La AFIP estableció un nuevo período de feria fiscal extraordinaria hasta el 16 de agosto de 2020, ambos inclusive.
Recordamos que entre dichas fechas no se computarán los plazos procedimentales en materia impositiva, de los recursos de la seguridad social y aduanera.
Por último, señalamos que quedan exceptuados de la presente feria los procedimientos de fiscalización del Organismo con relación a la información proporcionada por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).
Fuente: Resolución General 4786 - AFIP
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