Plan de pagos para MiPymes que registren deudas y multas con la ART
Se aprobó el régimen de planes de pago para las micro, pequeñas y medianas empresas, destinado a cancelar deudas con el Fondo de Garantía en concepto de cuota omitida y de multas y recargos impuestos por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) por ART.
Podrán acceder al citado régimen los empleadores que encuadren y se encuentren inscriptos como micro, pequeñas y medianas empresas según los términos del artículo 2 de la Ley 24467, y deberán acreditar su inscripción con el correspondiente Certificado MiPyme, vigente al momento de la presentación.
Para acceder al programa será requisito excluyente, a la fecha de adhesión a un plan de pago, que el empleador que registre trabajadores en relación de dependencia se encuentre afiliado a una aseguradora de riesgos del trabajo (ART) o esté autoasegurado en los términos de la Ley 24557.
Podrán acceder al citado régimen los empleadores que encuadren y se encuentren inscriptos como micro, pequeñas y medianas empresas según los términos del artículo 2 de la Ley 24467, y deberán acreditar su inscripción con el correspondiente Certificado MiPyme, vigente al momento de la presentación.
Para acceder al programa será requisito excluyente, a la fecha de adhesión a un plan de pago, que el empleador que registre trabajadores en relación de dependencia se encuentre afiliado a una aseguradora de riesgos del trabajo (ART) o esté autoasegurado en los términos de la Ley 24557.
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