miércoles, 29 de abril de 2020

Suspenden por 180 días el registro de empleadores con sanciones laborales

REPSAL: Suspenden por 180 días el registro de empleadores con sanciones laborales

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación resolvió, a través de la 
Resolución 352/2020 suspender por 180 días el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), ya que los empleadores incluidos en dicho Registro no podían acceder a los programas asistenciales implementados o financiados por el Estado ni a líneas de crédito de los bancos públicos, entre otras inhabilitaciones.

Esta medida no alcanza a quienes fueron incluidos en el REPSAL luego de sentencias firmes que hayan establecido que el actor es un trabajador dependiente con relación laboral desconocida por el empleador o con una fecha de ingreso que difiera de la alegada en su inscripción.

También se excluye a quienes hayan recibido sanciones por infracciones a la Ley de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente 26.390 y 26.847 y quienes cuenten con una sentencia firme condenatoria por infracción a la norma 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario