martes, 7 de abril de 2020

Impuesto a las Ganancias Trabajadores en relación de dependencia, cargos públicos, Poder Judicial, jubilaciones, pensiones y subsidios

Impuesto a las Ganancias Trabajadores en relación de dependencia, cargos públicos, Poder Judicial, jubilaciones, pensiones y subsidios
La Resolución General (AFIP) 4686 extiende hasta el 30 de abril el plazo para efectuar la presentación del formulario de Declaración Jurada F. 572 Web correspondiente al período fiscal 2019.

Los agentes de retención realizarán la liquidación anual correspondiente hasta el día 29 de mayo de 2020, inclusive. El importe determinado en dicha liquidación será retenido o reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior o, en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el día 10 de junio de 2020.

El referido importe, deberá informarse e ingresarse hasta las fechas de vencimiento previstas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en el mes de junio de 2020, SICORE, informándolo en el período mayo de 2020 y consignando como fecha de retención el día 29 de mayo de 2020.

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