Centro Comercial a Cielo Abierto del barrio de Colegiales - Centros Comerciales Comuna 13

El Centro Comercial Colegiales esta compuesto por comerciantes, vecinos y profesionales del barrio. Desarrollamos actividades en las áreas de comercio e industria, cultura, educación, mantenimiento barrial y seguridad

martes, 31 de julio de 2012

Nuevo espacio de Arte en Colegiales Casa Matienzo


Sr. Vecino, 
                   Si todavía no conoce Casa Matienzo esta es una excelente oportunidad !!! Nuevo espacio de Arte en Colegiales


Los invitamos a la inauguración de la muestra de fotografía analógica que realizarán los fotógrafos 
Lola Garcia Berro, Agnes Lanfranco, Felicitas Bonino y Juan Rosasco en Casa Matienzo en el marco de Los encuentros abiertos - Festival de la luz
Los esperamos!

Imágenes integradas 1

CASA MATIENZO
(011) 4554 9217
Matienzo 3136 - Colegiales
www.casamatienzo.com
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Etiquetas: Cultura: Espacio de Arte

viernes, 27 de julio de 2012

ARBITRAJE DE CONSUMO EN LOS CENTROS COMERCIALES BARRIALES


Llega al centro Comercial Colegiales, el acuerdo realizado entre Defensa del Consumidor y CAME - Sistema nacional de Arbitraje.


  1. La Subsecretaria de Defensa del Consumidor y la CAME firmaron un  acuerdo para impulsar la difusión del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo.

  1. El acuerdo establece que CAME, a través de sus entidades asociadas promoverá la adhesión al sistema de los pequeños y medianos establecimientos que las Cámaras representan.

  1. El Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo le brinda al comercio barrial la posibilidad de:

ü  Garantizar a sus clientes una vía de resolución de posibles conflictos, rápida, eficaz, gratuita e imparcial.

ü  Asegurar la satisfacción de sus clientes agregando valor a los productos y servicios que ofrece, sin costo adicional.

ü  Ofrecer una garantía adicional, especialmente en la comercialización de bienes de uso.

ü  Obtener una posición diferenciada en el mercado, manifestando voluntariamente la predisposición a resolver los conflictos  en un proceso imparcial y gratuito.

  1. La CAME y la Subsecretaria se ofrecen para acompañar, a los centros comerciales  que lo soliciten, en la difusión y explicación de sistema y en la consecuente adhesión al mismo de los establecimientos de comercio y servicios del barrio.

  1. Una oblea identificatoria en sus vidrieras permitirá a quienes adhieran distinguirse entre sus pares.
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Etiquetas: Sistema Nacional de Arbitraje

jueves, 19 de julio de 2012

Feliz Día del Amigo !!!!





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Etiquetas: 31, 33, 37, Beñgrano, Camaradería, Chacarita Comisario inspector Rodolfo Cabezas, comerciantes de Colegiales, Palermo, y comisarios de las comisarias 29

martes, 17 de julio de 2012

Habilitacione- Inspecciones


BOLETÍN Nº 3 (se recomienda su lectura y difusión entre los asociados)
 
HABILITACIONES – INSPECCIONES
ASESORAMIENTO GRATUITO

Recordamos que a través del 0800-122-9000, FECOBA ofrece un servicio de asesoramiento gratuito a las PYMES en materia de habilitaciones e inspecciones.
Boletín Nro. 3 
¿Qué controla la AGC en la Ciudad?
Mediante la DGFyC, la DGHySA y la DGFyCO, la Agencia Gubernamental de Control fiscaliza las condiciones de habilitación, seguridad e higiene de establecimientos privados, las obras civiles de arquitectura y la salubridad e higiene de alimentos que se comercializan o transitan por la Ciudad de Buenos Aires.
Las inspecciones se realizan sobre establecimientos que estén o no registrados como habilitados, de acuerdo a un calendario anual que se nutre y varía de acuerdo a las denuncias que llegan a cada una de las direcciones a través del Sistema Único de Atención Ciudadana.
De comprobar irregularidades, los inspectores pueden realizar:
1.    Acta de Comprobación (Click aquí)
2.    Clausura Inmediata y Preventiva (Click aquí)
3.    Intimaciones a Mejoras (Click aquí)
4.    Toma de Muestras para Laboratorio (Click aquí)
5.    Decomisos y Secuestros (Click aquí)   
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Etiquetas: Comercio: Habilitaciones e Inspecciones en la Ciudad de Buenos Aires

sábado, 14 de julio de 2012

FONTAR - HERRAMIENTA DE FINANCIAMIENTO


Asociación Civil  de Comerciantes, Vecinos y Profesionales del Barrio de Colegiales 

Estimados Comerciantes y Emprendedores de Colegiales, por el presente les hacemos llegar esta nueva herramienta que implementa El FONTAR a través de CAME, Confederación Argentina de la Mediana Empresa

CAME - CONFEDERACION ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA -Departamento de Programas Públicos
Administración de nueva herramienta de financiamiento


Tenemos el agrado de informar que la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) incorporó una nueva herramienta de financiamiento dirigida al sector PYME. La misma se encuentra bajo la administración del Departamento de Programas Públicos de la entidad.
El FONTAR permite mejorar la competitividad de empresas productoras de bienes y servicios, a través de la modernización tecnológica de productos o procesos, en proyectos donde se involucren esfuerzos de ingeniería del beneficiario del crédito. 
Para mayor información, contactarse a través de programaspublicos@came.org.ar o bien comunicarse telefónicamente al (011) 5556-5556. 
Bueno Aires, 13 de julio de 2012

FONTAR - FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO

La Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, a través del Fondo 
Tecnológico Argentino (FONTAR), junto con las bancas adheridas a este 
instrumento (Banco Francés, Banco de la Provincia de Buenos Aires, Banco Galicia, 
Banco Credicoop), llama a la presentación de proyectos cuyo objetivo sea mejorar 
la competitividad de empresas productoras  de bienes y servicios a través de la 
modernización de productos o procesos.  
BENEFICIARIOS: 
Empresas productoras de bienes y servicios, legalmente establecidas en el país que 
hayan facturado en el último ejercicio hasta $ 250.000.000. 
TIPO DE PROYECTOS A FINANCIAR: 
- Modificación o mejora de tecnologías de productos o procesos, respecto a las 
que están siendo utilizadas actualmente por las empresas. 
- Introducción de tecnologías de gestión de la producción que potencien la 
competitividad. 
- Desarrollos tecnológicos necesarios para pasar de la etapa piloto a la etapa 
industrial. 
- Adquisición de tecnología incorporada en equipos para producción y el esfuerzo 
de ingeniería asociado al mismo.  Dichos equipos deben representar una 
evolución tecnológica respecto al parque de equipos de la empresa. 
- Incorporación de tecnologías de información y comunicación al proceso 
productivo. 
- Implementación de sistemas de calidad, siempre y cuando forme parte de un 
proyecto más amplio. 
Solamente se financiarán aquellos proyectos que involucren esfuerzos de ingeniería 
de los solicitantes en actividades como:  reingeniería de procesos, análisis de 
tecnologías, desarrollo de actividades de diseño, participación en la introducción de 
sistemas de gestión de la calidad, incorporación de tecnologías de información, 
incorporación de sistemas de control estadístico de procesos, otras. 
Los gastos de infraestructura y obra civil  sólo se aceptarán en la medida que se 
encuentren estrictamente relacionados con los objetivos del proyecto y no podrán 
superar el 20% del costo total del proyecto. Asimismo, sólo se reconocerán aquellos 
gastos asociados al proyecto que sean realizados a partir de la fecha de ingreso del 
Proyecto al FONTAR. 
FINANCIAMIENTO: 
- Crédito de entre $ 1.000.000 y $ 4.000.000 sin IVA y cubrirá hasta el 80% de 
las inversiones requeridas en el marco del proyecto aprobado, aportando la 
empresa la contraparte correspondiente. 
- Una empresa podrá ser beneficiaria de un solo proyecto en el marco del 
presente convenio. 
- El plazo máximo de ejecución de un proyecto será de hasta 24 meses. 
- El período de gracia, medida a partir del primer desembolso, no debe exceder 
los cuatro años. - El plazo de amortización no podrá exceder los cinco años, contado a partir de la 
finalización del periodo de gracia. 
- Durante el período de gracia, se pagaran intereses. 
DESEMBOLSO: 
El beneficio se  desembolsará en un todo de  acuerdo con el cronograma del 
dictamen de evaluación que forma parte del proyecto aprobado. El primer 
desembolso tendrá carácter de anticipo y los desembolsos posteriores se efectuarán 
previa verificación y aprobación técnica de la/s etapa/s  prevista/s en el plan de 
trabajo aprobado y mediante la verificación técnica y contable de la rendición de 
cuentas presentada 
TASA DE INTERÉS:  
La tasa de interés que devengarán los préstamos otorgados a los beneficiarios será 
Fija, y de acuerdo al siguiente esquema: 
- Hasta un 10% (TNA) para operaciones de hasta 3 años (gracia + amortización). 
- Hasta un 11% (TNA) para operaciones de entre 3 y 4 años (gracia + 
amortización). 
- Hasta un 12% (TNA) para operaciones de más de 4 años (gracia + 
amortización). 
PRESENTACIÓN DE PROYECTOS: 
La empresa deberá presentar el proyecto  (Formularios) ante alguno de los bancos 
adheridos para determinar la factibilidad del financiamiento. El banco realizará el 
análisis de la capacidad financiera y solicitará garantías a los beneficiarios, mientras 
que FONTAR evaluará la propuesta en los aspectos técnicos y económicos. 
NOTA: Junto con los formularios del proyecto se deberá presentar el último balance 
original certificado. 
Para mayor información comunicarse con CAME - Dpto. de Programas Públicos 
Tel.: (011) 5556-5556 o vía mail a: programaspublicos@came.org.ar
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viernes, 13 de julio de 2012

Las empresas proveedoras e servicios deben informar a la AFIP los consumos de sus clientes Las empresas proveedoras de servicios de aguas, gas, electricidad y telefonía móvil están obligadas a partir de este mes a informar a la AFIP "consumos relevantes" de sus clientes que superen los $1000 mensuales. Asimismo, las compañías deberán notificar al fisco todos los consumos de los contribuyentes adheridos al régimen de Monotributo. Así lo dispuso la Resolución General 3349 de la AFIP, que fue publicada este jueves en el Boletín Oficial. De acuerdo a la norma, las empresas alcanzadas tendrán hasta el último día hábil de agosto para informar novedades del primer semestre del año. Por otra parte, quedarán afuera del sistema de información los consumos de la Administración Central de la Nación, entes autárquicos y exportadores. En los informes, los proveedores de servicios deberán consignar el monto total de la factura; cantidades consumidas (kilovatios eléctricos, m3 de gas o agua o minutos de teléfono); tipo de consumidor (comercial, residencial...); modalidad de pago (efectivo, cheque, tarjeta...); categorización del IVA y el CBU del consumidor en caso de que abonar con débito automático


Las empresas proveedoras e servicios deben informar a la AFIP los consumos de sus clientes


Las empresas proveedoras de servicios de aguas, gas, electricidad y telefonía móvil están obligadas a partir de este mes a informar a la AFIP "consumos relevantes" de sus clientes que superen los $1000 mensuales. Asimismo, las compañías deberán notificar al fisco todos los consumos de los contribuyentes adheridos al régimen de Monotributo.
Así lo dispuso la Resolución General 3349 de la AFIP, que fue publicada este jueves en el Boletín Oficial. De acuerdo a la norma, las empresas alcanzadas tendrán hasta el último día hábil de agosto para informar novedades del primer semestre del año.
Por otra parte, quedarán afuera del sistema de información los consumos de la Administración Central de la Nación, entes autárquicos y exportadores.
En los informes, los proveedores de servicios deberán consignar el monto total de la factura; cantidades consumidas (kilovatios eléctricos, m3 de gas o agua o minutos de teléfono); tipo de consumidor (comercial, residencial...); modalidad de pago (efectivo, cheque, tarjeta...); categorización del IVA y el CBU del consumidor en caso de que abonar con débito automático
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lunes, 9 de julio de 2012

Observatorio del Barrio de Colegiales

Envia tu reclamo!
Seguridad
Mantenimiento barrial
Educación
Cultura
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Etiquetas: Sistema de reclamos de vecinos para vecinos de Colegiales

Asociatividad y trabajo mancomunado de los barrios de Colegiales y Palermo

Los esperamos !!!!
Asociación Civil de Comerciantes, vecinos y Profesionales del barrio de Colegiales
Asociación Civil Amigos de Palermo Viejo y Adyacencias
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martes, 3 de julio de 2012

Ecología y bolsas biodegradables. Nueva ley


FECOBA INFORMA
A partir del día 25 de junio pasado comenzó a regir en la Ciudad de Buenos Aires la Ley que exige a los comercios entregar bolsas de papel en lugar de bolsas plásticas, con las siguientes excepciones:
Excepción al sector supermercados, hipermercados y autoservicios (dentro del plazo máximo de 90 días desde la publicación de la presente Resolución. Los supermercados, hipermercados y autoservicios, sólo podrán continuar entregando aquellas bolsas no biodegradables certificadas de conformidad a lo establecido en la Norma IRAM Nº 13.610 y que cumplan con las medidas y espesor correspondientes al tamaño grande (55 cm de ancho, 60 cm de altura y 20 cm de espesor).El cincuenta por ciento de las bolsas que entregue cada uno de estos comercios deberá ser de color verde y el cincuenta por ciento restante de color negro, a fin de que los vecinos puedan reutilizarlas para la separación en origen de sus residuos sólidos urbanos y así avanzar hacia el cumplimiento de las metas establecidas en la Ley N° 1854. Cada comercio, en caso de considerarlo necesario, podrá mantener un espacio no superior al cincuenta por ciento (50%) de la superficie total de la bolsa consistente en una de sus dos caras para exhibir libremente su marca con los colores y diseños que le son característicos. Asimismo, estas bolsas deberán exhibir, en cara de color verde o negra inscripciones y logos previstos en la ley el costo de estas bolsas según los fabricantes será de 400% más que las que se usan actualmente.
Excepción para carnicerías, verdulerías, pescaderías, comercios de productos de granja, fiambrerías, insumos del sector hospitalario y cualquier otro rubro de comercio que por motivos sanitarios deba entregar bolsas o envoltorios plásticos no biodegradables. Los mencionados rubros de comercio podrán utilizar bolsas plásticas no biodegradables cuando estas se encuentren en contacto directo con sus productos, sirviendo de embalaje o envoltura de los mismos, como por ejemplo las bolsas no biodegradables comúnmente denominadas “de arranque” o “en rollo”. Para ello, deberán acreditar la necesidad de hacerlo con fines sanitarios. Del mismo modo deberá acreditarlo cualquier otro rubro de comercio que solicite seguir entregando bolsas o envoltorios de material plástico no biodegradable en sus productos, es decir, únicamente podrán ser exceptuados por motivos sanitarios.
Los rubros comprendidos para la prohibición de entrega de bolsas no biodegradables son a partir del 25 de junio:  
  1. Indumentaria
  2. Calzado y marroquinería
  3. Ropa y accesorios deportivos
  4. Venta de productos textiles (botones, medias, mercería, retacería, telas, entre otros)
  5. Venta artículos de esparcimiento y deportes (incluye: armas y municiones)
  6. Amoblamiento
  7. Construcción
  8. Ferretería
  9. Electricidad
  10. Materiales para plomería e instalaciones de gas
  11. Pinturería y productos conexos
  12. Cristalería espejos
  13. Venta de papeles para pared, revestimientos para pisos y artículos similares para la decoración: casas de decoración
  14. Materiales y productos de limpieza
  15. Artículos de iluminación
  16. Decoración y textiles para el hogar
  17. Venta artículos de bazar y menaje
  18. Venta de colchones y accesorios
  19. Artículos para el hogar, venta de productos electrónicos, equipos de audio y video, CDs y DVDs y electrodomésticos
  20. Reparación de productos eléctricos y electrónicos
  21. Computación e informática (insumos, reparación y comercialización de productos terminados)
  22. Video y DVD clubs.
  23. Locutorios y locales de internet.
  24. Venta de maquinaria y equipo de oficina
  25. Venta equipos, periféricos, accesorios y programas informáticos
  26. Venta de equipos de telefonía y comunicaciones y componentes electrónicos
  27. Juguetería y cotillón
  28. Librería y papelería, incluyendo tanto locales de ventas de libros como de materiales de librería
  29. Diarios y revistas
  30. Edición, Impresión, Artes Gráficas y Duplicación
  31. Perfumería
  32. Farmacia
  33. Venta de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores, motocicletas y bicicletas.
  34. Venta de lubricantes para automotor
  35. Relojería, joyería y fantasías
  36. Venta de artículos de óptica y fotografía
  37. Productos médicos, odontológicos y ortopédicos.
  38. Veterinaria y pet shop.
  39. Venta de máquinas, equipos e implementos de uso en los sectores agropecuario, jardinería, silvicultura, pesca y caza
  40. Venta de flores, plantas, semillas, abonos, fertilizantes y otros productos de Vivero
  41. Venta de máquinas y equipos de control y seguridad
  42. Venta de de metales y minerales metalíferos
  43. Venta de madera
  44. Venta de productos químicos
  45. Venta de caucho y plástico
  46. Venta de productos para climatización
  47. Kiosco (expendio de alimentos, bebidas, golosinas y tabaco) y polirrubro
  48. Venta de bebidas (alcohólicas y no alcohólicas)
  49. Venta de tabaco y derivados.
  50. Dietética
  51. Panadería y confitería
  52. Preparación de comidas para llevar (Incluye: bares, pizzerías, restaurantes, resto bar, comidas rápidas, cafeterías rotiserías, casas de empanadas, pizzerías, caterings, etc.)
  53. Heladería
  54. Delivery
  55. Servicio de lavandería (excepto cuando se entreguen productos húmedos)
  56. Tintorería
  57. Venta de obras de arte
  58. Locales de culto (santerías)
  59. Venta de objetos, artesanías, antigüedades y productos usados.
  60. Locales dedicados a juegos de azar
  61. Regalería.
  62. Todo otro rubro (con excepción del sector supermercados, hipermercados, autoservicios y cualquier otro que por motivos sanitarios deba utilizar bolsas no biodegradables conforme se indica en los puntos I.3., I.4. y I.5.)
Para conocer el texto completo de la ley hacer click aquí
Buenos Aires, 03 de julio de 2012. 

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Centro Comercial Colegiales - Belgrano R
La Asociación Civil Colegiales - Belgrano R es una asociación civil sin fines de lucro, que comienzo sus actividades en el 2003. A través de diferentes acciones tratamos de solucionar o mejorar los problemas de nuestro barrio en materia de seguridad, educación, cultura identidad barrial y participacion ciudadana. La adhesión de esta Asociacion a la Federacion de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires, FECOBA y a CAME, Confederacion Argentina de la mediana Empresa tiene como propósito integrar a un mayor numero de comerciantes, industriales y profesionales del barrio, para fortalecer el Centro Comercial Colegiales - Belgrano R. La acción coordinada de dichos integrantes permitirá que los mismo se beneficien de forma directa de nuestras acciones gratuitas y solidarias. Nuestros Valores Lideramos con el ejemplo Trabajamos en equipo Respetamos a las personas Analizamos los hechos y brindamos nuestra opinion Nos comunicamos abierta y honestamente Nos comprometemos ante la comunidad Ante todo actuamos con integridad Por una mejor Calidad de Vida para nuestros ciudadanos En defensa del comercio minorista, la mediana empresa y los derechos ciudadanos
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