AFIP actualizo el Formulario 2002 de IVA
Los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, a efectos de liquidar el IVA, deberán utilizar el reléase 1 del programa aplicativo denominado IVA - VERSION 5.4.
Con este nuevo reléase se podrán informar las ventas con IVA 0% de los productos de la canasta alimentaria, pero detallando cuál era la tasa de IVA que les correspondía o, más específicamente, indicando si la misma era del 21% o del 10,5%.
Asimismo, aquellos sujetos que hayan presentado las declaraciones juradas determinativas del impuesto al valor agregado correspondientes a los períodos fiscales agosto, septiembre y/u octubre 2019, y que realicen operaciones de venta de los productos de la canasta alimentaria alcanzadas por una alícuota transitoria equivalente al 0%, deberán formalizar hasta el día 15 de diciembre de 2019 una nueva presentación de los formularios de declaración jurada determinativa por los períodos mencionados, utilizando el reléase 1 del programa aplicativo denominado IVA - VERSION 5.4. o el formulario actualizado f 202 IVA por Activisdad, según corresponda.
Con este nuevo reléase se podrán informar las ventas con IVA 0% de los productos de la canasta alimentaria, pero detallando cuál era la tasa de IVA que les correspondía o, más específicamente, indicando si la misma era del 21% o del 10,5%.
Asimismo, aquellos sujetos que hayan presentado las declaraciones juradas determinativas del impuesto al valor agregado correspondientes a los períodos fiscales agosto, septiembre y/u octubre 2019, y que realicen operaciones de venta de los productos de la canasta alimentaria alcanzadas por una alícuota transitoria equivalente al 0%, deberán formalizar hasta el día 15 de diciembre de 2019 una nueva presentación de los formularios de declaración jurada determinativa por los períodos mencionados, utilizando el reléase 1 del programa aplicativo denominado IVA - VERSION 5.4. o el formulario actualizado f 202 IVA por Activisdad, según corresponda.
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