miércoles, 17 de febrero de 2021

IVA: Régimen de solicitud de devolución de saldos a favor y adecuaciones

 

IVA: Régimen de solicitud de devolución de saldos a favor y adecuaciones
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General N° 4927, adecuó las normas referidas a la solicitud de devolución, acreditación y/o trasferencia de saldos a favor, en virtud de las disposiciones vigentes en materia de mercado de cambios para el cobro de exportaciones.

Así, se resuelve que aquellas empresas que soliciten reintegros de IVA por exportaciones, deberán presentar la documentación requerida por el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales.

Las compañías deberán cumplir tres requisitos para acceder al beneficio:

- No registrar deudas impositivas de ningún tipo

- Haber cumplido con el ingreso y la liquidación de divisas en el plazo que fija el Banco Central

- Haber realizado las presentaciones del Régimen de Planificaciones Fiscales que venció el 29 de enero.

Las modificaciones establecidas entrarán en vigencia para los pagos que deban realizarse desde marzo y, a partir de ese momento, no podrán acceder a esos beneficios los contribuyentes que incumplan el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales establecido por la 
Resolución General 4838/2021.

A su vez, antes de realizar los reintegros de IVA por exportaciones, la AFIP verificará que la empresa haya cumplido con sus obligaciones de ingresar y liquidar divisas de conformidad con lo establecido por el 
Decreto 609/2019 y su modificatorio.

Cuando eso ocurra, la devolución se efectivizará por el importe que exceda el monto de dichos incumplimientos, hasta que se regularicen los mismos.

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