REPSAL: Suspenden por 180 días el registro de empleadores con sanciones laborales
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación resolvió, a través de la Resolución 352/2020 suspender por 180 días el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), ya que los empleadores incluidos en dicho Registro no podían acceder a los programas asistenciales implementados o financiados por el Estado ni a líneas de crédito de los bancos públicos, entre otras inhabilitaciones.
Esta medida no alcanza a quienes fueron incluidos en el REPSAL luego de sentencias firmes que hayan establecido que el actor es un trabajador dependiente con relación laboral desconocida por el empleador o con una fecha de ingreso que difiera de la alegada en su inscripción.
También se excluye a quienes hayan recibido sanciones por infracciones a la Ley de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente 26.390 y 26.847 y quienes cuenten con una sentencia firme condenatoria por infracción a la norma 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas.
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