martes, 4 de julio de 2023

Notificaciones al Domicilio Fiscal Electrónico y Feria Fiscal de julio

 

Notificaciones al Domicilio Fiscal Electrónico y Feria Fiscal de julio
Las notificaciones que se efectúen al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) de los contribuyentes mediante herramientas informáticas se considerarán perfeccionadas en los siguientes momentos, según el que acontezca primero:
a) El día en que el contribuyente, responsable y/o persona debidamente autorizada, proceda a la apertura del documento digital que contiene la comunicación o notificación (mediante el servicio “Domicilio Fiscal Electrónico” o “WSCCOMU”) o,
b) A las 00 horas del día lunes inmediato posterior a la fecha en que las comunicaciones o notificaciones se encontraran disponibles en los servicios referidos en el inciso precedente.
Cabe resaltar que cuando el día fijado coincida con un día feriado o inhábil, el momento de perfeccionamiento de las comunicaciones y notificaciones se trasladará al primer día hábil inmediato siguiente.
Recordamos que la AFIP, mediante la Resolución Gral. N° 5375/23, estableció que no se computarán los días hábiles administrativos comprendidos entre los días 17 y 28 de julio de 2023, ambas fechas inclusive, respecto de los plazos procedimentales. Ello no obsta al ejercicio de las facultades de contralor de AFIP durante el mencionado período. Los plazos para la contestación de requerimientos notificados durante este período, así como también las citaciones y/o actuaciones administrativas, comenzarán a correr a partir del primer día hábil administrativo inmediato siguiente a la finalización del período de feria de que se trate.
Recordamos asimismo que la Resolución General N° 1983/05 se refiere únicamente al cómputo de plazos procedimentales, no alcanzando a los vencimientos de presentaciones y/o pagos de declaraciones juradas, anticipos, planes de facilidades, etc.
Considerando que el plazo para responder suele ser de 10 días hábiles (por favor, leer la notificación con atención ya que el plazo podría ser diferente), el vencimiento operaría el 17/7/2023 (fecha de inicio de la feria fiscal de julio para AFIP, por lo que el vencimiento para responder pasaría al lunes 31/7/2023).

No hay comentarios:

Publicar un comentario