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jueves, 11 de febrero de 2021

SUELDOS EMPLEADOS DE COMERCIO

 

SUELDOS EMPLEADOS DE COMERCIO: 
HOMOLOGACIÓN DEL ACUERDO SALARIAL Y 
NUEVO VALOR INACAP ENERO, FEBRERO Y MARZO 2021
FECOBA recuerda que el pasado 28 de enero, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) suscribieron la revisión del acuerdo paritario de la actividad mercantil (CCT 130/75), en virtud de la cláusula cuarta del acuerdo firmado en octubre de 2020.

En concreto, las partes pactaron una asignación no remunerativa para enero, febrero y marzo de 2021, que en marzo de este año completaría un 21%, a calcularse sobre el monto que arroja la suma del salario básico vigente para cada categoría en diciembre de 2020 y el monto otorgado para ese mes como cuota mensual de gratificación extraordinaria y por única vez, en virtud de la cláusula segunda del citado acuerdo de 2020 ($5000).

Calculado sobre el monto del salario básico para cada categoría correspondiente a diciembre de 2020, la rúbrica del convenio pactado establece el pago de tres tramos sucesivos de 7% correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo del corriente año.

Se liquidará bajo la denominación “Asignación Extraordinaria No Remunerativa – Revisión Acuerdo 2020” en forma completa o abreviada, con indicación del número de la cuota respectiva.

Así, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad de la Nación, a través de la Resolución (ST) 73/2021, homologó el acuerdo salarial que formaliza este incremento de carácter no remunerativo para los meses de enero, febrero y marzo de 2021, y los montos de los nuevos salarios básicos con vigencia a partir de abril de 2021.

A calcularse sobre el monto que arroja la suma del salario básico del C.C.T. 130/75 para la categoría Maestranza “A” inicial, vigente a Octubre 2020.

Actualización del importe a realizar al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP)

Se informa la actualización respecto a la fórmula de cálculo, modalidad existente de liquidación y pago de la citada contribución, aplicable a partir de la cuota de Enero 2021, Febrero 2021 y Marzo 2021.