La Ley Impositiva 2022 establece en su artículo 132 que se “exime del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a aquellos contribuyentes que se encuentren incluidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) Monotributo". Resaltamos que el citado beneficio alcanzará exclusivamente a aquellos contribuyentes cuya inscripción en el impuesto sobre los Ingresos Brutos en la jurisdicción se formalice durante el año 2022, y abarcará un período de 12 meses, pudiendo exceder el referido período fiscal cuando fuera necesario a los fines de complementar el plazo de eximición y será otorgado de oficio. Quedan excluidos los contribuyentes que hayan formalizado su cese en el impuesto sobre los Ingresos Brutos durante diciembre de 2021 o durante el ejercicio fiscal 2022, en forma previa a una nueva inscripción en el tributo en este último ejercicio. Esta medida se incorpora a las vigentes a partir de septiembre del año 2021, dado que con la entrada en vigencia el Monotributo Unificado los contribuyentes pueden darse de alta de forma unificada en el Monotributo y en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires, gozando de los siguientes beneficios: - Un pago unificado de ambos componentes con vencimiento los días 20 de cada mes. - No se requiere presentar DDJJ mensuales ni anuales (por el período que se encuentra inscripto en el Régimen Simplificado). - Exclusión de los Regímenes de Recaudación generales o especiales (retenciones, percepciones y retenciones bancarias). - No aplican pagos a cuenta (incluso anticipo de honorarios profesionales -formulario R-114 v2-). |
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