HORARIOS DE ATENCION AL PUBLICO ACLARACION:
A partir de la publicación del Decreto 338/2020 en el Boletín Oficial el 24 de septiembre de 2020, la actividad de los comercios no esenciales ya no queda limitada al horario de 11 a 21, se suspende, además, la restricción de atención al público por terminación de DNI y también poder abrir los días sábados, en su horario normal de atención. Ello, siempre que se cumpla estrictamente con los protocolos y las medidas preventivas obligatorias establecidas ante el contexto de la pandemia COVID-19 .