Impuesto a las Ganancias de los
sueldos: se incrementa el mínimo no imponible y las deducciones especiales
para el año 2019
La Administración Federal de
Ingresos Públicos (AFIP) estableció el incremento de un 20% en el mínimo no
imponible y la deducción especial del Impuesto a las Ganancias para los
trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y actores,
lo que generará en los próximos pagos menos retenciones, o incluso, la
devolución de las mismas.
Los nuevos importes anuales incrementados, son los siguientes:
Ganancia no imponible [art. 23, inc. a)] $ 103.018,79 / Deducción especial [art. 23, inc. c)] $ 494.490,17
También se aumentan proporcionalmente, las deducciones por servicio
doméstico y alquiler.
Atención:
Las deducciones de cargas de
familia (cónyuge e hijos) no han sido incrementadas.
La presente medida es de
aplicación inmediata para los sueldos del corriente mes de agosto pero
no obstante, requiere la ratificación de la Honorable Cámara de Diputados
de la Nación.
En relación a las diferencias que surjan en la liquidación de haberes ante
la aplicación de los nuevos importes, si las mismas generaran saldo a favor
de los sujetos retenidos, deberán ser reintegradas en 2 cuotas iguales en
los meses de septiembre y octubre de 2019, debiendo figurar en el recibo de
sueldo correspondiente bajo el concepto “Beneficio Decreto
561/2019”.
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