miércoles, 17 de febrero de 2021

Convenio Multilateral – Coeficientes

 

Convenio Multilateral – Coeficientes
Recordamos que a partir de la aplicación de la Resolución General 10/2019 de la Comisión Arbitral Convenio Multilateral, aquellos contribuyentes que cuenten con los coeficientes correspondientes al año 2021 a partir del primer anticipo (vto. febrero 2021), deberán aplicarlos a partir de dicho vencimiento. Asimismo y solo para los casos en que no fuera posible contar con los coeficientes en el anticipo de enero, deberá utilizarse el coeficiente unificado del año anterior en los tres primeros anticipos del año calendario (enero a marzo), debiendo realizar los ajustes correspondientes al momento de presentar la declaración jurada del cuarto anticipo.

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