Quienes califican como Pymes - Beneficios
Según la resolución de la SEPYME 11/2016 se considera micro,
pequeña y mediana empresa a aquellas que no superen los siguientes montos
anuales de facturación:
Comercio $650 millones
Industrias $ 540 millones
Servicios $ 180 millones
Construcción $ 270 millones
La facturación surge del promedio de las ventas, sin
impuestos, de los últimos 3 años
BENEFICIOS para Pymes creados por ley 27.264:
1-
Eliminación del impuesto sobre la ganancia mínima
presunta para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2017.
2-
Impuestos sobre créditos y débitos: Las micro y pequeñas empresas podrán el 100%
de como pago a cuenta del impuesto a las ganancias. Las industrias
manufactureras medianas (tramo I) podrán descontar el 50%, el descuento se podrá
hacer en las declaraciones juradas y de
los anticipos del impuesto.
3-
IVA: Las micro y pequeñas empresas podrán pagar
el saldo de impuestos a 90 días, quedan afuera las empresas medianas de los
tramos I y II
.
4-
Las micro, pequeñas y medianas empresas podrán en
el impuesto a las ganancias el 10% de las inversiones en bienes de capital y obras
de infraestructura y en la medida que surjan saldos a favor por esas
inversiones en el IVA se recibirá un bono que servirá para descontar otros
impuestos nacionales.
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