viernes, 26 de mayo de 2017

Alejandro Lerner, Mora Godpy, Marilina Ross en Colegiales

Alejandro Lerner, Mora Godoy, Marilina Ross y muchos otros se presentan este Sabado 27 de mayo en Av. Elcano, Colegiales. Organiza el Ministerio de Cultura del GCBA

  

Ventas de Mayo 2017

   

Centro Comercial Colegiales informa

Ventas de Mayo


·  Según el Monitor de Ventas Minoristas que elabora la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA), la preocupación del comercio es grande porque a esta altura del año se contaba con algún repunte que no está sucediendo.
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·  A diferencia de abril, en mayo hasta el momento no hay rubros en alza, a pesar que en algunos comercios la situación es mejor que en otros. Depende mucho de los precios, las ofertas, la ubicación del negocio y las facilidades de pago.
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·  En la Ciudad de Buenos Aires, solo se notó algún repunte en algunos comercios que se vieron favorecidos por la salida de los manteros. Es el caso de Once y Avellaneda. Y aun así la venta promedio en esos barrios cae. En el resto de los barrios, las caídas son mayores. Tampoco los empresarios del interior del país observan un panorama mejor. Con diferentes matices, las ventas siguen retraídas, incluso a pesar que se compara contra los meses malos de 2016.
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·  Las caídas anuales más fuertes en lo que va del mes se están observando en ‘Joyería y Relojería’ (-7,9%), Calzados (-7,3%), ‘Electrodomésticos y Electrónicos’ (-6,5%), ‘Marroquinería’ (-6,4%), y ‘Mueblerías’ (-6,0%).
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·  Según los comercios consultados, hay menos liquidez en la calle, la gente pide descuentos, y la competencia de destinos como Chile se siente. Las 12 cuotas sin interés, que en otros momentos fue un atractivo para consumir, se está usando menos.


martes, 23 de mayo de 2017

Estrellas en tu barrio - Av Elcano, Colegiales


Beneficios re categorizacion como MiPyme

Centro Comercial Colegiales informa
Re categorizate como MiPyme y obtené tus beneficios
Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) recordamos que las pequeñas y medianas empresas que se registraron como tales antes de marzo de 2017, deben controlar el vencimiento de su certificado MiPyme y recategorizarse, para así acceder a todos los beneficios de la Ley 27.264, más conocida como “Ley Pyme”. Destacamos esta medida ya que trae consigo diferentes beneficios gracias al tratamiento impositivo especial para el fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas.

La exclusión en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta es uno de los privilegios a los que se puede acceder teniendo dicho certificado. La misma no será aplicable a los ejercicios fiscales que se inicien a partir del día 1° de enero de 2017.

Otro incentivo para las Pymes que establece esta norma es el diferimiento en el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Se podrá ingresar el saldo resultante de la declaración jurada del impuesto al valor agregado, en la fecha de vencimiento correspondiente al segundo mes inmediato siguiente al de su vencimiento original.
Pyme
También, el impuesto sobre los créditos y débitos que hubiese sido efectivamente ingresado, hasta la finalización del ejercicio anual en curso, podrá ser computado como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias en un 100 % para las micro y pequeñas empresas y en un 50 % por las industrias manufactureras consideradas “medianas -tramo 1-“.

sábado, 20 de mayo de 2017

Codigo QR en comercios. Dudosa medida de AFIP

En Clarín del 16/05/2017 - Marcela Pagano 

Iniciativa de la AFIP

Los clientes podrán denunciar a los comercios que no acepten tarjetas de crédito
Podrán fotografiar con sus celulares un código QR exhibido en el local para hacer la denuncia. Buscan evitar la evasión y recaudar más.

Para un comercio registrado en la AFIP como responsable inscripto la lista de retenciones es ésta:
--El arancel que paga por el servicio (2,5%, para tarjeta de crédito; 1,2% para debito)
--El IVA sobre dicho arancel
--Retención a cuenta de IVA equivalente al 3% del monto de la operación después de restarle el arancel
--Retención del 1% a cuenta de Ganancias
--Retención del 3,5% a cuenta de Ingresos Brutos
--Una Percepción Bancaria de Ingresos Brutos
--Para los monotributistas puede llegar a aplicarse sólo una retención del 2% a cuenta de Ingresos Brutos

No ignoramos que la actividad comercial está sumamente “achicada” con una progresiva caída de ventas y costos operativos, que se han tornado inmanejables destruyendo el comercio legal. En esta presente incertidumbre y siniestro panorama, desde el Estado se adiciona el tema de la denuncia a estos parámetros, exponiendo al comerciante legal a sanciones mediante una metodología extorsiva y caprichosa violando expresas garantías.

¿Cómo se prueba que el comerciante legal se negó a vender con tarjeta de crédito y o débito? 
Es decir, que cualquier persona por el simple hecho de dañar, que le facilita y le garantiza el propio Estado, puede destruir falsamente al comerciante legal, con una simple fotografía. La medida de la AFIP es francamente irregular y debería intervenir urgentemente el poder judicial.


En la CABA inundada de comercio ilegal con saladas y saladitas, como está en conocimiento de los funcionarios que recorren Av. Avellaneda y sus laterales en el barrio de Flores, Liniers, San Telmo, etc. y así podríamos aumentar la lista con los manteros usurpando el espacio público, el predio de Falcon 2410/14/18, Av. Rivadavia al 6800 en sus dos veredas par e impar con las peligrosas garrafas, están exceptuados de la Resolución General 4042-E de la Administración General de Ingresos Públicos (AFIP), publicada en Boletín Oficial de fecha 8 de mayo de 2017.

viernes, 19 de mayo de 2017

Reunion Nuevo Código Urbanístico y de Edificacion


Descuentos a Empresas Electrointrensivas

Centro Comercial Colegiales informa
Beneficio a empresas electrointensivas con descuentos de hasta el 20 %
Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que los ministerios de Energía y Producción de la Nación firmaron en conjunto una resolución que beneficiará con descuentos a las empresas electrointensivas.

La resolucion Conjunta 1-E /2017, publicada hoy en el Boletín Oficial, establece una bonificación de hasta el 20 % para las compañías productivas cuyas erogaciones en energía eléctrica sean elevadas en comparación con el total de sus gastos directos, su valor agregado o el total de sus ventas.

Las empresas categorizadas como Grandes Demandas de Distribuidores (Gran Usuario del Distribuidor -GUDIs-), así como los grandes usuarios directos del Mercado Eléctrico Mayorista, recibirán un descuento de hasta el 20 % para un consumo igual o menor de 15.000 megavatios por hora (MWh).

Las empresas interesadas se tendrán que comprometer a no despedir personal de manera injustificada y hacer un uso eficiente de la energía, en línea con las campañas que promueve el Gobierno para reducir consumos.
Hay tiempo para presentar el interés en acceder al beneficio hasta el 30 de junio en una página específica del Ministerio de la Producción (a la que se puede acceder haciendo

Las reducciones en las facturas serán retroactivas al 1° de febrero para las compañías electrointensivas y al 1° de abril para las ultraelectrointensivas, una nueva categoría. En ambos casos, el beneficio durará hasta el 31 de diciembre de 2019.