lunes, 3 de agosto de 2020

Apertura de actividades del 3 de Agosto al 16 de Agosto

Desde el lunes 3 hasta el domingo 16 de agosto, se mantendrán las aperturas de las siguientes actividades:

- Comercios barriales, de cercanía, galerías barriales con DNI según el día:
- DNI terminado en número par (0, 2, 4, 6, 8), día par;
- DNI terminado en número impar (1, 3, 5, 7, 9), día impar.
- Gastronomía: para llevar.
- Administrativos de instituciones educativas.
- Escribanos.
- Streaming de música.
- Culto: apertura para tareas administrativas, celebraciones online y rezo individual con aforo y tope.
- Lavaderos de autos.
- Paseadores de perros.
- Industria del juguete.
- Mudanzas, sólo los fines de semana.
- Abogados.
- Contadores.
- Galerías de arte con turno.
- Peluquerías, depilación, manicuría y pedicuría.
- Psicólogos.
- Psicopedagogos.
- Terapistas ocupacionales.
- Kinesiólogos que trabajan con trastornos del neurodesarrollo y para la tercera edad.
- Fonoaudiólogos que trabajan con trastorno del espectro autista (TEA).

Cabe destacar, especialmente, que durante esta nueva etapa además podrán abrir sus puertas los comercios de cercanía localizados en avenidas de alta circulación, según lo establecido en la Resolución 202 del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad este lunes, y en el Anexo de esa normativa.

- Incluye los rubros de indumentaria y calzado con DNI según el día.
- No incluye a los Centros de Trasbordo como Liniers, Retiro y Constitución, y la calle Avellaneda y zona de Once.

Por otra parte, recordamos que todas las actividades habilitadas cuentan con su correspondiente protocolo de apertura para garantizar las mejores condiciones de prevención del Coronavirus.

lunes, 27 de julio de 2020

Decalaracion de Ganancias, Bienes personales

Vencimientos para efectuar las presentaciones de Ganancias y Bienes Personales entre el 24 y el 28 de julio, y para la presentación de la declaración correspondiente al Impuesto Cedular (Renta Financiera) establecidos entre el 27 y el 29 del mismo mes.

Se encuentra vigente un plan de facilidades habilitado hasta el 31 de agosto y, para obtener mayor información, recomendamos consultar en la 
web de AFIP, dentro del apartado “Nuestra Parte” el detalle acerca de las operaciones realizadas por cada contribuyente como ser la compra de dólares, consumos de tarjetas, ingresos en relación de dependencia, compra de inmuebles y autos y facturación realizada y recibida, pagos de cobertura médica y expensas.

En materia de Bienes Personales, se incrementó el mínimo no imponible a $ 2 millones y sobre ese monto, habrá que pagar el impuesto. También se modificaron las alícuotas, que pasan a ser progresivas e incrementadas para los bienes que se encuentran en el exterior.

Vencimientos:

CUIT 0, 1, 2 y 3: la presentación se puede hacer hasta el 24 de julio y si hay que pagar, se abona hasta el 27 de julio inclusive.
CUIT 4, 5 y 6: presentación hasta el 27 de julio y pago hasta el 28 de julio.
CUIT 7, 8 y 9: presentación hasta el 28 de julio y pago hasta el 29 de julio.

Deducciones:

Los importes de las deducciones personales anuales que rigen para el período 2019 son los siguientes:

1) Mínimo no imponible: $ 85.848,99
2) Deducción especial: $ 171.697,97
3) para los nuevos profesionales y emprendedores el importe es de $ 214.622,47
 
Los importes de las deducciones generales anuales habilitados para 2019, son:

1) Gastos de sepelio: $ 996,23
2) Intereses hipotecarios: $ 20.000
3) Primas de seguro: $ 12.000
4) Servicio doméstico: $ 85.848,99
 
Valores anuales deducibles por cargas de familia:

1) Cónyuge: $ 80.033,97
2) Hijos: 40.361,43

Los empleados en relación de dependencia tienen ciertas deducciones personales que fueron incrementadas un 20% en comparación con las de los autónomos; los importes de las deducciones generales son las mismas para todos.

De esta manera, se alcanzan los siguientes importes anuales:

1) Mínimo no imponible: $ 103.018,79
2) Deducción especial: $494.490,17.

Bienes Personales

Del 24 al 28 de julio vence la presentación de la declaración jurada de las personas que están inscriptas y de los que tienen que pagar, por haber superado con sus bienes gravados el mínimo exento de 2 millones de pesos.

Los empleados con ingresos brutos anuales iguales o mayores a $ 1.500.000 en el 2019 tendrán tiempo de presentar las declaraciones juradas informativas, que son sin pago, hasta el 31 de julio.

Este año, los contribuyentes que tenían el beneficio de exención por ser “cumplidores” vuelven a tener que pagar el tributo. Siguen exentos los saldos de las cuentas bancarias, al 31 de diciembre, que se encuentran depositados en cajas de ahorro o en plazos fijos, cualquiera sea la moneda.

En cambio, están gravados los saldos de las cuentas corrientes, el dinero en efectivo y la tenencia de moneda extranjera en cajas de seguridad o en el “colchón”, se convierte al tipo de cambio comprador vigente el 31 de diciembre de 2019, que fue de $ 59,69.

La vivienda única, hasta los 18 millones de pesos de valuación según las pautas del impuesto, se mantiene exenta.

Los automóviles se valúan con la información que da la Superintendencia de Seguros, que a cada unidad le otorga el registro de automotores. 

​Por los bienes que se poseen en el exterior habrá que pagar una alícuota diferencial que llega hasta la tasa del 2,25%. Si se trae al país por lo menos un 5% de los bienes del exterior se paga por todos los activos, incluidos los externos, las tasas reducidas.

Regulan el delivery en CABA


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires introdujo una serie de modificaciones en el Código de TransitoCódigo Contravencional y el Régimen de Faltas de la Ciudad, con la intención de regular las actividades desarrolladas por las aplicaciones de delivery.

Entre las principales novedades, se establece que las App vinculadas al delivery deberán contar con la habilitación correspondiente para poder operar y para ello, deberán inscribirse en el “Registro Único de Transporte de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias (RUTRAMUR)”, aunque aclaran que aquellos establecimientos gastronómicos u otros locales comerciales que no desarrollen como actividad principal la mensajería urbana o reparto a domicilio quedarán eximidos de la obligación de inscribirse en este registro.

Por otro lado, la normativa sostiene que los repartidores deberán aprobar cursos de capacitación obligatorios, los cuales incluirán nociones de seguridad vial y de normativa vinculada con los servicios que presten, según corresponda. A su vez, para poder prestar el servicio, deberán contar con casco homologado e indumentaria con bandas reflectivas.

También plantea que las App deben contar con un mecanismo digital de reporte de quejas de manera simple, accesible y constantemente disponible para los usuarios, debiendo establecer un procedimiento eficaz para solucionar o dar respuesta a los reclamos.

miércoles, 22 de julio de 2020

Mapa del Potencial Bioeconómico de Argentina CIECTI

Una base de datos georreferenciados para estimar el potencial de la bioeconomía en el territorio argentino (Mapa del Potencial Bioeconómico de Argentina)


Mapa_Bioeconomía_v2El pasado 7 de julio se presentó en el CIECTI, en modalidad de taller virtual, una base de datos georreferenciados sobre el potencial bioeconómico argentino, cuyo objeto es contribuir al análisis de la agenda del desarrollo productivo y territorial en nuestro país. Es una base que, como destacaron sus autores Miguel Lengyel y Leonardo Zanazzi, no tiene antecedentes por su enfoque y constituye una construcción original, todavía en desarrollo.

Al inicio de la presentación Lengyel abordó la conceptualización de la bioeconomía puntualizando que, estilizadamente, existen tres enfoques que si bien tienen el mismo punto de partida –el aprovechamiento de los recursos, procesos y principios de origen biológico para generar energía, alimentos y nuevos productos y servicios- enfatizan diferentes aspectos: el desarrollo tecnológico –con eje en la biotecnología moderna-; el cuidado ambiental –fundamentalmente buscando reducir la dependencia de los recursos naturales no renovables-; y el desarrollo productivo sustentable ambiental y socialmente, y equilibrado territorialmente. Lengyel destacó que éste último enfoque es el que abona el análisis presentado, puntualizando que sus principales presupuestos son la agregación de valor “aguas arriba” y “aguas abajo” a los recursos de origen biológico, la aplicación intensiva en nuevos conocimientos principalmente “biobasados” en CTI, el procesamiento industrial en origen de los recursos biológicos, la extensión y articulación de las cadenas de valor, y la circularidad de la economía. También puntualizó que Argentina presenta condiciones favorables para embarcarse en este sendero de desarrollo productivo por la abundancia y diversidad de su biomasa, sus capacidades de ciencia y tecnología y un entramado industrial que cuenta con experiencia previa en el desarrollo de actividades bioeconómicas.

Finalmente, Lengyel señaló que el Mapa del Potencial Bioeconómico Argentino (MPBA) es una exploración basada en evidencia en tanto que permite: un diagnóstico, a través de una metodología de georreferenciamiento multidimensional (multivariable) de las oportunidades, fortalezas y debilidades de dicho potencial a diferentes escalas territoriales (nación, provincias, municipalidades, etc.); y una ponderación de ese potencial (en distintos espacios territoriales) en base a la aplicación de varios modelos matemáticos como asimismo de su eventual variación en base a modificaciones en cada una de las dimensiones consideradas.

Por su parte, Leonardo Zanazzi tuvo a su cargo la presentación del Mapa del Potencial Bioeconómico Argentino (MPBA), como expresión de la base de datos georreferenciados construida en el marco de la línea de investigación sobre esta temática. Explicó en primer término el concepto de “ráster” como núcleo del procesamiento de datos geográficos y, además, de la representación cartográfica adoptada. En este sentido, un mapa ráster consiste en una retícula de celdas, denominadas píxeles, valorizadas individualmente sobre el mapa de un territorio. En el caso del MPBA, ese valor es fruto de la aplicación de un modelo que integra seis dimensiones que abordan a la bioeconomía en toda su extensión: Recursos biológicos, Turismo de naturaleza, Capacidades instaladas en ciencia y tecnología, Capacidades instaladas de I+D+i en biotecnología, Sector productivo y Formación de RRHH.

Los píxeles del MPBA cuentan con una resolución de 250 x 250 mts, totalizando 44.713.111 pixeles en la cobertura de todo el territorio nacional. Considerado las seis dimensiones incluidas en el modelo y el valor de potencial bioeconómico fruto de su aplicación, dan como resultado casi 313 millones de datos bioeconómicos georreferenciados. Zanazzi enfatizó las posibilidades analíticas que este producto pone a disposición para comprender mejor la bioeconomía en los territorios y mostró algunas de sus aplicaciones, sirviéndose de mapas y tablas y gráficos elaborados a partir de la explotación de la voluminosa base de datos generada.

Finalmente, Zanazzi mencionó que la línea de investigación constituye una aproximación no sólo original sino también estratégica, pues el estado de la tecnología en lo respectivo al aprovechamiento de imágenes satelitales junto con las políticas gubernamentales de datos abiertos y la disponibilidad de software y hardware hoy permiten incorporar la dimensión territorial de una manera complementaria a la predominante en materia de análisis. Como desafíos inmediatos Zanazzi destacó la necesidad permanente de actualizar los insumos, efectuar ajustes al modelo y de perfeccionar los criterios de imputación geográfica de los valores de las variables consideradas.

Los autores consideraron que el producto elaborado cuenta con mucho potencial para producir insumos adicionales que sirvan a la toma de decisiones de política pública. Es eventualmente aplicable para la identificación de microrregiones que sirvan al diseño de políticas focalizadas de apoyo, para la identificación de bioclústeres y para la aproximación a cadenas de valor en el territorio. También para el análisis de decisiones de inversión pública y de su impacto multidimensional de base geográfica.


LÍNEA DE PRÉSTAMOS EXCLUSIVA PARA COMERCIOS DE LA CIUDAD

LÍNEA DE PRÉSTAMOS EXCLUSIVA
PARA COMERCIOS DE LA CIUDAD
Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) recordamos que se encuentra vigente una línea de préstamos exclusiva para comercios porteños del Banco Ciudad. Para solicitar online, clic aquí.
Este préstamo cuenta con una tasa del 12% fija anual subsidiada, cuya primera cuota deberá ser abonada luego de los primeros 6 meses de gracia a partir del momento del préstamo. En ese sentido, el banco ofrece, además, 18 cuotas iguales y consecutivas por sistema francés. 
REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO
Del solicitante, en general:
    - DNI
    - Certificado MiPyME
    - Habilitación del Gobierno de la Ciudad. Para los casos de comerciantes que recién inician la actividad podrá ser en trámite
    - No registrar antecedentes desfavorables en el sistema financiero y en los sistemas del Banco en los últimos 12 meses previos al aislamiento social, preventivo y obligatorio.
    - Apertura de cuenta en el Banco Ciudad. Para el caso de Personas Jurídicas deberá ser cuenta corriente.

De cada firmantes/apoderado:
    - DNI
    - CUIT o CUIL o CDI
En particular:
Independientes
    - Inscripción en la AFIP
    - Pago de IIBB (noviembre y diciembre 2019)
Monotributistas
    - Inscripción en la AFIP
    - Para computar ingresos se tomarán los máximos establecidos en las categorías impositivas de AFIP, en la cual esté empadronado el cliente
    - Pago de Monotributo (noviembre y diciembre 2019)
Personas Jurídicas
    - Estatuto o contrato social
    - Poderes de corresponder
    - Acta/s en la/s que consta la asignación o distribución de cargos
    - Pago de IIBB (noviembre y diciembre 2019)
Para analizar el monto máximo del crédito a otorgar, el Banco Ciudad tomará en cuenta la sumatoria de la facturación de los meses noviembre/diciembre de 2019, o, el tope máximo de $ 500.000.