Del solicitante, en general:
- DNI
- Certificado MiPyME
- Habilitación del Gobierno de la Ciudad. Para los casos de comerciantes que recién inician la actividad podrá ser en trámite
- No registrar antecedentes desfavorables en el sistema financiero y en los sistemas del Banco en los últimos 12 meses previos al aislamiento social, preventivo y obligatorio.
- Apertura de cuenta en el Banco Ciudad. Para el caso de Personas Jurídicas deberá ser cuenta corriente.
De cada firmantes/apoderado:
- DNI
- CUIT o CUIL o CDI
En particular:
Independientes
- Inscripción en la AFIP
- Pago de IIBB (noviembre y diciembre 2019)
Monotributistas
- Inscripción en la AFIP
- Para computar ingresos se tomarán los máximos establecidos en las categorías impositivas de AFIP, en la cual esté empadronado el cliente
- Pago de Monotributo (noviembre y diciembre 2019)
Personas Jurídicas
- Estatuto o contrato social
- Poderes de corresponder
- Acta/s en la/s que consta la asignación o distribución de cargos
- Pago de IIBB (noviembre y diciembre 2019)
Para analizar el monto máximo del crédito a otorgar, el Banco Ciudad tomará en cuenta la sumatoria de la facturación de los meses noviembre/diciembre de 2019, o, el tope máximo de $ 500.000.
No hay comentarios:
Publicar un comentario