martes, 5 de diciembre de 2017

Sorteo de navidad en el barrio de Colegiales


Almanaques 2018 en tu comercio de confianza

  

Modificación del Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias

Centro Comercial Colegiales informa

Modificación del Impuesto sobre los créditos y débitos
en cuentas bancarias y otras operatorias
A través del decreto 983/2017, el Presidente de la Nación Argentina sustituyó el inciso d) del artículo 10 del Anexo del Decreto N° 380 del 29 de marzo de 2001, el cual disponía que se encontraban exentas del tributo las “cuentas utilizadas en forma exclusiva en el desarrollo específico de su actividad por las empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, de facturas de servicios públicos, impuestos y otros servicios, como así también las utilizadas en igual forma por los agentes oficiales de dichas empresas.”.

Frente al adelanto de la tecnología y las mejoras en los procesos utilizados que permiten a los sujetos ofrecer también el servicio de retiro o depósito de efectivo en sus sucursales, con el consecuente débito o crédito en las cuentas bancarias de los respectivos clientes, se facilita una utilización más eficiente del dinero en efectivo, resultando la operatoria similar al sistema utilizado por las administradoras de redes de cajeros automáticos.

En este sentido, el nuevo inciso establece lo siguiente:

“d) Cuentas utilizadas en forma exclusiva en el desarrollo específico de su actividad por las empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, de facturas de servicios públicos, impuestos y otros servicios, quedando incluidos los movimientos en cuenta que posibiliten la entrega o el depósito de efectivo contra débito o crédito en cuentas bancarias de los respectivos clientes, como así también las utilizadas por los agentes oficiales de dichas empresas, en la medida que empleen cuentas exclusivas para esas operatorias”.

Cabe destacar que a partir de esta normativa se busca incluir dentro de la franquicia allí dispuesta a los movimientos que posibiliten la entrega o depósito de efectivo contra los débitos o créditos en cuentas bancarias de los respectivos clientes.

Modificaciones de la Declaracion en Linea AFIP

Centro Comercial Colegiales informa

La AFIP realizó modificaciones en el sistema "Declaración en línea" 



Con el objetivo de optimizar la aplicación de los servicios y facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) hizo modificaciones en el uso del sistema informático "Declaración en línea", para ampliar en forma progresiva el universo de los sujetos que lo utilizan, hasta alcanzar la totalidad de los empleadores.

Sustituyó el Artículo 1° de la Resolución 3960 por el siguiente:

"Los empleadores comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), que registren hasta SEISCIENTOS (600) trabajadores, inclusive, en el período mensual que se declara, deberán confeccionar la declaración jurada determinativa y nominativa de sus obligaciones con destino a los subsistemas de la seguridad social, a través del sistema informático denominado "Declaración en línea", disponible en el sitio web de este Organismo (http://www.afip.gob.ar).

Asimismo, continuarán generando las referidas declaraciones juradas mediante el aludido sistema, en el supuesto que incrementen sus nóminas hasta un máximo de SEISCIENTOS CINCUENTA (650) trabajadores, inclusive.

La utilización del sistema "Declaración en línea" será optativa para los empleadores que registren entre SEISCIENTOS UNO (601) y SEISCIENTOS CINCUENTA (650) empleados, ambas cantidades inclusive, en el período mensual que se declara, excepto que se trate del supuesto de incremento de personal indicado en el párrafo anterior. Si con posterioridad su nómina disminuye a SEISCIENTOS (600) trabajadores o menos, el uso de este sistema será obligatorio. 

Además, reemplazó el tercer párrafo del Artículo 6°, por el siguiente: 
"En el siguiente cuadro se indica, para cada período devengado desde la implementación del sistema informático "Declaración en línea", la cantidad de trabajadores registrados que determinaba y determina la utilización obligatoria del mismo, salvo las excepciones que para cada período se hubieran contemplado: 

PERÍODOS DEVENGADOS
TRABAJADORES REGISTRADOS
FEBRERO DE 2007 a JULIO DE 2012
hasta DIEZ (10) trabajadores
AGOSTO DE 2012 a MARZO DE 2014
hasta VEINTICINCO (25) trabajadores
ABRIL DE 2014 a MARZO DE 2015
hasta CIEN (100) trabajadores
ABRIL DE 2015 a ABRIL DE 2016
hasta DOSCIENTOS (200) trabajadores
MAYO DE 2016 a JULIO DE 2017
hasta TRESCIENTOS (300) trabajadores
AGOSTO DE 2017 a NOVIEMBRE DE 2017
hasta CUATROCIENTOS (400) trabajadores
DICIEMBRE DE 2017 y siguientes
hasta SEISCIENTOS (600) trabajadores"
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 5 de diciembre de 2017

domingo, 12 de noviembre de 2017

Financieras / Bancos vs Comercios

Centro Comercial Colegiales informa

Financieras/bancos vs Comercios

Para fomentar la competencia, el Gobierno impulsó un cambio en los medios de pago que provocará una baja de 13 puntos en el costo de financiar las compras en cuotas con tarjeta de crédito.

La tasa nominal anual, que hoy es de aproximadamente el 38%, bajará a alrededor del 25%, porque los comercios podrán autofinanciarse o vender los cupones de los clientes que les pagan en cuotas a bancos o compañías financieras.

Hasta ahora había tasa única del 38% más IVA que cobraban las emisoras. Por lo tanto, cuando un cliente hacía una compra en 12 cuotas, el comercio recibía el dinero con el pago acelerado a las 48 horas, pero con un descuento del 38% más IVA. Ahora, al poder vender ese cupón al mejor postor, la tasa bajará a aproximadamente 25% más IVA, ya que es un costo que se trasladará en forma directa al cliente: bajarán el costo de financiamiento en pos de fomentar el consumo.

O sea, los precios no bajarán, sino que lo que bajará será el costo de las cuotas. Tanto Prisma (Visa) como First Data (Mastercard) anunciaron que desde esta semana el servicio plan de pago cuota a cuota brinda la posibilidad de vender hasta en 12 cuotas y cobrar en el mismo plazo de pagos mensuales que el plan que el comercio ofreció a sus clientes. El primer pago será a los 18 días hábiles desde la presentación de la venta, y los próximos pagos se efectuarán con el devengamiento de la cuota cada 30 días.
Por lo tanto, se vuelve al sistema que rigió hasta 1998, cuando el comercio podía decidir si autofinanciar ese flujo, vender el cupón a un banco o a un tercero.

Hay quejas de los comercios porque las tarjetas aplicarán una tasa de riesgo del 1% mensual.
Desde los bancos y financieras dicen: "Al comercio le llegaba el monto real menos el arancel, el costo financiero recargado a la compra iba para el emisor, y este costo financiero lo pagaba el tarjetahabiente a su banco emisor, porque el banco ya hizo una evaluación crediticia y entregó una tarjeta. Esa evaluación es costosa, y el comercio la usa gratis, por eso los bancos quieren cobrar esa mal llamada tasa de riesgo", detallan.

El comercio argumenta: "El cupón puede ser el de un cliente que va con una tarjeta Black de un banco premium, con lo cual la persona ya está precalificada. O sea, nosotros hacemos todo el trabajo y viene otro y le presta a expensas nuestra".

Lo cierto es que los bancos que lo deseen podrán financiar el descuento de esos cupones, pero el Gobierno no quiere que tengan más el monopolio, ya que hasta ahora daban la financiación y regulaban la tasa, que era la misma para todos.

En Colombia o Perú cuando alguien compra un televisor en una casa de electrodomésticos, al momento de ir al posnet le preguntan con qué tarjeta lo quiere pagar, ya que cada cliente tiene una tasa distinta de acuerdo a su score crediticio.

jueves, 2 de noviembre de 2017

Los billetes de $ 2 saldrán de circulación

Centro Comercial Colegiales informa

Los billetes de $ 2 saldrán de circulación y se
podrán canjear por monedas hasta abril de 2018

       La decisión del BCRA es eliminar, además, los billetes de $ 5 y $ 10, que serán paulatinamente reemplazados por monedas. La nueva familia de pesos diseñada por el organismo comprende nuevas ediciones para los papeles de $ 20, $ 50 y $ 100, además de los lanzamientos de billetes de $ 200, $ 500 y $ 1000.

        El Billete de $2- se emitio en 1992 desde ese año hasta la fecha el poder de compra del billete se erosionó con una inflación del 3490%.

        En otras palabras, el billete con la imagen de Bartolomé Mitre compraba en 1992 lo mismo que compran hoy casi 70 pesos.

miércoles, 1 de noviembre de 2017

Reforma Impositiva- La propuesta del oficialismo 2017

Reforma Impositiva- La propuesta del oficialismo

BENEFICIOS PARA LAS EMPRESAS

1. Impuesto a las Ganancias de las empresas: la alícuota bajará del 35% al 25% de forma paulatina: será del 30% en 2019 y 2020, y luego del 25% a partir de 2021. Eso sí: esta baja será para las empresas que inviertan en el país
El promedio de América Latina se ubica en un 27%, y de los países OCDE, al 22 por ciento.
2. Devolución anticipada de saldo a favor de IVA:  para las empresas que inviertan en el país. Si no lo recuperaron en un período de seis meses, la devolución es automática.
La medida tiende a reducir el costo financiero de los proyectos.
3. Contribuciones patronales: se establece un mínimo no imponible de $12.000 de sueldo bruto. Como hoy no existe mínimo no imponible, la suba será progresiva desde los $2.400 en 2018, $4.800 en 2019, $7.200 en 2020, $.9.600 en 2021 y llega al piso propuesto en 2022.
Los sueldos hasta $12.000 no pagan.

IMPUESTO AL CHEQUE, SELLOS E INGRESOS BRUTOS

1. Impuesto a créditos y débitos: aquí se encuentra el famoso impuesto al cheque. Lo cierto es que no se elimina, sino que de forma gradual, podrán usarse como pago a cuenta de Ganancias.
2. Ingresos brutos y Sellos: en el marco de las negociaciones con cada provincia, el objetivo del Gobierno es reducirlos a la mitad: del 8 al 4% en promedio. Sin embargo, esto entra en la categoría de "en negociación", porque es un acuerdo con cada provincia. Macri también quiere que el resto de las provincias sigan el ejemplo de Córdoba y Buenos Aires, al eliminar las aduanas interiores.

A favor del consumidor

1. Transferencia de Inmuebles: este gravamen se elimina. En la actualidad, se paga una alícuota del 1,5% a todas las transacciones inmobiliarias.
Pero se crea un nuevo impuesto para gravar la ganancia de capital de una segunda vivienda o vivienda para fines de lucro con una alícuota del 15% que se actualiza por inflación.

2. Beneficio para autónomos: se propone duplicar el monto de deducción especial en Ganancias. Pasará de $50.000 a $100.000 anuales. Si bien se busca emparejar, esos trabajadores todavía quedan en desequilibrio con respecto a los trabajadores en relación de dependencia, que pueden deducir hasta 250.000 pesos anuales.

1. Personas físicas, a pagar: las personas jurídicas ya pagaban, y pagaran  las personas físicas que residen en el país. Los rendimientos del año por debajo de $52.000 no pagarán ninguna alícuota, por encima de ese valor, empiezan a pagar sobre el excedente. 
Pagaran el 15%, los plazos fijos en dólares u otras monedas extanjeras, las Lebacs y los bonos. el 5% para los instrumentos en pesos, siempre sobre el rendimiento o beneficio.

2. Acciones que cotizan en el paísla Bolsa de Comercio de Buenos Aires festejó después del anuncio de la reforma, y no fue casual. Las personas físicas no pagarán un impuesto sobre las acciones
Resumen Infobae