Desde FECOBA, informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó los nuevos montos de autónomos a pagar a partir de marzo pasado por lo cual, entre el lunes 6 y el miércoles 8 opera el vencimiento, según número de CUIT, para la determinación e ingreso de aportes y contribuciones al Régimen Nacional de la Seguridad Social, correspondientes al período devengado marzo 2020. Autónomos: nuevos valores desde marzo 2020 Categorías mínimas de revista - Aportes mensuales de los trabajadores autónomos
Categorías | Importes en pesos |
I | 2854,49 |
II | 3996,27 |
III | 5708,98 |
IV | 9134,36 |
V | 12559,74 |
Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial.
Categorías | Importes en pesos |
I’ (I prima) | 3122,10 |
II’ ; (II prima) | 4370,92 |
III’ (III prima) | 6244,20 |
IV’ (IV prima) | 9990,70 |
V’ (V prima) | 13737,22 |
Afiliaciones voluntarias
Categorías | Importes en pesos |
I | 2854,49 |
Menores de 21 años
Categorías | Importes en pesos |
I | 2854,49 |
Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma.
Categorías | Importes en pesos |
I | 2408,48 |
Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828
Categorías | Importes en pesos |
I | 981,23 |
Monotributo Social: Entre el 6 y el 8 de abril, se debe ingresar la declaración jurada y abonar el saldo resultante del período marzo de 2020 en el caso del Régimen de Inclusión Social y Asociados a Cooperativas de Trabajo.
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