A partir de la Resolución General 4799, la AFIP estableció la suspensión las exclusiones sistémicas de pleno derecho del Monotributo (hasta el 1 de septiembre de 2020) y de las bajas por falta de pago (10 meses consecutivos)
Este procedimiento referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) estaba previsto en los artículos 53 a 55 de la Resolución General Nº 4.309, su modificatoria y complementaria.
También se suspende de forma transitoria, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática prevista en el artículo 36 del Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010 y su modificatorio, la consideración de los períodos marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto de 2020
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