DELITOS Y CONTRAVENCIONES QUE SE PUEDEN DENUNCIAR EN LA JUSTICIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Que
delitos puede denunciar en la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires?
Tenencia o portación de arma de fuego de uso civil o
suministro
Lesiones u homicidio en riña.
Abandono de personas.
Omisión de auxilio.
Exhibiciones obscenas
Amenazas Simples
Violación de domicilio
Usurpación
Daños
Ejercicio ilegal de la medicina
Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar
Malos tratos y actos de crueldad a los animales
Actos u omisiones discriminatorias
Competencia velocidad automóviles
Daños informaticos. Violación de seguridad informática.
Barrio:
Colegiales - Donde y como denunciar?
En las unidades el vecino hace valer
sus derechos y puede realizar las denuncias vinculadas a delitos y
contravenciones. Las denuncias se envían directamente al fiscal de turno de
manera inmediata vía correo electrónico y éste las recibe en su teléfono celular.
En caso de ser oportuno, se intentará llevar adelante una instancia de
mediación con la intervención de profesionales del Consejo de la Magistratura.
Se cuenta allí
con la colaboración de un equipo interdisciplinario de la Oficina de Asistencia a la
Víctima y al Testigo,
que lleva adelante un trabajo de contención, acompañamiento y asesoramiento de
víctimas, testigos o personas en condiciones de vulnerabilidad.
Contravenciones
o delitos de competencia de la justicia de la C. A.B.A.
Que delitos denunciar y donde:
·
Personalmente ente os fiscales en días hábiles
de 9:00 a 15:00 hs.
·
Personalmente o por escrito en las unidades
de Orientación y Denuncias.
CGÇP 13: Colegiales
-Belgrano –Nuñez: Av. Cabildo 3067( y Quesada) Piso 3
Tel 5297 8102 – Int. 8224.
Por
escrito en mesa Receptoría de Denuncias y Querellas en el Colegio Público de Abogados
de la C.A.B.A.: Corrientes 1441- Entrepiso de 8:30 a 16:00 hs.
Telefónicamente
las 24 hs m todos los días al 0800-33-47225
También puede denunciar en las comisarias, las contravenciones y los
delitos transferidos en los siguientes casos:
a.
En caso de flagrancia, o sea cuando el autor
del delito es sorprendido en el momento de cometerlo, o inmediatamente después,
o mientras está perseguido por la fuerza pública, por la victima o clamor
publico, así como cuando se encuentre la persona con objetos o rastros que permiten
presumir que acaba de participar de un delito.
b.
Cuando su intervención sea necesaria para
evita las consecuencias del delito, perdida de prueba o fuga de sus participes.
c.
Cuando las víctimas o denunciantes se hagan
presentes en la Comisaria en días inhábiles (Sab/Dom/ Feriados) o en días hábiles
pero en horario no judicial o de de 15:00 a 9:00 hs.
DELITOS
DE COMPETENCIA DE LA JUSTICIA NACIONAL O FEDERAL DE LA CABA
Comisarias
Delitos ordinarios: Cámara Nacional de Apelaciones en lo
Criminal y Correccional,
Viamonte
1147.
Delitos Federales: Cámara Nacional de Apelaciones en lo
Criminal y Correccional
Comodoro
Py 2002, Piso2º.
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