OBJETIVO
El objetivo del presente documento es el de efectuar recomendaciones generales para
que los titulares de las industrias tomen las acciones necesarias en el ámbito de la
realización de sus actividades con el objeto de prevenir y gestionar de manera
adecuada los riesgos generales del COVID-19 y puedan, asimismo, tomar las medidas
o implementar un plan de acción a seguir ante la ocurrencia de casos sospechosos,
confirmados y contactos estrechos acorde a las normas dictadas por los organismos
jurisdiccionales y nacionales.
En atención a la particularidad de la actividad, sobre la cual le será de aplicación el
presente documento, constituye una recomendación de atender a los presupuestos
que lo integran, el cual puede ser ampliado o modificado en base a la situación
epidemiológica y cualquier otra particularidad que resulte significativa a fin de
salvaguardar la salud de las personas.
2.
ALCANCE
El presente protocolo es de aplicación al personal, sea propio o contratado, afectado a
las actividades industriales, e incluye a los transportistas y a las autoridades de aquel.
3. PERSONAL DESAFECTADO. GRUPO DE RIESGO Dentro de la nómina de personal que desarrolle las actividades, están dispensadas del deber de asistencia al lugar de trabajo, de acuerdo a lo establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Resolución N° 207/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en su artículo 1°, las siguientes personas incluidas en los grupos de riesgo y aquellas cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente a saber: a. Trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta (60) años de edad, excepto que sean considerados “personal esencial para el adecuado funcionamiento del establecimiento”. Se considerará “personal esencial” a todos los trabajadores del sector salud. b. Trabajadoras embarazadas c. Trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos de riesgo que define la autoridad sanitaria nacional. Dichos grupos, de conformidad con la definición vigente al día de la fecha, son: 1. Enfermedades respiratorias crónicas: enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo. 2. Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas. 3. Inmunodeficiencias. 4. Diabéticos, personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.
4. RECOMENDACIONES DE HIGIENE GENERALES PARA LA REALIZACIÓN
DE LA ACTIVIDAD
4.1. MEDIDAS DE HIGIENE PARA LA REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD,
RESPECTO DE LOS EMPLEADOS Y TITULARES DE AQUELLA
4.1.1. RESPECTO DE LA ORGANIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD EN
GENERAL
Se recomienda revisar y adecuar los procesos productivos y/o las diferentes tareas
fundamentales en base a turnos rotativos de trabajo y disposición de descansos, de
manera tal de garantizar las medidas de prevención recomendadas durante toda la
jornada de trabajo, como son, entre otras, la distancia entre personas de al menos 1.5
metros, llevar al mínimo posible la convivencia simultánea de personas en un mismo
espacio físico, uso de cubrebocas cuando la distancia mínima requerida entre
personas no pueda ser garantizada, etc.
4.1.2. USO DEL TRANSPORTE PÚBLICO
Conforme lo dispuesto por el artículo 23 del DNU N° 605/APN/2020, el uso del servicio
de transporte público de pasajeros interurbano e interjurisdiccional autorizado a
circular quedará reservado para las personas que deban desplazarse para realizar las
actividades contempladas en el artículo 12 de dicho Decreto. En virtud de ello, y
conforme lo establecido por el artículo 2° de la Decisión Administrativa 1289/JGMPEN/20 el empleador deberá garantizar las condiciones de higiene, seguridad y
traslado establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de las trabajadoras y
de los trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del
servicio público de transporte de pasajeros
4.1.3. RESPECTO DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN RELACIÓN AL
PERSONAL
Es imprescindible reforzar las medidas de higiene personal en todos los ámbitos de
trabajo y frente a cualquier escenario de exposición, se recomienda:
• Identificar, preguntar y registrar al personal que ingresa al establecimiento si
posee algunos de los síntomas indicados para el COVID-19. según definición
vigente.
• • Se sugiere, en la medida de lo posible, controlar la temperatura de los
trabajadores previo a la entrada al establecimiento, la cual debe ser menor de
37.5ºC
• La higiene de manos de manera frecuente, ya que es la medida principal de
prevención y control de la infección, principalmente:
⮚ Al ingreso al lugar de trabajo.
⮚ antes y después de manipular basura, desperdicios, alimentos, de comer;
⮚ luego de tocar superficies públicas (mostradores, pasamanos, picaportes,
barandas, etc.), manipular dinero, tarjetas de crédito / débito, llaves, animales,
etc.;
⮚ después de utilizar instalaciones sanitarias y de estar en contacto con otras
personas.
• Mantener una distancia mínima de 1,5 metros con cualquier persona.
• Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca.
• No compartir elementos de uso personal (vasos, cubiertos, mate, etc.).
• No utilizar celular en la zona de trabajo. Si por extrema necesidad es usado, se
debe proceder automáticamente a una nueva higiene de manos y del artefacto
con solución alcohólica 70%.
4.1.4. HIGIENE Y DESINFECCIÓN DEL AMBIENTE Y LOS
TRABAJADORES
• Se deberá mantener el ambiente laboral bien ventilado.
• Limpiar todas las superficies de trabajo con agua y detergente, y desinfectar las
mismas con solución con lavandina al 1% (10 ml de lavandina de uso
doméstico en 1 litro de agua) o alcohol al 70%. Puede utilizarse un envase con
pulverizador.
• Los lugares de trabajo deben mantenerse en condiciones de higiene y
desinfección. Se deberán reforzar las medidas de higiene de los lugares de
trabajo incrementando la limpieza de mostradores, pasamanos, entrega de
mercadería, pisos, escritorios, computadoras, teléfonos, manijas y picaportes y
toda otra superficie con la que el trabajador pueda entrar en contacto.
• Los trabajadores deberán contar con reposición de Elementos de Protección
Personal (EPP) y kit de desinfección húmeda (consistente en la limpieza con
agua y detergente y luego desinfección con una solución de lavandina de uso
comercial con agua – 10 ml de lavandina en 1 litro de agua) para el lugar de
trabajo.
• Se deberán desinfectar las herramientas y equipos de trabajo.
• Se deberá realizar la limpieza del sector antes y después de realizar el trabajo.
• El personal de limpieza deberá contar con todos los elementos de seguridad
necesarios para controlar y minimizar la exposición (respiratoria y de manos).
• Antes de un relevo en la operación de la maquinaria, se recomienda limpiar y
desinfectar adecuadamente el puesto de trabajo (controles, teclado, mouse,
pantallas, herramientas, pisos, pasamanos, picaportes, etc.).
• En el caso de uso compartido de vehículos de asistencia técnica (por ejemplo:
camionetas), desinfectar de manera regular (volante, tablero, palancas, puertas
y picaportes, perillas y comandos, estéreo, espejos, etc.) con solución
alcohólica al 70%.
• En el caso de tareas de limpieza y desinfección, se recomienda seguir las
medidas de seguridad e higiene.
• En ambientes con acondicionamiento de calidad del aire se debe mantener un
eficiente funcionamiento del sistema de ventilación y asegurar la periódica
limpieza de los filtros.
• Asegurar la provisión de agua potable en cantidades suficientes para garantizar
la higiene y desinfección tanto del trabajador como del ambiente de trabajo.
• Para reducir eficazmente el desarrollo de microorganismos en las manos, el
lavado de manos debe durar al menos 40–60 segundos. El lavado de manos
con agua y jabón debe realizarse siguiendo los pasos indicados en la
ilustración.
• En caso de no tener acceso a agua y jabón: Higiene de manos con soluciones
a base de alcohol (por ejemplo, alcohol en gel). Es importante hacerlo
frecuentemente, sobre todo:
o Antes y después de manipular basura o desperdicios.
o Antes y después de comer, manipular alimentos y/o amamantar.
o Luego de haber tocado superficies de uso público: mostradores,
pasamanos, picaportes, barandas, etc.
o Después de manipular dinero, llaves, animales, etc.
o Después de ir al baño o de cambiar pañales.
4.1.5. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP)
Los EPP serán seleccionados de acuerdo a la actividad y tarea a desarrollar por el
trabajador. No obstante, el equipamiento debe constar para el caso de todos los
trabajadores, además de aquellos elementos OBLIGATORIOS INDICADOS PARA EL
USO DE MÁQUINAS Y HERRAMIENTAS según sea el caso, de un cubrebocas.
Se entiende por protectores faciales cualquier elemento, no barbijo, y de cualquier
material que mantenga protegida y cubierta la zona de nariz, boca y mentón sin que
queden espacio entre el protector y la cara y permita disminuir considerablemente la
propagación de gérmenes y virus.
Los trabajadores/as cuya actividad comprenda la atención o contacto con otras
personas deberán utilizar protectores faciales de manera obligatoria.
Los EPP serán provistos por el empleador. Al respecto, se debe tener en cuenta que:
• Son de uso personal, por lo que no se deben compartir.
• Los elementos de protección contra el coronavirus deben ser preferentemente
descartables y no deben interferir con los EPP necesarios para desarrollar la
tarea en forma segura.
• El uso de guantes está restringido al personal de limpieza y aquellos que ya lo
usaban previo a la pandemia, por protección relacionada con la tarea.
• El trabajador debe estar capacitado específicamente sobre el uso, estado,
conservación, retiro y descarte de los EPP.
4.1.6. ESPACIOS COMUNES y SANITARIOS
● Se deben reforzar las condiciones de higiene de los espacios comunes,
particularmente comedores y sanitarios y aumentar la frecuencia de higiene y
desinfección de los mismos.
● Asimismo, se debe minimizar la cantidad de personas que utilicen estas
instalaciones en forma simultánea de modo de respetar la distancia mínima de
1,5 m entre cada una de ellas.
● Los platos, vasos, cubiertos, mate, deben ser individuales para cada trabajador
y no se deben compartir.
4.1.7. ENTREGA DE MERCADERÍA
● En caso de ser necesario el acercamiento entre personas por entrega de
materiales/mercancías y/o alimentos, se debe asignar un lugar para dejar estos
con un mecanismo de aviso (campana, alarma, luz, etc.) a fin de que otro
personal espere y lo retire oportunamente.
● Para mercadería transportada en camiones: coordinar adecuadamente
ingresos y egresos de los mismos de modo de evitar congestiones y minimizar
los tiempos de carga, descarga y espera. En la medida de lo posible, se debe
procurar que el chofer permanezca dentro del vehículo. Si este debe participar
del proceso logístico, deberá estar adecuadamente protegido con cubrebocas.
4.1.8. TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS
● Mantener la limpieza de los depósitos de residuos con el kit de desinfección
húmeda (consistente en limpieza con agua y detergente y luego desinfección
con una solución de lavandina de uso comercial con agua – 10 ml de lavandina
en 1 litro de agua).
● Utilizar elementos de protección personal, y en caso de ser factible, asistencia
mecánica que reduzca el contacto con los mismos.
● Identificar y señalizar lugares destinados a la disposición de los elementos de
higiene, desinfección y EPP descartados.
4.1.9. LIMPIEZA DE AMBIENTES DE TRABAJO Y DESINFECCIÓN DE
OBJETOS
Como medida de protección colectiva se deberá utilizar la “técnica de doble balde -
doble trapo”. Es una técnica muy sencilla y se necesita contar con agua corriente,
detergente, lavandina de uso comercial, dos baldes y dos trapos. Consiste en dos
fases:
1° fase: Proceso de limpieza:
1. Iniciar la limpieza con soluciones jabonosas con agua y detergente de uso
común.
2. En el balde Nº 1 agregar agua y detergente.
3. Sumergir el trapo Nº 1 en balde Nº 1, escurrir y friccionar las superficies a
limpiar (mostradores, pasamanos, picaportes, barandas, instrumental de
trabajo etc.). Siempre desde la zona más limpia a la más sucia.
4. Repetir el paso anterior hasta que quede visiblemente limpia.
5. Enjuagar el detergente sobrante con el trapo N° 2 sumergido en el balde N°
2 con agua.
2° fase: Proceso de desinfección:
1. En un recipiente colocar 10 ml de lavandina de uso doméstico en un litro de
agua.
2. Pulverizar la solución sobre los objetos y herramientas o con un paño húmedo
friccionar las superficies a desinfectar.
3. Dejar secar las superficies.
No olvidar que las personas que realicen estas tareas deberán contar con todos los
EPP (cubreboca y máscara facial, guantes impermeables y calzado cerrado) a fin de
evitar el contacto de la piel y de las mucosas con los detergentes y lavandinas
utilizados durante las tareas de limpieza y desinfección con el objeto de prevenir
enfermedades profesionales (irritación de conjuntivas, dermatitis de contacto por
sensibilización e irritativas, lesiones eczematiformes, entre otras).
4.1.10. LIMPIEZA DE SUPERFICIES QUE PUEDAN HABER ESTADO
EN CONTACTO CON INDIVIDUOS CONFIRMADOS COVID
Se tendrá en cuenta que los detergentes eliminan la suciedad y la materia orgánica
disolviendo el polvo, aceites o grasa, para luego facilitar su eliminación con el
enjuague, por lo cual es importante lavar con detergente, luego enjuagar con agua
limpia y desinfectar con hipoclorito de sodio al 1 % o al 10 % según sea el caso
(método del doble balde/doble trapo), o realizar la higiene utilizando amonios
cuaternarios a partir de la quinta generación o monopersulfato de potasio (MPP,
método de limpieza y desinfección simultánea en un solo paso).
● Los amonios cuaternarios de quinta generación son limpiadores de
superficies usados preferentemente porque tienen bajo nivel de corrosión sobre
las superficies inanimadas, amplio espectro para la actividad microbiana y fácil
de usar.
● Se recomienda el uso de detergentes de óptima calidad
● La limpieza mediante fricción para remover la suciedad y los
microorganismos.
● La limpieza debe preceder el proceso de desinfección.
● La limpieza debería realizarse de modo tal que prevenga la dispersión
de polvo o suciedad.
● Evitar actividades que favorezcan el levantamiento de partículas en
suspensión, como el uso de aspiradoras del polvo, las cuáles serán permitidas
solamente en áreas administrativas y fuera del horario de atención.
4.1.11. RECOMENDACIÓN DE LIMPIEZA DE LUGARES EN LOS QUE
HAYA CIRCULADO UNA PERSONA SOSPECHOSA O CONFIRMADA DE COVD-19
En las áreas en las que haya circulado una persona con sospecha o confirmación de
infección por COVID 19, no deben utilizarse métodos de limpieza en seco (escobas,
escobillones, plumeros, cepillos, paños, etc.) para eliminar el polvo pues aumenta
tanto la dispersión del mismo como de partículas potencialmente portadoras de
gérmenes, produciendo elevados índices de contaminación ambiental.
Para mayores recomendaciones y precauciones adicionales podrá encontrar más
información en el Protocolo de Limpieza de Unidades Extrahospitalarias disponible en
la web https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus
4.2. MEDIDAS DE HIGIENE PARA LA REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD,
RESPECTO DEL PÚBLICO EN GENERAL (PROVEEDORES, CLIENTES,
CONCURRENTES Y TODA PERSONA AJENA AL ESTABLECIMIENTO)
4.2.1. USO OBLIGATORIO DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN QUE
CUBRAN NARIZ, BOCA Y MENTON.
En virtud de la Resolución de Firma Conjunta N° 15/MJGGC/GCABA/20 y su
modificatoria N° 17/MJGGC/20 son de uso obligatorio los elementos de protección
que cubran nariz, boca y mentón para ingresar o permanecer en locales
comerciales, en dependencias de atención al público, para circular en transporte
público o transporte privado cuando haya dos o más personas y para circular y
permanecer en el espacio público.
Se exceptúa de dicha obligación a las personas que por razones sanitarias no puedan
portar el tapabocas. En esta circunstancia deberá respetarse la distancia interpersonal
mínima de 1.5 m.
4.2.2. EXPOSICIÓN AL PÚBLICO EN GENERAL (PROVEEDORES Y TODA
PERSONA AJENA AL ESTABLECIMIENTO)
Siempre que sea posible se aislará al trabajador de las personas externas al
establecimiento. Asimismo, de ser posible, se colocarán mamparas o pantallas para
separar al/los trabajador/es del público en general.
5. ACCIONES GENERALES
• Realizar difusión masiva de información del COVID-19 a todos los trabajadores
e incentivar la consulta temprana ante la presencia de síntomas compatibles
con sospecha de infección por Covid-19.
• Brindar conocimiento a los trabajadores sobre las principales medidas de
prevención frente al COVID-19.
• Capacitar al personal de las distintas áreas de trabajo.
• Solicitar la colaboración a todo el personal así como a proveedores a los
efectos de que puedan manifestar sus síntomas, si los poseen.
6.ACCIONES ESPECÍFICAS
6.1. ACCIONES ESPECÍFICAS ANTE LA SOSPECHA DE CASO
En principio, ante un caso sospechoso, el empleador debe adecuarse a los
lineamientos y pautas generales establecidas en los protocolos COVID-19, en
particular, al “PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y
CONFIRMADOS DE COVID-19” aprobado por Resol-2020-842-GCABA-MSGC y
modificatorias, y demás documentos sanitarios publicados en el siguiente link de
acceso web: https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus/protocolos-coronaviruscovid-19.
6.2. ACCIONES ESPECÍFICAS ANTE CASO CONFIRMADO DE COVID-19
Confirmado el diagnóstico por la autoridad sanitaria se procederá a tramitar la licencia
del trabajador por enfermedad.
Realizar seguimiento y asegurarse que el trabajador informe a la autoridad sanitaria:
cobertura privada, o llamar al 107 a efectos de informar sobre la evolución de sus
síntomas.
La actuación general deberá adecuarse a los lineamientos y pautas generales
establecidas en los protocolos COVID19, en particular, al “PROTOCOLO DE MANEJO
FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE COVID-19”, aprobado
por Resol-2020-842-GCABA-MSGC y modificatorias, y demás documentos sanitarios
publicados en el siguiente link de acceso web:
https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus/protocolos-coronavirus-covid-19”.
6.3. ACCIONES ESPECÍFICAS ANTE CASOS DE CONTACTO ESTRECHO
Para información, visite la página:
https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus/equipos-salud/protocolos-coronaviruscovid-19/protocolo-de-manejo-contacos-estrechos-de-caso.
● Si se identificara que un empleado cumple con criterio de contacto estrecho, deberá
cumplir aislamiento domiciliario hasta que se descarte diagnóstico (test negativo en el
caso sospechoso) o por un periodo de 14 días, si se confirmara el caso.
● El equipo de seguimiento de contactos estrechos del Ministerio de Salud de la
CABA se pondrá en contacto con la persona.
6.4. ACCIONES ESPECÍFICAS DESDE UNA PERSPECTIVA DE GÉNERO
Los establecimientos se comprometen, en la medida que les sea posible y la actividad
se lo permita, a promover que las decisiones que se tomen favorezcan el ejercicio de
los derechos de los varones y mujeres de manera igualitaria.
Asimismo, deberán evitar reproducir estereotipos de género en su accionar, sobre todo
en lo que refiere a las necesidades de cuidado de los hogares de los/as
trabajadores/as, reconociendo sus necesidades particulares.
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