Esta resolución refiere al Registro Industrial de la Nacional el
cual recaba información cuantitativa y cualitativa sobre las industrias que
desarrollan actividades en el territorio nacional.
Derogándose la Resolución 146/2007,
se aprobó un nuevo procedimiento para la inscripción o renovación en el
Registro Industrial de la Nación, que como Anexo I forma
parte integrante de la presente resolución.
Procedimiento de inscripción y/o
renovación en el Registro Industrial de la Nación.
La persona interesada en obtener la inscripción o renovación en
dicho Registro, deberá ingresar a la plataforma Trámites a Distancia (TAD),
aprobada por el Decreto N° 1.063 de fecha 4 de octubre de 2016, en adelante
denominada “T.A.D.”
Acceda, según el caso, al trámite:
“Solicitud de inscripción al Registro Industrial de la Nación” ó
“Solicitud de renovación al Registro Industrial de la Nación”,
Adjuntar, en el mismo acto el comprobante de pago respectivo,
requerido en el Artículo 5° de la Ley N° 19.971 y completar en el
formulario disponible” (Ver el formulario en Anexo I más arriba).
Otra de las modificatorias mencionadas: “Apruébese el procedimiento para la
emisión de constancias de personas no comprendidas en el Art. 1 de la Ley 19.971 del
Registro Industrial de la Nación, que como Anexo II forma parte
integrante de la presente medida.
La presente medida entrará en vigencia a partir del día 1 de agosto de 2017
y será de aplicación a las actuaciones en trámite iniciadas hasta dicha
fecha, inclusive.
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