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 74/2020, aprobó un Permiso de Circulación, válido en todo el territorio nacional, para los trabajadores de aquellas actividades y servicios esenciales previstos en el artículo 6, incisos 15 y 18, del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020, y el artículo 1, punto 2, de la Decisión Administrativa N° 429/2020.

Días atrás, y al tener que satisfacer la demanda y el normal abastecimiento de alimentos imprescindibles para la población, entidades del sector agroalimentario adheridas a CAME habían manifestado que cada jurisdicción solicitaba a sus transportistas un instrumento diferente para acreditar la excepción al “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y a la prohibición de circular, por lo que el sector de Economías Regionales de CAME elevó la inquietud ante las autoridades correspondientes, solicitando se aprobara una única Declaración Jurada válida para todo el territorio nacional.

Desde la Confederación ratificamos el compromiso con todos los trabajadores de la cadena de valor agroalimentaria, a los fines de garantizar el abastecimiento de bienes indispensables, como los son los alimentos, durante la emergencia sanitaria.
Para acceder a la Declaración Jurada, haga clic aquí

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 25 de marzo de 2020

miércoles, 25 de marzo de 2020

El BCRA dispuso reactivar el clearing bancario

El BCRA dispuso reactivar el clearing bancario



25 de mayo de 2020
25 de Mayo e 2020
Tras el feriado extralargo y las medidas de cuarentena obligatoria por el coronavirus, el Banco Central de la República Argentina (BCRA), a través de la Comunicación A 6944, decidió que desde este jueves el sistema financiero retome las actividades de clearing bancario, principalmente el procesamiento de cheques. Esto se suma a otras prestaciones de servicios bancarios, como la carga de cajeros automáticos y el otorgamiento de créditos. 
La normativa indica que las entidades financieras deberán continuar prestando los servicios que usualmente prestan en forma remota, como ser constitución de plazos fijos, otorgamiento de financiaciones y los servicios relacionados con el sistema de pago.
También están contempladas por esta medida las acreditaciones de depósitos en efectivo por cajeros automáticos, terminales de autoservicio, empresas transportadoras de caudales, buzones de depósito y por los medios pactados cuando se trate de depósitos en efectivo por montos mayores efectuados por clientes.
Asimismo, el BCRA señaló que las sesiones de compensación electrónica de cheques se reanudarán el 26 de marzo; y añadió que este lapso de días no computará para el vencimiento del plazo de 30 días para la presentación de los cheques.
Las entidades financieras deberán adoptar estrictas medidas de seguridad e higiene en protección de la salud del personal afectado a las tareas con presencia en los lugares de trabajo, incluyendo la provisión de materiales recomendados por el Ministerio de Salud.
La suspensión en la acreditación de cheques hasta el 1 de abril había sido dispuesta por el Central el viernes pasado, pero la necesidad de liquidez de las empresas para pagar sueldos y otros gastos obligó a reevaluar la medida.
25 de Mayo de 2020

Suspenden la inhabilitación de cuentas bancarias por cheques sin fondos

Suspenden la inhabilitación de cuentas bancarias por cheques sin fondos

En el marco de la batería de medidas implementadas por el gobierno nacional para morigerar los efectos económicos del coronavirus, el Gobierno Nacional, a través del Decreto 312/2020 publicado en el Boletín Oficial, suspendió hasta el 30 de abril de este año, inclusive, la obligación de proceder al cierre de cuentas bancarias por cheques sin fondos.
Asimismo, se determinó la suspensión de la obligación establecida en el Artículo 12 de la Ley N° 14.499, respecto de que las instituciones crediticias requieran a los empleadores, en forma previa al otorgamiento de crédito, una constancia o declaración jurada de que no adeudan suma alguna en concepto de aportes o contribuciones, o que, habiéndose acogido a moratoria, se encuentran al día en el cumplimiento de la misma.
El texto del Decreto sostiene que la situación económica actual "hace prever que el rechazo de cheques por falta de fondos, habrá de incrementarse por efecto de esa situación y no necesariamente por un inadecuado uso del instrumento por parte de los libradores".
A su vez, resalta que “en tales circunstancias, la aplicación de las multas previstas para el caso de rechazo de cheques no solo no cumpliría su finalidad, sino que agravaría la situación de sujetos ya afectados por la coyuntura económica descripta, y el cierre de la cuenta e inhabilitación privaría a los agentes económicos afectados por estas de un elemento esencial para poder desarrollar sus actividades, perjudicando la posibilidad de realizar y recibir pagos, con el consecuente daño al conjunto de la economía".

viernes, 20 de marzo de 2020

PERMISO DE TRANSITO PARA CABA


El comercio minorista / comercio de cercanía / comercio barrial puede abrir. Ver listado de actividades habilitadas

Declaración que debe presentarse

Declaro bajo juramento que los datos consignados en este formulario son veraces, reales y completos sin omitir ni falsear dato alguno que deba contener, siendo fiel expresión de la verdad.
Firma
Aclaración
DNI 


Motivos para solicitar el permiso / Actividades habilitadas para funcionar
Personal sector publico
Industria de la alimentación
Servicios funerarios
Supermercados minoristas y mayoristas
Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, limpieza o insumos de necesidad
Servicios lavandería
Farmacias
Servicios de Salud
Restaurantes y bares: solo con delivery
Ferreterías 
Veterinarias

Personal de comunicaciones
Personal servicios de justicia de turno
Personal diplomático
Asistentes a personas discapacitadas, adultos mayores, niños y adolescentes
Personal de comedores escolares
Personal comercio exterior
Recolección de basura
Mantenimiento de obra publica y servicios tipo gas, agua , electricidad
Transporte publico
Servicios postales, paquetería
Servicios de vigilancia, limpieza y guardia
Casa de la moneda
Estaciones de servicio
Cajeros automáticos

miércoles, 18 de marzo de 2020

CORONAVIRUS - PREVENCIÓN COMERCIOS MINORISTAS


El Centro Comercial Colegiales sugiere estas medidas generales para todo comercio minorista,  lógicamente los comercios gastronómicos deberán tomar medidas especificas acorde a su actividad.

No se preocupe, SEA PRO ACTIVO, OCÚPESE


jueves, 12 de marzo de 2020

Comercio y Coronavirus - Prevención


COMERCIO  - CORONAVIRUS - PREVENCIÓN

Los diferentes rubros de comercios y empresas requieren 
medidas diferentes. Ejemplo: No es lo mismo un 
restaurante que una peluquería.

En general se recomienda:

Lavar mostradores, mesas u otras superficies de apoyo
con frecuencia con agua y unas gotas de lavandina.

Limpiar cajas registradoras, posnet, mouse, celulares,
computadoras, tablets varias veces al día.

Desinfectar los utensilios y herramientas.

La inseguridad nos preocupa a todos, pero es necesario
ventilar varias veces al día, especialmente en los casos
de pequeños comercios, con mucha afluencia de gente.

En lo posible, trate de mantener 1m de distancia entre
personas.

Al manipular dinero, lavese las manos o alcohol en gel

No se toque la cara, utilice pañuelos descartables

Al estornudar cubrase la boca

Sea conciente, proteja a sus clientes y a su familia



lunes, 9 de marzo de 2020

Baja de las retenciones para las Economías Regionales

CAME celebra la baja de las retenciones para las Economías Regionales

Ante la promulgación de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva (Ley 27.541), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) reclamó por la reglamentación del artículo 52, que contempla dentro del universo de las economías regionales a todas aquellas actividades del sector agroindustrial que tuvieran alta incidencia en la economía de la región y requirieran la contratación de mano de obra intensiva, para que sus retenciones no excedieran el 5%.
Es por ello que las entidades que conforman el sector primario de CAME enviaron más de 130 notas dirigidas al ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Luis Basterra, pidiendo su implementación.
Finalmente, este miércoles, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 230/20, se modificaron las alícuotas de los derechos de exportación. “Dentro de las 606 posiciones arancelarias detalladas en el anexo de la norma, hay una cantidad de productos agroindustriales que fueron considerados como economías regionales y cuya alícuota se estableció en un 5%. Nuestro reclamo no sólo fue escuchado, sino también parcialmente atendido”, aseguró Pablo Vernengo, director ejecutivo del área de Economías Regionales de CAME.
Aunque desde CAME reafirman que las retenciones son un impuesto distorsivo que impacta negativamente en el precio pagado al productor pyme resintiendo la rentabilidad y competitividad de la agroindustria nacional.