Se prorrogó, hasta el próximo 30 de septiembre, la posibilidad de continuar utilizando la modalidad de garantía “Declaración jurada del Exportador” –(establecida en el ap. II del Anexo II de la Resolución General 3885 de AFIP) para aquellos exportadores que se encuentren inscriptos en el Registro MiPyMEs de la Ley 24467, aunque los mismos presenten incumplimientos de sus obligaciones impositivas y/o de la seguridad social ante la AFIP.
Fuente: Resolución General 4787 – AFIP
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