Nuevas categorías
PyME
Por
otro lado, y con el objetivo de incentivar las ventas al mercado externo de las
pequeñas y medianas empresas, se redujo el porcentaje de las exportaciones a
considerar para la categorización PyME, de un 50% a un 25%.
Las empresas que se ubiquen dentro de estos
nuevos parámetros, podrán acceder a los beneficios que brinda la Ley PyME como medidas de alivio en
materia administrativa y fiscal, estímulos financieros y acceso a mejores
créditos y fomento de inversiones. El trámite se realiza online desde https://www.produccion.gob.ar/
pymes
Fomento de inversiones
Por otro lado, las PyMEs que hayan realizado
inversiones productivas durante su último ejercicio fiscal, ahora tienen más
tiempo para presentar su declaración jurada y acceder al Régimen de Fomento de
Inversiones. Gracias a esta herramienta, las empresas pueden computar como pago
a cuenta del Impuesto a las Ganancias hasta el 10% del monto de la inversión en
bienes de capital y obras de infraestructura; y en la medida que permanezca el
crédito de esas inversiones como saldo a favor en la Declaración Jurada de IVA,
pueden recibir un bono de crédito fiscal para descontar contra deudas
impositivas y aduaneras.
La declaración jurada podrá ser presentada
desde el primer día del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal en
el cual se hayan realizado las inversiones, hasta 5 días hábiles antes del
vencimiento general que fije la AFIP para la presentación de la DD.JJ. anual
del Impuesto a las Ganancias.
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