jueves, 9 de septiembre de 2021

ARBA derogó el Régimen de Información de corralones y constructoras

 

ARBA derogó el Régimen de Información de corralones y constructoras
En el día de la fecha, fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución Normativa 30/2021 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), que deroga el Régimen de Información de corralones, constructoras, mercados, depósitos de productos frutihortícolas y empresas de servicios de transporte aéreo internacional de personas.
Recordamos que muchas Pymes habían recibido una notificación del organismo mediante la cual se las intimaba a cumplir con este régimen, solicitando que en un plazo de 10 días informaran a quienes habían vendido desde 2019 a la fecha. 
Ante esta intimación, los consejos profesionales instaron a ARBA a aclarar la situación, expresando su disconformidad por considerar que el mismo era innecesario.
Asi, a partir de hoy, 6 de septiembre de 2021, queda derogado el Régimen de Información para mercados mayoristas, mercados minoristas o depósitos en los que se realicen operaciones de compra y/o venta de productos frutihortícolas (Disposición Normativa “B” 21/2005), el Régimen de Información de Corralones y Constructoras (Disposición Normativa “B” 16/2006) y el Régimen de Información para Empresas de Servicios de Transporte Aéreo Internacional de Personas (Disposición Normativa “B” 29/2006)  dado que, con la factura electrónica, todos estos regímenes duplicaban la información a presentar.  

Certificado de Transferencia de Automotores (CETA).

 

Cómo solicitar el CETA con clave fiscal
La AFIP estableció que las personas humanas, jurídicas y sucesiones indivisas que vendan un automóvil usado por un valor superior a $800.000, deberán tramitar de manera obligatoria y gratuita el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA).
Para hacerlo, se debe acceder con clave fiscal a la web www.afip.gob.ar, ingresar al servicio “Transferencia de Bienes Muebles Registrables” y elegir la opción CETA. Luego, deberán ingresar a la opción “Emisión de Certificado” y consignar la siguiente información:
- Tipo de automotor y dominio (patente) 
- Valor de la transferencia
- Datos del transferente (vendedor)
- Datos personales del adquirente (comprado) 
- Una vez completados los datos requeridos, se desplegará en pantalla el código asignado para el “Certificado de Transferencia de Automotores”. Este código deberá ser consignado en el rubro “Observaciones” de la solicitud que corresponda ser presentada en la Seccional del Registro de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios. El CETA se puede modificar o anular en caso de error. Para más información acceder a la Guía Paso a Paso "CETA con clave fiscal" 

AFIP permitirá seguir en el Monotributo a contribuyentes excluidos

 

AFIP permitirá seguir en el Monotributo a contribuyentes excluidos
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el mecanismo que permite la permanencia en el Monotributo para los contribuyentes que fueron excluidos del régimen simplificado por distintos motivos. El beneficio previsto en la Ley de Alivio Fiscal estará disponible hasta el 30 de septiembre próximo en la web de la AFIP para quienes cumplan con los requisitos previstos en la normativa. Se establece que podrán permanecer en el monotributo quienes hayan estado inscriptos al 30 de junio en el régimen simplificado y, que en algún período anterior, hubieran excedido los valores máximos de facturación. También incluye a contribuyentes que entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2021 fueron excluidos del monotributo y registrados de oficio en el régimen general.
Asimismo, la ley dispone que puedan optar por regresar al monotributo quienes superaron los límites de su categoría y pasaron a autónomos o comunicaron su renuncia entre el 17/10/19 y el 30/06/21.
Para permanecer en el régimen simplificado se deberá ingresar una cuota especial que variará según la categoría en la que el contribuyente se encuentra registrado, además de cumplir con un conjunto de condiciones.
Quienes se encuentren en las categorías E, F y G, deberán pagar 1 cuota mensual de su categoría y si están en las categorías H, I, J y K, tendrán que abonar el equivalente a 2 cuotas. Los inscriptos en las categorías A, B, C y D que se encuentren en situación irregular, conservarán su condición de monotributistas sin pagar una cuota especial.
Condiciones a cumplir:
- No superar el límite de ingresos brutos permitidos en 1,5 veces la categoría máxima prevista por la nueva ley.
- No poseer bienes por más de $6,5 millones en 2020. A tal efecto no será considerada la casa habitación. 
AFIP también implementó el beneficio del cómputo de créditos fiscales en IVA y deducciones en Impuesto a las Ganancias para aquellos monotributistas que permanezcan como autónomos con el objetivo de aliviar la transición al régimen general.

Capacitación: De Emprendedores a Pymes

Programa Avanzar: Capacitación: De Emprendedores  a Pymes  

Inicia  

13/09 - 10 hs  

Durante 3 lunes capacitate y potenciá tu emprendimiento o empresa.  

Tema  

Sumá herramientas y mejorá tu modelo de negocio para escalar al mundo pyme.  

   

El objetivo de este espacio de formación es fortalecer ciertas capacidades humanas y conocimientos teórico-prácticos, a partir del aprendizaje de contenidos y herramientas vinculadas al universo del emprendedurismo, las cuales resultan fundamentales para transitar el camino del autónomo.  

Dicho espacio, se encuentra pensado, diseñado y destinado a emprendedores con emprendimientos en marcha de al menos 2 (dos) años de antigüedad y que se encuentren próximos a constituirse como pequeñas PyMEs.  

Inscripción/información  

www.buenosaires.gob.ar/desarrolloeconomico/ba-pyme/avanzar-de-emprendedor-a-pyme  

jueves, 2 de septiembre de 2021

Líneas de crédito disponibles para MiPymes agropecuarias

 

Confederación Argentina de la Mediana Empresa
 
 
 
 FINANCIAMIENTO 
 

Líneas de crédito disponibles para MiPymes agropecuarias

 
01 de Septiembre 2021 | 11:09
 
 

Desde el Departamento de Financiamiento y Competitividad Pyme de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos sobre las líneas vigentes para el sector agropecuario puestas en conocimiento por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGYP), y que se ofrecen a través del Banco de la Nación Argentina (BNA).

A continuación, se detallan las distintas líneas:

  • Sector de la Agricultura Familiar a través del Banco Nación conjuntamente con el MAGYP presentó un crédito para Capital de trabajo y gastos de evolución por un monto máximo de hasta $100.000, a una tasa fija del 28% TNA, bonificada en 7 puntos por el FONDAGRO. En el caso de MiPymes con puestos de conducción ejercidos por mujeres, se bonifican 2 puntos adicionales.
  • Sector agrícola y productores de alimentos frescos (cultivos de vegetales, hortalizas, legumbres, frutas y producción de huevos) que se encuentren inscriptas en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA), pueden acceder a la línea de financiamiento para Inversiones y/o Capital de Trabajo que ofrece el Banco de la Nación Argentina, por un monto de hasta 3 meses de ventas del solicitante, con un máximo de $3 millones y a una tasa fija del 21% (con una bonificación a cargo del FONDEP de 3 puntos de tasa anual para inversión y de 7 puntos de tasa anual para capital de trabajo).
  • Adquisición de maquinarias nacionales, equipos, bienes de capital, vehículos automotores y acoplados fabricados en el país, el Banco Nación ofrece un crédito cuyo monto surge de una evaluación individual de cada caso, con un apoyo del 100% del bien adquirido incluido el IVA, a una tasa anual del 17,75%. Esta línea permite financiar la adquisición de equipos de riego nacionales y/o importados tan necesarios para atender las restricciones hídricas de los cultivos en las provincias cordilleranas.
  • Los productores ganaderos de feedlot, inscriptos en el Registro Especial Bovinos Engorde a Corral con Confinamiento, pueden acceder a un crédito del Banco Nación destinado exclusivamente a la compra de maíz, por un monto máximo de hasta $10 millones, a una tasa fija del 30% TNA , bonificada en 5 puntos por FONDAGRO, quedando una tasa al productor/a del 25%.

    Por último, cabe mencionar que el Banco Central de la República Argentina (BCRA), para el sector productor de carne de cerdo y pollo, a través de la Comunicación A 7240 "línea de financiación de proyectos de inversión", establece que todos los banco, públicos y privados, podrán financiar con una tasa máxima de 30% proyectos de inversión, a todas las empresas, sin importar su dimensión (incluye a grandes empresas), que realicen inversiones destinadas a incrementar la capacidad productiva en esa actividad. Es importante destacar que este financiamiento no está alcanzado por la existencia de acopio de trigo y/o soja.
  • Hasta el 12 de septiembre está vigente el Programa de Sustentabilidad y Competitividad Forestal BID 2863/OC-AR de la cartera agropecuaria nacional, los productores foresto-industriales pueden financiar actualmente la compra de bienes de capital, por un monto hasta 15 millones de pesos por medio de un crédito que ofrece un plazo de hasta 48 meses, a una tasa del 24% TNA. La solicitud de estos créditos para equipamiento forestoindustrial se realiza directamente a través de la página del Ministerio.

DÍA DE LA INDUSTRIA NACIONAL 2 DE SEPTIEMBRE

           DÍA DE LA INDUSTRIA NACIONAL 2 DE SEPTIEMBRE