martes, 13 de abril de 2021

SIMPLIFICAN LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN DE LAS MIPYMES ANTE LAS ENTIDADES FINANCIERAS

 

SIMPLIFICAN LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN DE LAS 
MIPYMES ANTE LAS ENTIDADES FINANCIERAS
Tras lo establecido por la Resolución N°92/21 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa de la Nación (creación del Legajo Único Financiero que permite la consolidación y estandarización de la información económica, financiera y contable de las MiPyMEs), el Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso a través de la Comunicación A7260 que las entidades financieras podrán utilizar el Legajo Único Financiero y Económico para simplificar el proceso de recabar y verificar la información que deben hacer sobre sus clientes cuando se traten de micro, pequeñas y medianas empresas.

Las MiPyMEs que se encuentren inscriptas y las que se registren en el futuro en el Registro de Empresas MiPyME con su correspondiente certificado vigente, contarán con el Legajo Único Financiero y Económico. Esto implica que las entidades financieras podrán utilizar la documentación incluida en este legajo en sus respectivos análisis financieros y crediticios. Para ello, las empresas deberán prestar consentimiento explícito.

Las entidades financieras podrán utilizar la documentación contenida en el legajo para el cumplimiento de las normas, tales como “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales” o “Reglamentación de la cuenta corriente bancaria”, para requisitos de productos pasivos y “Gestión crediticia” o “Clasificación de deudores”, así como para requisitos de productos activos.

El Legajo Único Financiero y Económico contiene información de declaraciones juradas presentadas a la AFIP sobre ventas, compras, IVA débito e IVA crédito, información del activo, pasivo, patrimonio neto y estado de resultados provenientes de declaraciones juradas de Impuesto a las Ganancias, información de empleados, contribuciones patronales y aportes personales de los trabajadores.

También incluye los estados contables presentados a través del servicio “Presentación Única de Balances (PUB)” de la AFIP, confeccionados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes y debidamente certificados por contador público independiente, entre otras.

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