Prorroga emisión de notas de crédito y debito. Pasa al 1º de Abril de 2020
Recién en Abril se obligará a que los documentos sean generados por quien emitió el comprobante original.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió prorrogar hasta el 1 de abril de 2020 la entrada en vigencia de la Resolución General 4540/2019. Esta norma establecía que sólo los sujetos que emitieron los comprobantes por las operaciones originarias podrán emitir las notas de crédito o débito en concepto de descuentos, bonificaciones, quitas, devoluciones, rescisiones, intereses, etcétera, siempre que se encuentren relacionadas a una o más facturas o documentos equivalentes emitidos previamente. La entrada en vigencia de esa RG era el 1 de febrero pero, a través de la Resolución General 4568/2020, publicada en el Boletín Oficial, se lo extendió nuevamente.
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