domingo, 13 de diciembre de 2020

Certificado de Cumplimiento Censal

 

Confederación Argentina de la Mediana Empresa
 
 
 
 INSTITUCIONAL 
 

El BCRA exigirá el certificado de cumplimiento censal para quienes estén obligados a participar del Censo Económico Nacional

 
11 de Diciembre 2020 | 11:51
 
 

Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Banco Central de la República Argentina (BCRA), mediante la Comunicación B 12100, estableció que las entidades bancarias deberán solicitar el “Certificado de Cumplimiento Censal” que acredite el cumplimiento de la declaración censal prevista por el Censo Nacional Económico como requisito previo para dar curso a las siguientes operaciones:

  • Apertura de cuentas de depósitos y de cualquier otra que implique captación de fondos.
  • Otorgamiento de créditos y renovaciones.
  • Apertura de créditos documentarios.
  • Apertura de cuentas para valores en custodia.
  • Otorgamiento de fianzas y préstamos de valores.
  • Alquiler de cajas de seguridad.

Recordamos que la Resolución 180/2020 del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) dispuso el inicio del censo nacional económico el día 30 de noviembre de 2020, el que se ejecutará por 6 meses y que comprende todas las actividades económicas productivas de bienes y servicios y toda otra actividad económica que por su envergadura se considere de relevancia estadística. El mismo comprende a personas jurídicas (empresas y entidades sin fines de lucro), personas humanas autónomas y monotributistas.

La Comunicación B 12100 del BCRA al respecto establece que las entidades bancarias deberán exigir el “Certificado de Cumplimiento Censal” en las siguientes fechas:

  • Personas jurídicas: a partir del 1° de abril de 2021.
  • Autónomos: a partir del 1° de mayo de 2021.
  • Monotributistas: a partir del 1° de julio de 2021.

En todos los casos, el mismo será exigible hasta el 28 de febrero de 2022.

La falta de dicha documentación impedirá la prosecución del trámite que quieran realizar, ya que la actividad censal es una carga pública.

Como respaldo al “Certificado de Cumplimiento Censal”, el INDEC brindará un “web service” que permitirá consultar el listado de todas aquellas personas jurídicas y humanas que hayan completado el CNE.

viernes, 11 de diciembre de 2020

UTILIZACIÓN DE PROBADORES EN COMERCIOS DE INDUMENTARIA Y CALZADO

 


UTILIZACIÓN DE PROBADORES EN COMERCIOS DE INDUMENTARIA Y CALZADO

Fue aprobado el protocolo para el uso de probadores para locales comerciales de indumentaria y calzadoa través de la Resolución 372/2020 del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción del Gobierno porteño.

martes, 17 de noviembre de 2020

CRÉDITOS A TASA SUBSIDIADA

 

CRÉDITOS A TASA SUBSIDIADA
Hasta el 19 de noviembre, aquellos empleadores que se encuentren inscriptos en el Programa ATP podrán inscribirse al mismo iniciando el proceso. La AFIP habilitó el sistema para que las empresas tramiten los Créditos a Tasa Subsidiada correspondientes a los salarios de octubre.
 
El proceso se inicia a través de la 
web de AFIP  y los créditos se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada. Los empleadores beneficiados podrán realizar el trámite entre el 9 y 19 de noviembre, inclusive.
 
Por otra parte, las empresas que registren en su nómina trabajadoras y trabajadores con pluriempleo, tienen habilitada la opción para tramitar su crédito a tasa subsidiada desde pasado el 14 de octubre hasta el 19 noviembre, inclusive.
 
Las empresas que accedan a los créditos a tasa subsidiada contarán con un período de gracia de 3 meses, de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. La tasa de interés se fija en el 15% para todos los casos.
 
Aquellos empleadores que cumplan con las metas de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación y cancelen el crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio a través del FONDEP.
 
Para iniciar el trámite de Crédito a Tasa Subsidiada los empleadores deberán ingresar con su clave fiscal al servicio 
“Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” mediante la web de AFIP.

RÚBRICA DE LIBROS LABORALES GCBA: ATENCIÓN PRESENCIAL EN EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS

 

RÚBRICA DE LIBROS LABORALES GCBA: ATENCIÓN PRESENCIAL 
EN EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS
A partir de lo comunicado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, desde FECOBA recordamos que la oficina de Rúbrica de Libros Laborales del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que se encuentra en la sede central del Consejo atenderá de manera presencial a partir del lunes 16 de noviembre, con un estricto protocolo de higiene y salud.
 
La oficina brindará atención a los matriculados, de lunes a viernes en el horario de 9.30 a 13.00 y de 14.00 a 17.00 horas, y aquellos profesionales que deban realizar un trámite tendrán que solicitar previamente un turno a la casilla de correo 
rubricas@consejocaba.org.ar  
 
Aquellos trámites que requieran ser abonados, se podrán realizar únicamente a través de medios electrónicos ya que los mismos no se podrán abonar en efectivo.

PRESENTACIÓN DE ESTADOS CONTABLES NUEVO APLICATIVO DE LA IGJ

 

PRESENTACIÓN DE ESTADOS CONTABLES 
NUEVO APLICATIVO DE LA IGJ
FECOBA informa que la Inspección General de Justicia (IGJ) puso a disposición la última versión del aplicativo SITIGJ para la presentación de estados contables ante el organismo.

De acuerdo a la  
Resolución General 11/2005, las sociedades por acciones pymes no comprendidas en el artículo 299 de la Ley General de Sociedades deben presentar sus estados contables a través de un pen drive o un CD generado por el programa aplicativo que proveerá el mismo organismo. Es un trámite presencial para el cual se debe pedir un turno mediante la web de la IGJ (recordamos que en la actualidad, dado el actual contexto, los turnos se encuentran con mucha demora).
 
Luego, la presentación se realiza acompañando el formulario de presentación de balances y la declaración jurada que emite el mismo aplicativo.

sábado, 14 de noviembre de 2020

BONO PARA TRABAJADORES DE SUPERMERCADOS MINORISTAS Y AUTOSERVICIOS MAYORISTAS

 

BONO PARA TRABAJADORES DE SUPERMERCADOS MINORISTAS Y AUTOSERVICIOS MAYORISTAS
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) acordó con la Asociación de Supermercados Unidos (ASU) el pago de un bono de fin de año de $13.000 para los trabajadores de supermercados minoristas y de $12.000 para trabajadores de autoservicios mayoristas.
 
Según el acuerdo rubricado, los empleados de supermercados minoristas recibirán un bono adicional de $13.000 y los trabajadores de autoservicios mayoristas de todo el país recibirán una gratificación extra de $12.000.
 
Se aclara expresamente que dicho bono se trata del “bono de fin de año” que se ha pagado en años anteriores el cual será entregado entre el 15 y el 20 de diciembre de 2020.
 
Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo régimen de jornada reducida, legal o convencional (part-time) será proporcional a la jornada laboral cumplida.
 
Aquellos trabajadores que hubieren ingresado con fecha posterior al 30 de septiembre recibirán el bono de manera proporcional a los meses laborados hasta el 31 de diciembre 2020.