martes, 12 de abril de 2022

IGJ - Nuevas regulaciones para inscribir SAS en el ámbito de CABA

 

IGJ - Nuevas regulaciones para inscribir SAS en el ámbito de CABA
La Inspección General de Justicia (IGJ), A través de la Resolución General 4/2022, incorporó nuevas regulaciones para la inscripción de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) en el ámbito de CABA. De esta manera, prevé la forma de acreditar el domicilio social y establece la posibilidad de que el organismo pueda realizar visitas de inspección para constatar la veracidad de la sede social denunciada.
Asimismo, la normativa dispone que la existencia y veracidad del domicilio y sede social de las sociedades por acciones simplificadas (SAS) previstas en la Ley 27349 se acreditará por la interesada en oportunidad de constituir la sociedad o inscribir la nueva sede social, mediante alguno de los siguientes instrumentos:
a) Acta de constatación notarial;
b) Comprobante de servicios a nombre de la misma;
c) Título de propiedad o contrato de alquiler o de leasing del inmueble en donde se constituye la sede social;
d) Habilitación o autorización municipal equivalente, cuando la actividad de la entidad solicitante se lleve a cabo en inmuebles que requieran de la misma.
En caso de que el domicilio de la sede social coincida con el declarado por la persona humana que ejerza la representación legal de la sociedad, se deberá acompañar comprobantes de servicios a su nombre y alguno de los otros instrumentos listados precedentemente. La IGJ podrá, de oficio y en caso de duda, efectuar, con carácter previo a la inscripción de la sociedad en el Registro Público, las visitas de inspección correspondientes y adoptar las medidas pertinentes, a fin de constatar la veracidad de la sede denunciada.

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