sábado, 14 de noviembre de 2020

MORATORIA AMPLIADA 2020 Nvas fechas de acogimiento

 

MORATORIA AMPLIADA 2020
SE ADECÚA LA REGLAMENTACIÓN CON LAS NUEVAS FECHAS DE ACOGIMIENTO
 La AFIP, a través de la Resolución General 4850/2020, adecúa la reglamentación de la moratoria ampliada 2020 con motivo de la prórroga dispuesta hasta el 30/11/2020 para realizar la adhesión a la misma.
 
Se adecúa al 16/1/2021 la fecha de vencimiento de la primera cuota del plan, únicamente para el caso de planes “Condicionales” que luego se reformulen por no haber obtenido el certificado MiPyME correspondiente para gozar de mejores beneficios.
 
Los contribuyentes y responsables que detecten errores podrán solicitar, hasta el 26/11/2020, la anulación del acogimiento mediante el servicio “Presentaciones Digitales”.
 
En el caso del beneficio de la liberación de multa y demás sanciones, el mismo procederá cuando se cumpla con el respectivo deber formal con anterioridad al 31/10/2020 y las mismas no se encuentren firmes ni abonadas.

ATP OCTUBRE 2020

 

PROGRAMA ATP: BENEFICIOS PARA EL PERÍODO OCTUBRE 2020
DESDE HOY LAS EMPRESAS PUEDEN SOLICITAR LOS CRÉDITOS A TASA SUBSIDIADA
A partir de hoy 9 de noviembre, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilita el sistema para que las empresas tramiten los Créditos a Tasa Subsidiada destinados al pago de los salarios de octubre. Los empleadores registrados en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán realizar el trámite entre el 9 y 19 de noviembre.
 
El acceso al servicio “web” para inscribirse estará disponible en las siguientes fechas:
 
a) Empresas en cuya nómina no cuenten con trabajadores con pluriempleo: desde el 9 y hasta el 19 de noviembre de 2020, ambas fechas inclusive.
 
b) Empresas que registren en su nómina trabajadores con pluriempleo: desde el 14 y hasta el 19 de noviembre de 2020, ambas fechas inclusive.
  • Prorroga y reducción de contribuciones al SIPA: se implementan estos beneficios y se fija para enero 2021 las nuevas fechas en que vence el pago para los empleadores alcanzados por este beneficio.  
  • Prórroga del F. 931 Octubre/2020: Además, se prorrogará el vencimiento general de presentación y pago, de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondiente al período devengado octubre de 2020, conforme el siguiente cronograma:
 
TERMINACIÓN CUITFECHA
0, 1, 2 y 312/11/2020
4, 5 y 613/11/2020
7, 8 y 916/11/2020

jueves, 5 de noviembre de 2020

Como me comunico con el Centro Comercial Colegiales


Ezequiel Libert                                                                                     Marcia Hashiba
Vicepresidente                                                                                        Presidente
                                                       Gisela Hausner
                                                           Tesorera

AFIP determinó que los aportes y contribuciones de seguridad social se realicen desde el SICOSS

 

AFIP determinó que los aportes y contribuciones de seguridad social se realicen desde el SICOSS

 
04 de Noviembre 2020 | 13:21
 
 

Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció, mediante la Resolución General 4849/2020, la determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social deberá efectuarse mediante la utilización del programa aplicativo denominado "Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social" (SICOSS versión 7 release 42).

Cabe destacar que, para los trabajadores declarados con el código de situación de revista citado en artículo 2° código 50, se calcularán sobre la remuneración imponible los aportes personales y las contribuciones patronales correspondientes a la Obra Social y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP)

Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia hoy y resultarán de aplicación para la generación de las declaraciones juradas (F.931) correspondientes al período devengado octubre de 2020 y siguientes.

El uso del SICOSS comprende las presentaciones de declaraciones juradas -originales o rectificativas- correspondientes a períodos anteriores, que se efectúen a partir de la referida fecha de vigencia.

Para acceder a la Resolución General 4849/2020

miércoles, 4 de noviembre de 2020

Se extiende el plazo para el régimen de incentivos a la preventa de paquetes turísticos

 

Confederación Argentina de la Mediana Empresa
 
 
 
 TURISMO 
 

Se extiende el plazo para el régimen de incentivos a la preventa de paquetes turísticos

 
02 de Noviembre 2020 | 15:08
 
 

Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, a través de la Disposición 1/2020, oficializó la extensión

 del plazo para el régimen de incentivos a la preventa de paquetes turísticos. De esta forma, el primer plazo abarcará hasta el 15 de noviembre de 2020, y el segundo se extenderá desde el 16 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2020.

La medida, además, decreta las incorporaciones como prestadoras turísticas alcanzadas al listado contenido en el artículo 4° del Régimen de Incentivos a la Preventa de Servicios Turísticos Nacionales a las personas humanas y jurídicas que realicen alguna de las actividades detalladas en el Anexo que forma parte de la Disposición.

La fecha límite para la acreditación de los comprobantes de compras anticipadas es el 30 de noviembre de 2020.

Cabe destacar que la medida surge a partir de la Resolución 456/2020 que dictaminó el Reglamento del Régimen de Incentivos a la Preventa de Servicios Turísticos Nacionales.

lunes, 2 de noviembre de 2020

HORARIOS DE ATENCION AL PUBLICO ACLARACION

 HORARIOS DE ATENCION AL PUBLICO ACLARACION: 

A partir de la publicación del Decreto 338/2020 en el Boletín Oficial el 24 de septiembre de 2020, la actividad de los comercios no esenciales ya no queda limitada al horario de 11 a 21, se suspende, además, la restricción de atención al público por terminación de DNI y también poder abrir los días sábados, en su horario normal de atención. Ello, siempre que se cumpla estrictamente con los protocolos y las medidas preventivas obligatorias establecidas ante el contexto de la pandemia COVID-19 .

AFIP prorrogó la vigencia de distintos beneficios para MiPymes y monotributistas

 

AFIP prorrogó la vigencia de distintos beneficios para MiPymes y monotributistas

 
30 de Octubre 2020 | 11:45
 
 

Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó la vigencia de distintos beneficios destinados a facilitar trámites y aliviar el impacto económico de la pandemia sobre monotributistas y micro, pequeñas y medianas empresas.

Nueva etapa del ATP 

A través de la Resolución General 4844/2020, AFIP confirmó la habilitación de las inscripciones a la próxima etapa del ATP correspondientes a los salarios de octubre. Comenzará el 29 de octubre y finalizará el 4 de noviembre. El registro será a través del sitio web del organismo. 

Monotributistas 

Mediante la Resolución General 4845/2020, se determinó que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante octubre de 2020.

La medida también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a septiembre.

Cabe destacar que la norma actual establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas. La AFIP resolvió que octubre no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.

Planes de pago permanentes

La Resolución General 4846/2020 extendió hasta fin de noviembre la vigencia de los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la "adhesión temprana" a planes permanentes.

Embargos y ejecuciones fiscales

AFIP también decidió prorrogar la suspensión de los embargos hasta el 30 de noviembre para aquellos contribuyentes inscriptos en el Registro MiPyme. La Resolución General 4847/2020 también mantiene suspendida la iniciación de ejecuciones fiscales.

Presentaciones digitales

Con el objetivo de facilitar la realización de distintos trámites en el marco de la pandemia del Covid-19, se mantendrá la obligatoriedad del uso del servicio Presentaciones Digitales hasta el 30 de noviembre. Existen más de 80 gestiones habilitadas a través de dicho canal.

La obtención de la CUIT para personas jurídicas es uno de los últimos trámites incorporados. Para utilizar el servicio es necesario contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.

La Resolución General 4848/2020 también prevé que los contribuyentes seguirán exceptuados de registrar sus datos biométricos hasta el 30 de noviembre.