martes, 2 de junio de 2020

Se suspenden las bajas de Monotributos x falta de pago

La AFIP suspende las bajas de los Monotributos por falta de pago
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó a través de la Resolución General 4727/2020 que ningún monotributista podrá ser dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones del mes de mayo.

AFIP resolvió que el mes de mayo de 2020 no será computado a fin de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas. La normativa establece que un contribuyente será dado de baja cuando se registre una deuda de diez cuotas consecutivas.

El organismo declaró que "existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen, como el caso que se da cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible".

En tal sentido, se resolvió que esos cruces sistémicos no serán utilizados para proceder con exclusiones de oficio para el citado mes.

No hay comentarios:

Publicar un comentario