martes, 22 de febrero de 2022

Capacitación gratuita - El mundo de Instagram

 El mundo de Instagram

Temario 

  1. Hasthags.
  1. IGTV.
  1. Reels.
  1. Errores comunes en el feed.
  1. Ideas de diseño para el feed.
  1. Qué funciona y qué no funciona en Instagram.

Fecha y horario: Comienzo 24/02/2022 

 

Horario 17:00 a 18:30hs

1 clase

 

Días de realización: jueves

 

Lugar: Zoom

LINK DE INSCRIPCIÓN:

https://www.buenosaires.gob.ar/form/el-mundo-de-instagram

✉️ Actividad gratuita con entrega de certificado, el que deberá ser solicitado a capacitacion_DGMPME@buenosaires.gob.ar una vez finalizada la capacitación.

✉️ El link de acceso se remitirá al correo registrado el día de inicio de la misma y será el mismo para los casos que se trate de una capacitación con más de una clase.

Concurso de Innovación Abierta 2022 para emprendedores/as de Argentina y Uruguay

 



Concurso de Innovación Abierta 2022 para emprendedores/as de Argentina y Uruguay
Si tenés ideas innovadoras, podés convertirte en un agente de cambio y ser parte de la revolución del agro.
Postulá tu proyecto hasta el 25 febrero.


Aportes no reembolsables

 

Accedé a un Aporte No Reembolsable (ANR) para mejorar la competitividad y productividad de tu MiPyME
Si tenés un proyecto de desarrollo empresarial que incorpore transformación digital, desarrollo sostenible, certificación de normas de calidad, diseño e innovación de productos o procesos o querés generar nuevos mercados en el exterior, podés solicitar un ANR de hasta $3.000.000 como anticipo o por reintegro para financiar:
Asistencia técnica de un experto para llevar a cabo tu proyecto
Adquisición de bienes de capital
Gastos de legalización o certificación
Gastos de formulación y acompañamiento
Tenés tiempo para postular tu proyecto hasta el 26 de marzo de 2022.

jueves, 17 de febrero de 2022

Requisitos para Habilitaciones marquesinas, carteles y otros en Ciudad de Buenos Aires


 Centro Comercial Colegiales informa


Requisitos para Habilitaciones marquesinas, carteles y otros en Ciudad de Buenos Aires

¿Cuáles son los requisitos?

• Contar con la Clave Ciudad de AGIP.
• Nota de solicitud, incluir teléfono y/o mail: deberás presentar ante la Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano una nota por duplicado, con firma y declaración, solicitando el permiso para colocar un cartel indicador de servicios, que contenga la siguiente información:
o Datos del solicitante
o Domicilio constituido en CABA
o Apoderado (de corresponder).
o Gestor (de corresponder).
o Póliza de seguro vigente
o CUIT.
________________________________________
Documentación personal
Persona física
• Titular: fotocopia de ambos lados del DNI
• Apoderado: poder autenticado por escribano público y fotocopia del DNI del apoderado (de corresponder).
Persona jurídica
• Estatuto de la empresa certificada por escribano público
• Acta de directorio con designación de autoridades, certificada por escribano público.
• Poder autenticado por escribano público.
• Fotocopia del DNI del apoderado (de corresponder).
________________________________________
Comprobante de inscripción en AFIP
Deberás contar con Nº de CUIL/CUIT, vigente al momento de su presentación.
________________________________________
Póliza de seguro de responsabilidad civil
Deberás presentar la póliza de seguro original o copia simple. Debe contener la siguiente información:
• Nombre del Asegurado
• Que incluya responsabilidad civil por carteles y/o letreros y/o marquesinas.
• Dirección / ubicación del riesgo
• Vigencia del seguro: vigente en la fecha en que se presenta la solicitud.
________________________________________
Fotos
• Foto actualizada, con buena definición y a color, del lugar donde se encuentra o donde se colocará la estructura.
• Foto del lateral, actualizada, con buena definición y a color, del lugar donde se encuentra o donde se colocará la estructura.
________________________________________
Habilitación del local
Deberás presentar la constancia de habilitación del local, otorgada por el Gobierno de la Ciudad o, en su defecto, la constancia de solicitud de inicio del trámite.
________________________________________
Croquis
Deberás presentar una copia de un boceto del emplazamiento, con dimensiones y altura de colocación de la estructura.
________________________________________
Informe técnico
Deberás presentar un informe técnico, elaborado por profesional competente, para avalar el buen estado de conservación de estructuras preexistentes.
________________________________________
Autorización del propietario del inmueble
Deberás presentar una autorización, firmada por el propietario del inmueble, para la colocación de la estructura.
Pasos para realizar el trámite
1
Iniciá el trámite de forma online o presencial
• Online: ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), cargá tus datos personales y la documentación en pdf.
• Presencial: acercate a la mesa de entrada de la Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano, ubicada en Av. Martín García 364, PB, de lunes a viernes, de 10 a 15 hs, con la documentación en papel.
2
Corroborá el estado de la solicitud
• Online: podés hacerlo a través del portal de Trámites a Distancia (TAD). Allí contarás con la información actualizada del estado de tu trámite. También podés ingresar al Portal Web de Localización de Expedientes del Gobierno de la Ciudad.
• Presencial: la Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano evaluará la documentación presentada y te informará, mediante cédula de notificación.


·         Co


ARBA - Nuevos contribuyentes del Régimen Simplificado estarán exentos del impuesto a los ingresos brutos por doce meses

 

ARBA - Nuevos contribuyentes del Régimen Simplificado estarán exentos del impuesto a los ingresos brutos por doce meses
La Ley Impositiva 2022 establece en su artículo 132 que se “exime del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a aquellos contribuyentes que se encuentren incluidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) Monotributo". Resaltamos que el citado beneficio alcanzará exclusivamente a aquellos contribuyentes cuya inscripción en el impuesto sobre los Ingresos Brutos en la jurisdicción se formalice durante el año 2022, y abarcará un período de 12 meses, pudiendo exceder el referido período fiscal cuando fuera necesario a los fines de complementar el plazo de eximición y será otorgado de oficio. Quedan excluidos los contribuyentes que hayan formalizado su cese en el impuesto sobre los Ingresos Brutos durante diciembre de 2021 o durante el ejercicio fiscal 2022, en forma previa a una nueva inscripción en el tributo en este último ejercicio.
Esta medida se incorpora a las vigentes a partir de septiembre del año 2021, dado que con la entrada en vigencia el Monotributo Unificado los contribuyentes pueden darse de alta de forma unificada en el Monotributo y en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires, gozando de los siguientes beneficios:
- Un pago unificado de ambos componentes con vencimiento los días 20 de cada mes.
- No se requiere presentar DDJJ mensuales ni anuales (por el período que se encuentra inscripto en el Régimen Simplificado).
- Exclusión de los Regímenes de Recaudación generales o especiales (retenciones, percepciones y retenciones bancarias).
- No aplican pagos a cuenta (incluso anticipo de honorarios profesionales -formulario R-114 v2-).

Próximos vencimientos AGIP

 

Próximos vencimientos AGIP
Recordamos que el día 10/02 vence la Cuota 1, Anual (Cuota 12) y Cuota 90 de Patentes Automotor, terminación 0 a 3, según lo dispuesto por la AGIP. Para abonar y conocer los lugres de pago clic AQUÍ
Asimismo, informamos que el día 14/02 vence el anticipo N° 1 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Contribuyentes Locales, terminación 0 y 1. Para realizar la DDJJ/VEP clic AQUÍ

Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias - Cambios en el impuesto al cheque

 

Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias - Cambios en el impuesto al cheque
La Resolución General 5145/2022 instrumenta el beneficio para los consignatarios que administren en forma diferenciada los fondos de terceros de los fondos propios, en los que se incluyen las comisiones relativas a la actividad. Así, las cuentas de los consignatarios de ganado que involucren movimientos de fondos propios no gozarán de la exención, pero continuarán beneficiadas por la alícuota reducida del 0,075%, de acuerdo con lo dispuesto. La normativa establece que, para acceder a la exención, los consignatarios deben estar inscriptos y activos en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) y, de corresponder, en los registros fiscales de AFIP para los Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes. La norma también instrumenta una alícuota reducida del gravamen para los créditos y débitos en cuentas pertenecientes a concesionarios de servicios públicos previsto en el Decreto N° 901/2021. El beneficio alcanza a aquellos concesionarios cuyo capital pertenezca en un porcentaje no inferior al 80 % al Estado Nacional. La norma otorga estabilidad a la alícuota reducida (0,25%) con la cual se encontraban gravados estos sujetos desde el año pasado.