martes, 7 de abril de 2020

Se extiende el plazo para efectuar la repatriación de activos financieros - Se prorroga el plazo del pago a cuenta para bienes en el exterior

Se extiende el plazo para efectuar la repatriación de activos financieros
FECOBA informa que, mediante el Decreto 330/2020, se resolvió extender hasta el 30 de abril próximo el plazo para realizar la repatriación de activos financieros.

A partir de la modificación introducida oportunamente por la 
Ley 27.541 , los bienes situados en el exterior deberán ingresar una alícuota diferencial conforme a lo dispuesto en el Decreto 99/2019.

Quedan eximidos de la misma los contribuyentes que ingresen al país activos financieros que representen como mínimo, el 5% del total de bienes situados en el exterior.

 
Se prorroga el plazo del pago a cuenta para bienes en el exterior
 
La Resolución General (AFIP) 4691 prorrogó, hasta el 6 de mayo próximo, el plazo máximo para realizar el pago a cuenta adicional del Impuesto sobre los Bienes Personales para las personas humanas que posean bienes en el exterior.

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